PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 2175/2012
Dase por prorrogada designación de la
Directora del Museo Nacional del Grabado de la Dirección Nacional de
Patrimonio y Museos de la Secretaría de Cultura.
Bs. As., 12/11/2012
VISTO el Expediente Nº 7165/12 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y el Decreto Nº 448 de fecha 26 de
marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 448 de fecha 26 de marzo de 2012 fue prorrogada
la designación con carácter transitorio de la señora Nora Alicia
INIESTA, en un cargo de la planta permanente Nivel B, Grado 0, como
Directora del MUSEO NACIONAL DEL GRABADO de la DIRECCION NACIONAL DE
PATRIMONIO Y MUSEOS.
Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo
en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron
lugar al dictado del Decreto Nº 448/12, la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION ha solicitado se prorrogue la designación de
la citada funcionaria, en los mismos términos del nombramiento
original, que fuera dispuesto por el Decreto Nº 582/11.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
prorrogada desde su vencimiento, a partir del 16 de febrero de 2012, y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación
transitoria de la señora Nora Alicia INIESTA (D.N.I Nº 6.422.864), como
DIRECTORA del MUSEO NACIONAL DEL GRABADO de la DIRECCION NACIONAL DE
PATRIMONIO Y MUSEOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, en un cargo de la Planta Permanente, Nivel B Grado 0, cuya
designación original fuera efectuada por el Decreto Nº 582/11 y
prorrogada por su similar Nº 448/12, con autorización excepcional por
no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
Anexo del Decreto Nº 2098/08 por el que se homologó el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III y IV, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir del día 16 de febrero de 2012.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a los
créditos del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 20-14 -
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.