MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decisión Administrativa 1067/2012
Incorpórase el cargo de Presidente del
Directorio de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica
en los artículos 1, 2 y 3 e inciso c) de la Planilla anexa al artículo
1 de la Decisión Administrativa 477/1998 y sus modificatorias.
Bs. As., 29/10/2012
VISTO el Expediente Nº 1027 /12, del Registro del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto Nº 1660 del 27
de diciembre de 1996, el Decreto Nº 289 del 16 de marzo de 1998, la
Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, la Ley Nº 26.338, y la Decisión Administrativa Nº 85
del 10 de septiembre de 2008 y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y
su modificatorias se constituye el Gabinete de los señores Jefe de
Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de
la Casa Militar, Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario
Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que estará integrado
con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se
detallan en la planilla Anexa a la misma.
Que a través del Decreto Nº 1660/96 se creó la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, órgano desconcentrado en la órbita
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, cuyo
gobierno y administración está a cargo de UN (1) Directorio.
Que por medio del Decreto Nº 289/98 se establece que el Directorio de
la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA estará a
cargo de UN (1) Presidente con rango y Jerarquía de Subsecretario,
quien será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del
titular de la Jurisdicción.
Que la Decisión Administrativa Nº 85/08 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que en esta instancia, y en atención a la naturaleza de sus cometidos,
debe dotarse de un gabinete al Presidente del Directorio de la AGENCIA
NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, incorporándolo, con
carácter excepcional, a la nómina de funcionarios a que se refieren los
Artículos 1º, 2º y 3º, así como el inciso c) de la Planilla Anexa al
Artículo 1º de la precitada Decisión Administrativa Nº 477/98 y sus
modificatorias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Incorpórase con
carácter de excepción el cargo de Presidente del Directorio de la
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA organismo
desconcentrado, en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E
INNOVACION PRODUCTIVA, en los Artículos 1º, 2º y 3º, así como en el
inciso c) de la Planilla anexa al Artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.
Art. 2º — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo
a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA.
Art. 3º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — José L. S. Barañao.