MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1445/2012
Registro Nº 1154/2012
Bs. As., 27/9/2012
VISTO el Expediente Nº 1.519.959/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.519.959/12, obra el Acuerdo
celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por la parte
gremial y la CAMARA DE EMPRESAS DE INVESTIGACION SOCIAL Y DE MERCADO
por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes acuerdan un incremento salarial para los trabajadores
comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90, plexo del
que los agentes negociales resultan partes signatarias.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la aptitud
representativa de la parte empleadora signataria y de la entidad
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que a los fines de la suscripción y rúbrica del instrumento, se ha
constituido la comisión negociadora, tal como surge de la Disposición
Nº 295 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, de fecha 23
de agosto de 2012.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, resulta pertinente que una vez dictado el acto
administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan
estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo,
a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el proyecto de Base
Promedio y Tope lndemnizatorio, de conformidad con lo dispuesto en el
segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD por la parte gremial y la CAMARA DE
EMPRESAS DE INVESTIGACION SOCIAL Y DE MERCADO por la parte empleadora,
que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.519.959/12, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación
registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº
1.519.959/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de la escala salarial que por este acto se homologa, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del
presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº
107/90.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y Anexo homologados, resultará aplicable
lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.519.959/12
Buenos Aires, 28 de septiembre de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1445/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1154/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Buenos Aires, 16 de julio de 2012.
Señores
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Dirección de Negociación Colectiva
S
/
D
De nuestra consideración:
VICENTE ALVAREZ PORTAS, Secretario General, OSVALDO SORRENTINO,
Secretario Adjunto, JUAN CARLOS MONTENEGRO, Secretario Gremial, ROBERTO
BRULLO, Secretario de Prensa, CARLOS CASELLA, Secretario de Acción
Social, y Vocales BLANCA CASTRONUOVO, MARCOS AREVALO, LUCIANA BENITEZ y
ANA MENDIA, con el patrocinio letra del Dr. JORGE CARLOS BARANDIARAN,
T° 37 F° 639 C.P.A.C.F. en representación del SINDICATO UNICO DE LA
PUBLICIDAD, constituyendo domicilio en Tte. Gral. Perón 2385, C.A.B.A.
y el Sr. LUIS JAVIER ALVAREZ, en su calidad de Tesorero y el Sr.
SANTIAGO KAHANE en su calidad de Presidente de la CAMARA DE EMPRESAS DE
INVESTIGACION DE MERCADO, con domicilio en Avenida de Mayo 769, piso
4°, C.A.B.A. con el patrocinio letrado de el Dr. PABLO GONDAR, T° 50 F°
642 C.P.A.C.F.; manifiestan:
PRIMERO: Que a partir del 1° de Junio de 2012 y hasta 31 de Mayo de
2013 las partes acuerdan un incremento salarial en todas las
categorías, el que entrará en vigencia a partir del 1 de Julio de 2012.
Según nueva planilla Anexo I que se acompaña al presente.
SEGUNDO: Se deja establecido que los presentes incrementos tienen
vigencia hasta el 31 de Mayo de 2013. En consecuencia las partes
ratifican y se comprometen a reunirse en el mes de Junio de 2013 a
efectos de negociar las escalas pertinentes al período siguiente.
TERCERO: Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo.
Se firman cinco (5) ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto.