SECRETARIA DE CULTURA

Decisión Administrativa 1136/2012


Cobertura de cargos vacantes de la planta permanente del Fondo Nacional de las Artes.


Bs. As., 12/11/2012

VISTO el Expediente Nº 17.103/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.728, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 506 del 2 de diciembre de 2009 y 1 del 10 de enero de 2012, la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506/09 se aprobaron las “NORMAS PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION PARA LA COBERTURA DE CARGOS VACANTES MEDIANTE LA CONVOCATORIA A LOS PROCESOS DE SELECCION DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO”.

Que conforme a las normas citadas precedentemente, el titular del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicita la autorización prevista en el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, proponiendo a la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los cargos vacantes y financiados del Sistema Nacional de Empleo Público existentes en sus plantas de dotación, a ser cubiertos conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº 39/10 y modificatorios.

Que según surge de las copias de las Actas del 20 de octubre de 2011, agregadas a las actuaciones mencionadas en el Visto, el COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL creado por el artículo 2º de la normativa aprobada por la Decisión Administrativa Nº 506/09, determinó la cantidad de cargos vacantes disponibles que serán autorizados para su cobertura.

Que la cobertura de las vacantes involucradas responde a la necesidad funcional de proveer de la adecuada dotación del personal que asegure la prestación efectiva de los servicios a cargo de las dependencias requirentes, promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo en las mismas.

Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a dicho organismo de la prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.

Que el titular de la entidad requirente presta expresa conformidad para el dictado de la presente medida.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Exceptúase al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en el Anexo I y que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y modificatorios.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a las entidades 802 - FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE CULTURA

FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

EXCEPCION A LA PROHIBICION ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 26.728

Ubicación estructuralDenominación del puesto de trabajo o funciónNivelAgrupamientoTotal
Gerencia de Finanzas y AdministraciónAsistente administrativo de TesoreríaDGeneral1

CadeteFGeneral1

Oficial de mantenimientoEGeneral1

Responsable de área administrativaCGeneral1
PresidenciaAsistente administrativoDGeneral1

Secretaria privadaCGeneral2



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