MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1486/2012
Registro Nº 1180/2012
Bs. As., 4/10/2012
VISTO el Expediente Nº 1.517.517/12 el Registro del MINISTERIO TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6/7 del Expediente Nº 1.517.517/12, obra el Acuerdo
celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa
JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por el sector
empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho Acuerdo, las partes han convenido un incremento salarial
conforme las prescripciones, plazos de pago y demás consideraciones que
obran en el texto al cual se remite.
Que las partes convinieron que la vigencia del Acuerdo opera a partir del día 1 de Mayo de 2012.
Que las partes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1176/11 “E”.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo, se corresponde con la
actividad de la Entidad empresaria signataria y la representatividad de
la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con
la normativa laboral vigente, acreditándose los recaudos formales
exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo, se procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 6/7
celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, ratificado a fojas 17/18 por medio de las
Actas que integran el mismo, del Expediente Nº 1.517.517/12, conforme
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 6/7 y las Actas de
ratificación de fojas 17/18 integrantes del mismo, del Expediente Nº
1.517.517/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1176/11 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.517.517/12
Buenos Aires, 09 de Octubre de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 1486/12 se ha tomado
razón del acuerdo obrante a fojas 6/7 y las actas de ratificación
obrantes a fojas 17/18 del expediente de referencia, quedando
registrado bajo el número 1180/12. — JORGE A. INSUA, Registro de
Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
CONVENIO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de Agosto
del 2012, comparece en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y
AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), Delegación La Matanza, con
domicilio en la calle Comisionado lndart Nº 2316 de la localidad de San
Justo, Partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires, representada en
este acto por el Sr. HECTOR JUAN PICCHIO, con D.N.I. Nº 8.461.911,
HECTOR OVEJERO DNI 20.232.663 y en representación de JUNTAS CICCARELLI
S.R.L., con domicilio en la calle Rivera Nº 740, de la localidad de
Ciudad Madero, Partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires,
representada en este actor por el Dr. ALEJANDRO JAVIER RODRIGUEZ, con
D.N.I. Nº 17.125.523, y KITOFF GABRIEL ALEJANDRO DNI. 20-23466033-1,
DELEGADO GREMIAL, acuerdan lo siguiente:
PRIMERA: Las partes acuerdan efectuar un incremento en las
remuneraciones abonadas a los trabajadores afiliados a SMATA para el
periodo comprendido entre los meses Mayo, Junio, Julio, Agosto y
Septiembre de 2012, del 12% remunerativo, sobre los valores de salario
básico vigentes para las categorías laborales del C.C.T. establecidos
en el anterior acuerdo salarial, que se abonará de acuerdo a la forma
establecida en la siguiente cláusula.
SEGUNDA: El incremento salarial acordado se abonará en dos tramos:
a) Primer tramo: Un incremento del 6% remunerativo, no acumulativo,
sobre los valores de salario básico vigentes para las categorías
laborales del C.C.T., establecidos en el anterior acuerdo salarial al
30/04/2012 el cual tendrá vigencia a partir del 01/05/12 hasta el
31/07/12. Respecto de los haberes que hayan sido liquidados de acuerdo
a la anterior escala salarial, y que cuyo pago correspondan a este
periodo, se calculara y abonará con las próximas remuneraciones el
correspondiente retroactivo.
b) Segundo tramo: El 6% restante de incremento pactado en la cláusula
primera (12%), remunerativo, no acumulativo sobre los valores del
salario vigente al 30/04/2012 se abonará a partir del 01/08/12 y tendrá
vigencia hasta el 30/09/12.
TERCERA: El presente acuerdo salarial tendrá vigencia hasta el 30 de
Septiembre de 2012, y será presentado ante la Dirección de Negociación
Colectiva, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación. En prueba de conformidad se firman dos ejemplares del presente.
VALOR HORA A PARTIR DEL 05-2012
SMATA | 01/04/2011 | con el 15% | 1/11/2011 es remunerativo | Suma incorporada al valor hora básico desde 5/2012 | V.H. desde 01/5/2012 al 31/7/2012 | V.H. desde 01/8/2012 al 30/09/2012 |
CATEGORIA | BASICO |
|
|
|
|
1 | 12,37 | 14,80 | $ 15,54 | $ 16,83 | 17,84 | 18,85 |
2 | 13,78 | 15,85 | $ 16,64 | $ 18,02 | 19,10 | 20,18 |
3 | 14,18 | 16,31 | $ 17,13 | $ 18,55 | 19,66 | 20,78 |
4 | 15,26 | 17,55 | $ 18,43 | $ 19,96 | 21,15 | 22,35 |
5 | 16,61 | 19,10 | $ 20,06 | $ 21,72 | 23,02 | 24,33 |
6 | 16,9 | 19,44 | $ 20,41 | $ 22,10 | 23,43 | 24,75 |
7 | 17,84 | 20,52 | $ 21,55 | $ 23,34 | 24,74 | 26,14 |
| Present. $ 159
| Present. $ 167 | Present. $ 179 | 190 | 200 |
Expediente Nº 1517517/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de agosto
de 2012, siendo las 14:30 horas, comparecen espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Héctor Juan
PICCHIO (DNI 08.461.911), miembro del CDN, el Sr. Héctor Alejandro
OVEJERO (DNI 20.232.663) asesor gremial, acompañados por el Sr. Gabriel
Alejandro KITOFF (DNI 23.466.033), delegado de personal de la Empresa;
y en representación de la EMPRESA JUNTAS CICARELLI SRL, con domicilio
constituido en Lavalle 1388 casillero 1986, CABA, el Sr. Alejandro
Javier RODRIGUEZ (DNI 17.125.523), en calidad de apoderado, condición
que acredita mediante copia simple de poder que firma ante mí,
juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las
partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la
presentación formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente
de referencia. Acto seguido, cedida la palabra a los comparecientes, en
forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que: acompañan y
ratifican íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa
en el día de la fecha, del que reconocen como propias las firmas allí
insertas, y manifiestan su solicitud de homologación. El mismo se
realiza en el marco del CCT 1176/11 “E” y alcanza a aproximadamente 50
trabajadores.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación
sindical que el acuerdo, en el plazo de diez (10) días, deberá ser
ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial. Por último
se les comunica que el mismo, del cual solicitan su homologación; será
elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad
previsto en la Ley Nº 14250. En este estado y no siendo para más, a las
15:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes
al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación
de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº 1517517/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de agosto
de 2012, siendo las 12:25 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y
ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado
con la Empresa Juntas Cicarelli SRL el día 8 de agosto de 2012 en el
marco del CCT 1176/11 “E” y acreditado a fojas 6/7 del expediente de
referencia; solicitando su homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su
homologación, será elevado a la Superioridad en este acto, quedando
sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14250. En este
estado y no siendo para más, a las 12:30 horas, se da por finalizado el
acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura,
para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que
CERTIFICO.