MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Nº 666/2012
Bs. As., 1/11/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0002626/2012 del registro de la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio, la Ley Nº
17.671 de Identificación, Clasificación y Registro del Potencial Humano
Nacional, sus modificatorias y complementarias, la Ley de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus modificatorias,
reglamentada por el Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (T.O. 1991),
y la Resolución Nº 1417 del 7 de junio de 2012 y su modificatoria Nº
1795 del 5 de julio de 2012, de la citada Dirección Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución RNP Nº 1417/12 y su modificatoria Nº 1795/12
se aprobaron los niveles tarifarios vigentes que percibe la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio, por el
otorgamiento de documentos, certificados, testimonios, rectificaciones,
reproducciones y actualizaciones, entre otros, a través de sus Oficinas
Seccionales y de todas aquellas oficinas habilitadas a tales fines en
el territorio nacional.
Que asimismo, por el artículo 29 de la Ley Nº 17.671 el REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS propondrá a este Ministerio la actualización
de las tasas vigentes así como la inclusión o eliminación de
determinados conceptos.
Que resulta procedente sanear el artículo 2° de la Resolución Nº
1417/12 y su modificatoria Nº 1795/12 de la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y retrotraer sus efectos a la fecha
de su dictado.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 29 de la Ley Nº 17.671 sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Ratifíquese en todos sus términos el artículo 2° de la
Resolución Nº 1417 del 7 de junio de 2012 y su modificatoria Nº 1795
del 5 de julio de 2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante
en la órbita de este Ministerio, en virtud de lo estipulado por el
artículo 29 de la Ley Nº 17.671 sus modificatorias y complementarias.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. ANIBAL F. RANDAZZO, Ministro del
Interior y Transporte.
e. 07/11/2012 N° 10499/12 v. 07/11/2012