Comisión Administradora del Río de la Plata
y
Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA
Resolución Conjunta 3/2012
Establécese el cierre de la pesquería
de determinada especie en el área geográfica del Tratado del Río de la
Plata y su Frente Marítimo.
Montevideo, 26/10/2012
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie corvina (Micropogonias furnieri)
Considerando:
1) La Declaración Conjunta de la Comisión Administradora del Río de la
Plata (CARP) y de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM)
de fecha 2/7/96 concerniente a la conservación y racional explotación
de la especie corvina.
2) Que por Resolución Conjunta CARP - CTMFM Nº 2/12 se fijó una captura
total permisible para la especie corvina de 37.000 toneladas en toda el
área geográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo
para el año 2012.
3) Que en atención a que las capturas del recurso corvina en el área
del Tratado alcanzaron la cifra referida en el punto 2) precedente,
corresponde disponer el cierre de la pesquería dirigida a la especie.
Atento:
A lo establecido en los Artículos 54, 66 incisos a) y b), 80 y 82
incisos c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo
LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA
Y
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVEN:
Artículo 1º — Cerrar la
pesquería dirigida a la corvina (Micropogonias furnieri) en el área
geográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, a
partir del 5 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2012 inclusive.
Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Art. 3º — Comunicar esta
Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la
República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República Oriental del Uruguay.
Art. 4º — Dar conocimiento
público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la
República Oriental del Uruguay. — Francisco Bustillo. — Julio Suárez. —
Hernán D. Orduna.