PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1200/2012
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Bs. As., 22/11/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0424924/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario atender obligaciones impostergables de la Administración Nacional.
Que es menester adecuar el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA, de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, del HONORABLE
SENADO DE LA NACION, de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION,
de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION, de la IMPRENTA DEL CONGRESO
DE LA NACION y de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL
CONGRESO DE LA NACION con la finalidad de atender el pago de haberes.
Que asimismo resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente del
HONORABLE SENADO DE LA NACION a fin de dar cumplimiento parcial al
Artículo 71 de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2012 y el Presupuesto de la
BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION a efectos de atender gastos de
funcionamiento y de inversión.
Que es pertinente atender créditos de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, con destino al financiamiento de personal
contratado y a gastos de funcionamiento del INSTITUTO SUPERIOR DE
CONTROL DE LA GESTION PUBLICA.
Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA
LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO a
fin de atender el pago de haberes.
Que, por otra parte, es necesario adecuar créditos del TEATRO NACIONAL
CERVANTES, del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, del FONDO NACIONAL DE LAS
ARTES y de la BIBLIOTECA NACIONAL, organismos descentralizados
actuantes en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, a los efectos de atender gastos salariales y de la normal
operatoria de los citados organismos.
Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a fin de posibilitar el normal
desarrollo de sus actividades y atender erogaciones en materia salarial.
Que resulta pertinente reforzar el Presupuesto de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a efectos de posibilitar el cumplimiento de
compromisos impostergables contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que corresponde reforzar los créditos de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para
atender compromisos asumidos en el marco del “Proyecto Gestión Integral
de Residuos Sólidos Urbanos”.
Que es necesario reforzar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE con el objeto de afrontar los gastos operativos y
el plan de obras diferido de la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA
DE EMERGENCIA S.A. (UGOFE) de los Ferrocarriles LINEA SAN MARTIN, LINEA
GENERAL ROCA y LINEA BELGRANO SUR, de la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA
MITRE SARMIENTO S.A. (UGOMS), del FONDO FIDUCIARIO DEL SISTEMA DE
INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE y para atender compromisos con la
Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina y el
Caribe.
Que, por otra parte, es necesario adecuar el crédito vigente de la
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismos
descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a fin de afrontar gastos
salariales, de funcionamiento y el convenio suscripto con el Municipio
de Ezeiza para la implementación del Sistema de Emergencias del
Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”.
Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la COMISION NACIONAL
DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado antes actuante en
la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a fin de
cubrir diferencias por tipo de cambio y atender gastos corrientes.
Que se hace necesario incrementar los créditos vigentes del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para atender gastos salariales y de
funcionamiento.
Que resulta oportuno modificar el Presupuesto del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de financiar gastos de
funcionamiento de las unidades penitenciarias y el subsidio al
Patronato de Liberados “Dr. Jorge H. Frías”.
Que por los Decretos Nros. 1.004 de fecha 29 de junio de 2012 y 1.307
de fecha 31 de julio de 2012 se dispuso un incremento sobre los haberes
mensuales del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA respectivamente.
Que por efecto de dichos decretos se procede a reforzar el Presupuesto
destinado a la atención de los retiros y pensiones del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA,
organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que es preciso modificar los créditos del ENTE DE COOPERACION TECNICA Y
FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a efectos de financiar
la adquisición de insumos y maquinarias destinados a los talleres de
laborterapia, así como atender gastos de mantenimiento de los mismos.
Que, adicionalmente, se modifica el Presupuesto de la GENDARMERIA
NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismos actuantes en el
ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a través de la incorporación de
recursos procedentes de la prestación del servicio de policía adicional
y de la percepción de tasas y aranceles.
Que los citados recursos serán destinados al financiamiento de las
retribuciones del personal que presta el servicio de policía adicional
y de los gastos operativos de las mencionadas Fuerzas de Seguridad.
Que resulta necesario incrementar los créditos vigentes de la
Jurisdicción MINISTERIO DE DEFENSA a los efectos de atender gastos en
personal del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO
DE DEFENSA, de la ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL de la SUBSECRETARIA DE
FORMACION de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del citado
Ministerio del SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL de la citada SECRETARIA DE
PLANEAMIENTO, del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO y del ESTADO MAYOR
GENERAL DE LA FUERZA AEREA.
Que es menester ajustar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, mediante compensación de créditos, a fin
de posibilitar la atención normal de sus gastos de funcionamiento.
Que asimismo se modifica el presupuesto del TRIBUNAL FISCAL DE LA
NACION, organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE
INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para atender gastos en personal.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de atender compromisos
asumidos en el marco del “Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos
Productores (PAPYM)” y del “Programa de Desarrollo de Economías
Regionales”.
Que resulta oportuno ampliar el Presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, con el objeto de permitirle atender mayores gastos
operativos y en materia de personal.
Que se debe modificar el crédito vigente del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGIA AGROPECUARIA y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO, organismos descentralizados del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con el objeto de posibilitar la
atención de gastos en personal y de erogaciones vinculadas a operativos
de mantenimiento de buques e insumos para campañas de investigación.
Que resulta pertinente adecuar el Presupuesto de la ADMINISTRACION DE
PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE TURISMO, a fin de incorporar los mayores desembolsos del
Préstamo BIRF 7520-AR Proyecto de Manejo Sustentable de Recursos
Naturales y otros gastos de funcionamiento.
Que resulta oportuno incrementar los créditos vigentes del INSTITUTO
NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE TURISMO en virtud de la recaudación
extraordinaria obtenida por derechos de inscripción de la etapa
Argentina del Tour de France realizado en la Ciudad de San Carlos de
Bariloche Provincia de RIO NEGRO, en octubre del corriente año.
Que corresponde incorporar en el MINISTERIO DE TURISMO excedentes de
recaudación de ejercicios anteriores de los Préstamos BID 1648/OC-AR
“Programa de Mejora de la Competitividad del Sector Turismo” y BID
1868/OC-AR “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en
Municipios Turísticos” los cuales se compensan con una reducción de las
fuentes financieras vigentes provenientes del BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID).
Que es necesario reestructurar los créditos vigentes de la COMISION
NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado actuante bajo la
órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de adecuar los gastos de
funcionamiento a sus necesidades.
Que por otra parte, se deben incorporar remanentes de recaudación de
ejercicios anteriores a fin de atender gastos prioritarios de dicha
Comisión.
Que, asimismo, resulta menester adecuar el Presupuesto vigente del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a
los fines de hacer frente a gastos relacionados con el subsidio al
precio de la garrafa social, la ampliación de la red de gas natural y a
la realización de obras relacionadas con la ampliación de la capacidad
de suministro de energía eléctrica.
Que además, es necesario continuar con las políticas impartidas por el
ESTADO NACIONAL en cuanto a la ejecución de obras públicas, suministro
de servicios públicos y minería.
Que para financiar esos gastos, se propician compensaciones con otras
partidas presupuestarias de dicha jurisdicción y con el Presupuesto del
ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del citado Ministerio.
Que es menester incrementar el Presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DEL AGUA, organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, a los fines de poder realizar estudios e inspecciones, así
como también atender gastos de funcionamiento.
Que a su vez resulta procedente modificar por compensación el
Presupuesto de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES,
organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender
gastos inherentes a su normal funcionamiento.
Que resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente de la
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en
el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, con el objeto de facilitar la realización de obras en rutas
nacionales.
Que a su vez, es preciso modificar el Presupuesto vigente del ENTE
NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, financiado con Recursos
Propios, con el objeto de posibilitar la ejecución de obras de
infraestructura cloacal y de agua potable.
Que en lo que se refiere al SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, resulta necesario
ajustar su Presupuesto vigente a los efectos de adecuar sus gastos en
personal a las reales necesidades de ejecución y permitirle atender
mayores gastos operativos.
Que corresponde adecuar el Presupuesto vigente del ORGANISMO REGULADOR
DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
con el fin de atender sus reales necesidades en lo atinente a gastos en
personal y de funcionamiento.
Que se debe modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION, a los
efectos de atender parcialmente la política salarial 2012 acordada para
el personal docente, no docente y autoridades superiores de las
distintas Universidades Nacionales y la Muestra Tecnópolis.
