Ente Nacional Regulador del Gas

GAS


Resolución 2400/2012


Fíjese la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2012.


Bs. As., 12/11/2012

VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.738 del 18 de Septiembre de 1992 y el Expediente Nº 18937/12 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 26.728 (B.O. 28/12/11), aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, que comprende el presupuesto del ENARGAS.

Que de acuerdo a la Decisión Administrativa Nº 1/2012 del Jefe de Gabinete de Ministros del 10/01/12, se han distribuido los créditos correspondientes al Ejercicio 2012, siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente Ejercicio de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 175.286.000.-).

Que resulta necesario determinar el Saldo Final contemplando la participación de cada sujeto conforme a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge, en mayor medida, de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2011.

Que a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía mediante Memorándum GDyE Nº 48/12, según fojas 441 a 443, Informe GDyE Nº 198/12, según fojas 532 a 533 e Informe GDyE Nº 196/12, según foja 534 del citado expediente, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables disponibles por esa Gerencia de las Distribuidoras, Transportistas, Gasoductos y Subdistribuidoras, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 60/94 modificada por la Resolución ENARGAS Nº 362/96, así como también a las altas y bajas de Comercializadoras.

Que durante el ejercicio, las Distribuidoras, Transportistas, Gasoductos, Subdistribuidoras y Comercializadoras, han efectuado pagos a cuenta de la Tasa de acuerdo a las Resoluciones ENARGAS Nº I-2019/12 (Modif. Res. ENARGAS Nº I-2027/12), I-2126/12 y I-2220/12.

Que atento que el primer, segundo y tercer anticipo fue de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS ($ 43.821.500.-) cada uno, o sea el 75% del total asignado a la Tasa, para el cálculo de este Saldo Final corresponde determinar el 25%, es decir PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS ($ 43.821.500.-) a los efectos de completar el 100% del total mencionado.

Que se ha determinado el excedente del año 2011 en PESOS CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 427.745.-) y conforme lo dispuesto en la reglamentación del artículo 63 de la Ley 24.076 por Decreto 1738/92, corresponde su asignación al presente ejercicio, habiéndose aplicado a la determinación de los anticipos anteriores de la Tasa de Fiscalización y Control 2012 el 75%, es decir, PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHO ($ 318.808.-) y quedando para este Saldo Final el 25%, es decir, PESOS CIENTO OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 108.937.-).

Que este excedente presupuestario (Recaudado menos Devengado) es descontado de acuerdo a la participación que cada sujeto tenía durante el 2011, o sea en el año en que se generó.

Que complementariamente al excedente mencionado, se aplica un sobrante financiero del año 2011 de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 3.409.388.-), en consecuencia, el excedente final asciende a PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y TRES ($ 3.837.133.-).

Que el cuerpo Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete, en los términos del Art. 7º de la L.N.P.A.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1.738/92.

Que el Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución en conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto P.E.N. Nº 571/07, 1646/07, 953/08, 2038/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12 y 946/12.

Que esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo en razón de la necesidad de recaudar recursos propios con el objeto de financiar los gastos oportunos para el desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjese la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2012 en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 175.286.000.-), que será abonada por cada sujeto regulado de gas conforme el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º — A la Tasa fijada en el Artículo 1º deberá descontársele, la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y TRES ($ 3.837.133.-), conforme se lo determina en el Anexo I, (Columna Excedente 2011).

Art. 3º — Al neto resultante, según lo previsto en el artículo anterior, deberá descontársele los importes pagados a cuenta en concepto de anticipo, por cada sujeto regulado de gas, de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones ENARGAS Nº I-2019/12 (Modif. Res. ENARGAS Nº I-2027/12), I-2126/12 y I-2220/12 y/o los importes abonados por los Subdistribuidores a requerimiento del Organismo en cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 35/93, según corresponda.

Art. 4º — Establézcase como fecha de vencimiento el 28 de noviembre de 2012 para el ingreso del saldo resultante por aplicación de los artículos precedentes.

Art. 5º — En los casos en que del Anexo I adjunto surja un importe a favor de los sujetos regulados de gas, el mismo será aplicado al pago de la Tasa Anual para el año 2013.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Antonio L. Pronsato.

ANEXO I

TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2012 - SALDO FINAL