MINISTERIO DE TURISMO

Decisión Administrativa 1120/2012

Apruébase la variación de la Obra denominada “Proyecto de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos en la Localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén”.

Bs. As., 7/11/2012

VISTO el Expediente Nº STN:0002990/2009 del Registro de la ex SECRETARIA DE TURISMO entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, su agregado sin acumular el Expediente Nº STN:0001277/2011 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitó la Licitación Pública Nacional Nº 4/09 denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”, que fue aprobada por la Decisión Administrativa Nº 885 de fecha 14 de diciembre de 2010 en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 1.868/OC-AR aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

Que por la citada Decisión Administrativa Nº 885/10 se adjudicó la obra a la firma MILICIC SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 15.965.207,77).

Que en la actualidad, por el expediente mencionado en el Visto tramita el Pedido de Adicionales de Obra correspondiente a trabajos de ampliación de obra no previstos en el proyecto de referencia, propiciándose en esta instancia su aprobación.

Que los citados trabajos están ligados al objeto licitatorio y resultan fundamentales para la funcionalidad de la obra principal.

Que la contratista MILICIC SOCIEDAD ANONIMA cotizó dichos trabajos adicionales en la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.684.035,92), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, a precios básicos de la oferta original, cifra que representa el VEINTITRES COMA CERO OCHO POR CIENTO (23,08%) del monto total de obra contratada.

Que, asimismo, en virtud de los trabajos adicionales y de las extraordinarias precipitaciones ocurridas, corresponde proceder a la ampliación del plazo de obra oportunamente fijado en SESENTA (60) días corridos.

Que tanto el monto del adicional propuesto por la Inspección de Obra como la ampliación del plazo propuesta cuentan con sendas no objeciones del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el presente procedimiento se ajusta a las normas establecidas en las Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) que forma parte integrante como Anexo II del mencionado contrato de préstamo y a las previsiones contenidas en la Sección V. Condiciones Generales del Contrato, Punto 50 “Variaciones” del Documento Licitatorio correspondiente.

Que tramita, asimismo, la redeterminación del precio de la obra citada en el primer considerando, a solicitud de la Contratista.

Que conforme surge del Documento Licitatorio, Sección II. Datos de la Licitación, en el Punto 14.4 “Instrucciones a los Oferentes”, la redeterminación de precios se encuentra sujeta a lo previsto en la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002.

Que el procedimiento para la obtención del Factor de Redeterminación se halla previsto en la Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato, Punto 60 “Ajuste de precios” del Documento Licitatorio.

Que la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO —creada por Resolución Nº 1.068 de fecha 30 de noviembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE TURISMO dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION— ha elaborado un Informe Técnico de Evaluación de la Solicitud de Redeterminación de Precios en el que entiende que el procedimiento presentado por la Contratista se ajusta a la normativa prevista por el pliego y que los indicadores y cálculos ejecutados son correctos.

Que surge además de dicho Informe que el importe de la redeterminación de precios asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.298.989,92), alcanzando el monto de la obra redeterminada un total de PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 18.264.197,69).

Que el procedimiento de redeterminación se ajusta a las ya citadas Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha tomado conocimiento de la redeterminación de precios realizada.

Que por otra parte, corresponde dotar al organismo co-ejecutor del Contrato de Préstamo aprobado por el Decreto Nº 1.524/07, de las facultades necesarias para una mejor ejecución de la obra.

Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de Administración, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 35, inciso c) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase la variación de la Obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.684.035,92), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido con un plazo de ejecución de 90 (NOVENTA) días corridos, a favor de la firma MILICIC SOCIEDAD ANONIMA, cifra esta que representa el VEINTITRES COMA CERO OCHO POR CIENTO (23,08%) del monto total de obra contratada.

Art. 2° — Apruébase la prórroga de la fecha prevista de terminación de la Obra en SESENTA (60) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo original, lo cual no implica una mayor erogación, ni reconocimiento alguno por gastos improductivos.

Art. 3° — Apruébase la redeterminación de precios de la Obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.298.989,92), alcanzando el monto de la obra redeterminada la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 18.264.197,69), conforme al Modelo de Acta que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.

Art. 4° — Autorízase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a suscribir el Acta cuyo modelo se aprueba por el artículo precedente.

Art. 5° — Facúltase al señor Ministro de Turismo a aprobar las ampliaciones de plazo, las redeterminaciones de precios y variaciones y/o las modificaciones que resulten necesarias a fin de proveer la correcta y normal ejecución de la obra mencionada.

Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO, para el Ejercicio 2012.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E. Meyer.

ANEXO

ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los ....... días del mes de .................... de 2012, se reúnen en representación del MINISTERIO DE TURISMO, su titular D. Carlos Enrique MEYER, M.I. Nº 10.286.346, con domicilio en la calle Suipacha Nº 1.111, Piso 20 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (en adelante, “EL COMITENTE”) por una parte y por la otra, en representación de la firma MILICIC SOCIEDAD ANONIMA, D. Federico Ernesto LUFFT, M.I. Nº 13.509.681, con domicilio en la calle Lima Nº 355 Piso 11 Oficina “C” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en su carácter de contratista de la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”, según contrata aprobada mediante la Resolución Nº 12 de fecha 3 de febrero de 2011 del MINISTERIO DE TURISMO (en adelante, “LA CONTRATISTA”), en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, financiado parcialmente por el Contrato de Préstamo BID Nº 1.868/OC-AR aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

ANTECEDENTES: Que a solicitud de LA CONTRATISTA se procede a la redeterminación de los precios del contrato de obra pública antes citado, correspondientes a la parte pendiente de ejecución, al mes de noviembre de 2010.

Por ello se conviene:

ARTICULO 1°.- LA CONTRATISTA y EL COMITENTE por aplicación del régimen establecido por la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, por las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002, aceptan el Cuadro Resumen de Cantidades y Precios correspondiente a la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”.

ARTICULO 2°.- LA CONTRATISTA renuncia por la presente a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, motivados por los cambios registrados en la economía desde el 6 de enero de 2002, a la fecha de suscripción del presente acto, en los términos de los Artículos 11 del Decreto Nº 1.295/02 y 2° del Decreto Nº 1.953/02.

ARTICULO 3°.- El monto del Contrato de Obra aprobado por Resolución Nº 12 de fecha 3 de febrero de 2011 del MINISTERIO DE TURISMO alcanza un total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 15.965.207,77). El monto redeterminado del contrato al mes de noviembre de 2010 asciende a PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 18.264.197,69). El incremento del monto de obra por la presente redeterminación es de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.298.989,92).

ARTICULO 4°.- LA CONTRATISTA se compromete a cumplir el plan de trabajos correspondiente a la obra faltante de ejecución. En caso de no cumplirlo será pasible de las penalidades que correspondan según contrato, bajo pena de nulidad de lo actuado.

ARTICULO 5°.- LA CONTRATISTA se compromete a ampliar la póliza de cumplimiento del contrato hasta el monto de la obra redeterminada.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.