MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición Nº 552/2012
Bs. As., 23/10/2012
VISTO: El Expediente Nº S02:0017125/2012 del Registro de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, las Leyes Nº 26.363 y Nº 24.449 y su
normativa reglamentaria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó a la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con la misión de reducir la
tasa de siniestralidad vial existente en el territorio nacional
mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las
políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales; siendo, tal
como lo establece el artículo 3º de la norma de su creaciones, la
autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial
nacionales previstas en la normativa vigente en la materia.
Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL por su norma de creación se encuentra la de coordinar e impulsar
la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el
desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional,
conforme el artículo 4º inciso a) de la Ley Nº 26.363.
Que asimismo, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 11º de la Ley
Nº 26.363 la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL es asistida por un
Comité Consultivo, el cual tiene como función colaborar y asesorar en
todo lo concerniente a la temática de la Seguridad Vial, y se encuentra
integrado, con carácter ad honórem, por representantes de
organizaciones no gubernamentales de reconocida trayectoria e idoneidad
del mundo de la empresa, la academia, la ciencia, el trabajo y de todo
otro ámbito comprometido con la seguridad vial.
Que en ese marco, y en el ejercicio de sus competencias, el Comité
Consultivo de la ANSV, propició e impulsó la adhesión por parte del
CONSEJO DE FEDERACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA a la causa que lleva adelante la FEDERACION IBEROAMERICANA DE
LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA VIAL, en cada uno de los cuarteles que los
Bomberos Voluntarios tienen a lo largo de la extensión del territorio
Nacional.
Que atento ello, la Mesa Ejecutiva del CONSEJO DE FEDERACIONES DE
BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, aprobó con fecha 24 de
septiembre de 2012 y en adhesión a la mencionada causa, el toque
solidario de sirena durante un minuto, el cual tendrá lugar el 18 de
noviembre de 2012 a las 12:00 Hs. PM.
Que por la Ley Nº 25.054, el CONSEJO DE FEDERACIONES DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA tiene como fines prestar
colaboración con las autoridades nacionales en todo lo relacionado a la
prevención y lucha con el siniestro, así como la representación en el
orden nacional a las Federaciones de Asociaciones de Bomberos
Voluntarios integrantes del Consejo.
Que la mencionada adhesión se alinea con las políticas y medidas de
seguridad vial nacionales que viene desarrollando la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL en su calidad de autoridad de aplicación de las
políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que asimismo, la implementación de la mencionada adhesión complementa
las acciones que viene desarrollando la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL en materia de elaboración de campañas de concientización de
seguridad vial; como así también en la elaboración de campañas de
educación vial destinadas a la prevención de siniestros viales.
Que en tal sentido, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo
descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE,
cuya misión principal radica en la disminución de la tasa de
siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción,
coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial,
estima oportuno, meritorio y necesario declarar de interés en el ámbito
de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL el toque solidario de sirena
aprobado por el CONSEJO DE FEDERACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS en
adhesión a la causa que lleva adelante la FEDERACION IBEROAMERICANA DE
LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA VIAL.
Que la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS ha tomado la
intervención de su competencia, en el marco de lo dispuesto por el
Anexo II al Decreto Nº 1787/2008.
Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 7º inciso b) de la Ley Nacional Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárase de interés en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL, el toque solidario de sirena aprobado por el CONSEJO
DE FEDERACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS en adhesión a la causa que
lleva adelante la FEDERACION IBEROAMERICANA DE LUCHA CONTRA LA
VIOLENCIA VIAL, el que tendrá lugar el 18 de noviembre de 2012 a las
12:00 Hs. PM, en cada uno de los cuarteles que los Bomberos Voluntarios
tienen a lo largo de la extensión del territorio Nacional.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ
LAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial,
Ministerio del Interior y Transporte.
e. 07/11/2012 N° 111898/12 v. 07/11/2012