SECRETARIA DEL MERCOSUR

RESOLUCION GMC Nº 26/01 - ARTICULO 10

FE DE ERRATAS - ORIGINAL - 01/02/12

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 38/11

CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACION DE LA PATENTE MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 53/10 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 08/92, 87/94, 75/97, 32/09, 52/10 y 14/11 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Decisión CMC Nº 53/10 “Patente MERCOSUR” creó, en el ámbito del Grupo Mercado Común, el Grupo Ad Hoc para la elaboración e implementación de la Patente MERCOSUR.

Que la Resolución GMC Nº 14/11 estableció la primera etapa del cronograma para la implementación de la Patente MERCOSUR en vehículos de carga y pasajeros habilitados para el transporte internacional del MERCOSUR.

Que resulta necesario prorrogar el plazo establecido en la normativa para concluir el cronograma de implementación de la Patente MERCOSUR.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Prorrogar, hasta la última Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común del primer semestre de 2012, el plazo para que el Grupo Ad Hoc eleve un Proyecto conteniendo las demás etapas del Cronograma de implementación de la Patente MERCOSUR.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXIX GMC EXT. - Montevideo, 17/XII/11