Que, por otra parte, resulta oportuno adecuar el Presupuesto del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de
atender el financiamiento de gastos operativos y continuar con el
desarrollo de los programas llevados a cabo por dicha cartera
ministerial.
Que es necesario incrementar los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E
INNOVACION PRODUCTIVA, para la atención de los estipendios de los
becarios y las erogaciones correspondientes a los salarios del mes de
noviembre de 2012.
Que resulta pertinente modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a fin de atender gastos en materia
salarial y las transferencias de los Programas de Recuperación
Productiva, Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de
Capacitación y Empleo.
Que, por otra parte, se deben compensar créditos de la SUPERINTENDENCIA
DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado actuante en el ámbito
de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, a efectos de adecuar su presupuesto a las
necesidades operativas del mismo.
Que por las Resoluciones Nros. 47 de fecha 16 de febrero de 2012 y 327
de fecha 8 de agosto de 2012, ambas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) organismo actuante en el ámbito de la
SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, se establece el valor de la movilidad prevista en el
Artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones.
Que en dicho marco corresponde incrementar las partidas presupuestarias
de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) destinadas
a la atención de las jubilaciones y pensiones a cargo del citado
organismo.
Que los mencionados incrementos se financian con una mayor recaudación
de aportes y contribuciones de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) respecto a la prevista en el Presupuesto
vigente.
Que para el MINISTERIO DE SALUD se prevé otorgar un refuerzo en los
créditos con el objeto de afrontar erogaciones correspondientes a
salarios, atención médica de los pensionados no contributivos; gastos
en materia de Salud Mental, erogaciones en el marco del Programa de
Abordaje Sanitario y del Programa Nacional de Tenencia Responsable y
Sanidad de Perros y Gatos; la adquisición de equipamiento sanitario y
de laboratorio; los gastos inherentes al cumplimiento de los convenios
para la puesta en funcionamiento del HOSPITAL DE LA MADRE Y EL NIÑO de
la Provincia de LA RIOJA y para la construcción del HOSPITAL DE NIÑOS
“DR. HECTOR QUINTANA” de la Provincia de JUJUY; aportes para el
funcionamiento del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE -
DOCTOR NESTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C. de la Ciudad de Florencio
Varela y para la construcción de la sede del INSTITUTO NACIONAL DE
MEDICINA TROPICAL en la Provincia de MISIONES; la adquisición de
vacunas, medicamentos, insumos y subsidios varios, entre otros
conceptos.
Que asimismo resulta necesario modificar la distribución de los
créditos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA, organismo descentralizado en el ámbito del
MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de adecuar los créditos de esa
Entidad a sus necesidades actuales.
Que la modificación propuesta se financia con la incorporación de los
recursos propios provenientes de la mayor recaudación y la reducción de
las aplicaciones financieras.
Que asimismo se debe adecuar el Presupuesto de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con el
objeto de profundizar el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de
las condiciones estructurales, especialmente las vinculadas a las áreas
científico técnicas.
Que a su vez se incrementa el Presupuesto de la COLONIA NACIONAL DOCTOR
MANUEL A. MONTES DE OCA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE
SALUD, para ser destinado a la atención de gastos de insumos y
funcionamiento.
Que es menester adecuar los créditos del HOSPITAL NACIONAL DR.
BALDOMERO SOMMER y del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS,
organismos descentralizados actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE
SALUD, a los efectos de atender erogaciones en materia salarial.
Que resulta necesario adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA y del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo
descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio, con el
objeto de afrontar gastos correspondientes a los salarios del mes de
noviembre de 2012.
Que corresponde incrementar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO,
destinados al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, a la
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETÁ (UESTY), a la ENTIDAD
BINACIONAL YACYRETÁ (EBY), a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
(ENARSA), a NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (ARSAT), a
la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA), a
RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA S.E.), a EDUC.AR
SOCIEDAD DEL ESTADO, a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO
(SOFSE) y al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA),
ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del
Artículo 9° de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2012, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
______
NOTA: El Anexo que integra esta Decisión Administrativa se publica en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser
consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).