SECRETARIA DEL MERCOSUR
RESOLUCION GMC Nº 26/01 - ARTICULO 10
FE DE ERRATAS - ORIGINAL - 01/02/12
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 38/11
CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACION DE LA PATENTE MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 53/10 del Consejo del
Mercado Común y las Resoluciones Nº 08/92, 87/94, 75/97, 32/09, 52/10 y
14/11 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Decisión CMC Nº 53/10 “Patente MERCOSUR” creó, en el ámbito del
Grupo Mercado Común, el Grupo Ad Hoc para la elaboración e
implementación de la Patente MERCOSUR.
Que la Resolución GMC Nº 14/11 estableció la primera etapa del
cronograma para la implementación de la Patente MERCOSUR en vehículos
de carga y pasajeros habilitados para el transporte internacional del
MERCOSUR.
Que resulta necesario prorrogar el plazo establecido en la normativa
para concluir el cronograma de implementación de la Patente MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Prorrogar, hasta la última Reunión Ordinaria del Grupo Mercado
Común del primer semestre de 2012, el plazo para que el Grupo Ad Hoc
eleve un Proyecto conteniendo las demás etapas del Cronograma de
implementación de la Patente MERCOSUR.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIX GMC EXT. - Montevideo, 17/XII/11