MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 1438/2012


Registro Nº 1149/2012


Bs. As., 27/9/2012

VISTO el Expediente Nº 1.502.749/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (S.U.P.) por el sector sindical y la empresa C.C.R. SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/3 de Expediente Nº 1.502.749/12 y ha sido debidamente ratificado a fojas 10 de la mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita se establece un incremento salarial, para el personal de la empresa comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 107/90 conformándose la nueva escala salarial.

Que surgen antecedentes negociales entre las partes individualizadas: en el primer párrafo del presente, plasmados en acuerdos que han sido debidamente homologados mediante Resolución Secretaria de Trabajo (S.T.) Nº 1170, de fecha 20 de agosto de 2010, Resolución Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 1646, de fecha 11 de noviembre de 2011, Resolución Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 01, de fecha 15 de diciembre de 2011 y Resolución Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 323, de fecha 16 de marzo de 2009.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente dictamen el que se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 107/90 que rige en la actividad.

Que con relación a su ámbito personal y territorial de aplicación, se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 107/90 y que laboren para la empresa C.C.R. SOCIEDAD ANONIMA.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que con relación a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 01 de abril de 2012.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración las nuevas escalas salariales, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (S.U.P.) por el sector sindical y la empresa C.C.R. SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.502.749/12, todo conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.502.749/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.502.749/12

Buenos Aires, 28 de Septiembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1438/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1149/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

FORMULAN ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de Abril de 2012, entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (S.U.P.), representado en este acto por los Sres. VICENTE ALVAREZ PORTAS, OSVALDO SORRENTINO, JUAN CARLOS MONTENEGRO, CARLOS SEYDELL, ROBERTO BRULLO y CARLOS CASELLA, en su carácter de Secretario General, Adjunto, Gremial, de Interior, Prensa y de Acción Social, y los señores JUAN CARLOS BARREIRO y MIGUEL CAPPARELLI, Delegados del Personal de la EMPRESA, con el patrocinio letrado del Dr. JORGE BARANDIARAN, abogado Tº 37 F.º 639 CPACF, constituyendo domicilio legal en la calle Tte. Gral. Perón 2385 de C.A.B.A., en adelante El SINDICATO, por una parte, y por la otra, la Lic. NORITA VIVIANA MORALES, en su carácter de Gerente de Recursos Humanos y Apoderada de C.C.R. S.A., con el patrocinio letrado de la Dra. María Inés Mangiarotti Tomo 93 Folio 723 CPACF, constituyendo domicilio en la calle Blanco Encalada 3202 de C.A.B.A. se presentan y dicen:

1. Que las partes han convenido un acuerdo salarial parcial que será aplicado a partir del 1º de Abril de 2012 consistente en un incremento en los salarios básicos de convenio de empresa. Las partes se comprometen a retomar dicha negociación a partir del mes de Junio de 2012, a fin de acordar los salarios definitivos para dicho período. Se adjunta como Anexo 1 que forma parte del mismo, la nueva escala salarial.

2. LA EMPRESA se compromete a no absorber el rubro “a cuenta de futuros aumentos” ni ninguna otra modalidad y/o rubro y/o ítem, etc. que se encuentre abonando la empleadora al trabajador.

3. Las partes se comprometen a ratificar el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y a solicitar su homologación en los términos de la ley 14.250. A tal efecto, se obligan a concurrir a las audiencias que al respecto se designen.

En el lugar y fechas antes indicados, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD

EMPRESA: CCR S.A. Categorías Laborales según Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/90Básicos Octubre 2011Básicos Abril 2012 10%

AREA DISEÑO Y ANALISIS

DIRECTOR5.500,866.050,95
ENCARGADO PROYECTOS4.715,025.186,52
AUXILIAR INVESTIGACION4.086,344.494,97
AREA SISTEM. DE DATOS

JEFE4.715,025.186,52
SUPERVISOR4.086,344.494,97
AUXILIAR 1°3.583,423.941,76
AUXILIAR 2°3.237,653.561,42
AUXILIAR 3°2.991,353.290,49
DIBUJANTE3.237,653.561,42
AREA TRABAJO DE CAMPO

JEFE4.715,025.186,52
COORDIN. ENCUESTAS4.086,344.494,97
AUXILIAR 1°3.583,423.941,76
AUXILIAR 2°3.237,653.561,42
AUXILIAR 3°2.991,353.290,49
AREA PROCES. DE DATOS

PROGRAMADOR4.715,025.186,52
OPERADOR CTRO. COMPUTOS4.086,344.494,97
OPERADOR MESA DE CONTROL3.583,423.941,76
GRABOVERIFICADOR3.237,653.561,42
AREA ADMINISTRACION

JEFE DE CONTADURIA4.715,025.186,52
SECRET. GCIA. GRAL.4.086,344.494,97
AUXILIAR 1°3.583,423.941,76
AUXILIAR 2°3.237,653.561,42
AUXILIAR 3°2.991,353.290,49
GESTOR2.991,353.290,49
CADETE 18 A 21 AÑOS2.895,253.184,78
CADETE MENOS 18 AÑOS2.867,123.153,83
REGIMEN DE ENCUESTADORES

ENCUESTADOR CUALICUANTI275,71303,28
ENCUESTADOR MOTIVACIONAL354,43389,97
ENCUESTADOR TELEFONICO (valor hora)27,2329,95