JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2237/2012
Dase por designada la Directora Nacional Alterna del Proyecto de Modernización del Estado.
Bs. As., 20/11/2012
VISTO el Expediente CUDAP: EXP - JGM Nº 42527/2012 del registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº
491 del 12 de marzo de 2002, Nº 1723 del 29 de diciembre de 2005 y lo
solicitado por la COORDINACION DE GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación
como Directora Nacional Alterna del Proyecto de Modernización del
Estado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de la Sra. Nadia
MORAGAS.
Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2012.
Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1º de
enero de 2012, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto Nº 1723/05 se creó el cargo extraescalafonario de
DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con una
remuneración equivalente al Nivel A Grado 0, con Función Ejecutiva
Nivel I, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
(aprobado por el Decreto Nº 993/91 - t.o. 1995).
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante y
financiado el cargo extraescalafonario de DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL
PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO y cuya cobertura se impone con
cierta inmediatez frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma
con las exigencias del servicio.
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.728 se dispuso que las
facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser
asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable
político de la Administración General del país y en función de lo
dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.
Que la agente involucrada en la presente medida, ha dado cumplimiento a
lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02
reglamentario del Decreto Nº 491/02.
Que la agente propuesta ha efectuado una real y efectiva prestación de
servicios a partir del 15 de octubre de 2012, por lo que procede
designarla con efectos a esa fecha.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y a
tenor de lo normado por los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
designada, a partir del 15 de octubre de 2012, a la Señora Nadia
MORAGAS (DNI Nº 30.135.906), como Directora Nacional Alterna del
Proyecto de Modernización del Estado, dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, en un cargo de carácter extraescalafonario con
rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente
al Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva de Nivel I del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, como excepción
a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.
Art. 2º — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para
el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 -JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 3º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.