SECRETARIA DE CULTURA
Decisión Administrativa 1136/2012
Cobertura de cargos vacantes de la planta permanente del Fondo Nacional de las Artes.
Bs. As., 12/11/2012
VISTO el Expediente Nº 17.103/2012 del registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.728, los Decretos
Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006,
2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las Decisiones
Administrativas Nros. 506 del 2 de diciembre de 2009 y 1 del 10 de
enero de 2012, la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728 se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de
la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506/09 se aprobaron las
“NORMAS PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION PARA LA COBERTURA DE CARGOS
VACANTES MEDIANTE LA CONVOCATORIA A LOS PROCESOS DE SELECCION DEL
PERSONAL PERMANENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO”.
Que conforme a las normas citadas precedentemente, el titular del FONDO
NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicita la autorización
prevista en el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, proponiendo a la
entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
los cargos vacantes y financiados del Sistema Nacional de Empleo
Público existentes en sus plantas de dotación, a ser cubiertos conforme
los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en
el “Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo
Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº 39/10 y modificatorios.
Que según surge de las copias de las Actas del 20 de octubre de 2011,
agregadas a las actuaciones mencionadas en el Visto, el COMITE PARA LA
COORDINACION DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE
PERSONAL creado por el artículo 2º de la normativa aprobada por la
Decisión Administrativa Nº 506/09, determinó la cantidad de cargos
vacantes disponibles que serán autorizados para su cobertura.
Que la cobertura de las vacantes involucradas responde a la necesidad
funcional de proveer de la adecuada dotación del personal que asegure
la prestación efectiva de los servicios a cargo de las dependencias
requirentes, promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo en las
mismas.
Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a dicho organismo de la
prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.
Que el titular de la entidad requirente presta expresa conformidad para el dictado de la presente medida.
Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Exceptúase al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo
descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, de la prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº
26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos
vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en el
Anexo I y que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los
Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el
“Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo
Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de
2010 y modificatorios.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con los créditos asignados a las entidades 802 - FONDO
NACIONAL DE LAS ARTES.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.
ANEXO I
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE CULTURA
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
EXCEPCION A LA PROHIBICION ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 26.728
Ubicación estructural | Denominación del puesto de trabajo o función | Nivel | Agrupamiento | Total |
Gerencia de Finanzas y Administración | Asistente administrativo de Tesorería | D | General | 1 |
| Cadete | F | General | 1 |
| Oficial de mantenimiento | E | General | 1 |
| Responsable de área administrativa | C | General | 1 |
Presidencia | Asistente administrativo | D | General | 1 |
| Secretaria privada | C | General | 2 |
|
|
| Total | 7 |