ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 423/2012

Servicios Extraordinarios. Horas de Supervisión. Aduanas y Areas Operativas.

Bs. As., 28/11/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12233-36-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 665 y sus modificatorias estableció las normas sobre el Régimen de Servicios Extraordinarios y, entre otros aspectos, dispuso que se deben asignar la cantidad de horas a liquidar para la función de Supervisión, ejercida en el ámbito de las Divisiones de Aduanas del Interior.

Que la Disposición Nº 76/08 (DGA) aprobó las horas diarias de supervisión para las Aduanas del Interior.

Que las Disposiciones Nº 413/11 (AFIP) y Nº 414/11 (AFIP) crearon, respectivamente, la Aduana de General Pico dependiente de la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca y la Aduana de Santiago del Estero dependiente de la Dirección Regional Aduanera Córdoba, las cuales no se encuentran incluidas en la citada Disposición Nº 76/08 (DGA).

Que la Disposición Nº 188/99 (DGA) estableció, entre otras normas, las categorías máximas y mínimas para la realización de servicios extraordinarios, según la tarea o función a desempeñar.

Que en virtud del análisis realizado corresponde elevar la categoría de pago para la función “Supervisor Aduana del Interior” a la categoría T-03.

Que razones de mérito y oportunidad tornan aconsejable incluir a las jefaturas de las áreas operativas dependientes de la Dirección Aduana de Buenos Aires en el mecanismo dispuesto en el Artículo 6° de la Resolución General Nº 665 y sus modificatorias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior y de Recursos Humanos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE  INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1° — Establécese la cantidad de horas diarias de supervisión, en horarios inhábiles, para las Aduanas del Interior, las que se consignan en el Anexo I de la presente.

Art. 2° — Determínase que la categoría de pago para la función “Supervisor Aduana del Interior” es la categoría T-03.

Art. 3° — Las jefaturas de las áreas operativas dependientes de la Dirección Aduana de Buenos Aires están incluidas en el mecanismo dispuesto en el Artículo 6° de la Resolución General Nº 665 y sus modificatorias.

Art. 4° — Establécese la cantidad de horas diarias de supervisión, en horarios inhábiles, para las jefaturas de las áreas de estructura que se especifican en el Anexo II de la presente.

Art. 5° — Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de esta disposición.

Art. 6° — Lo dispuesto en la presente se encuentra vigente desde el 1 de noviembre de 2012, inclusive.

Art. 7° — Déjase sin efecto la Disposición Nº 76/08 (DGA) desde la fecha de entrada en vigencia de esta disposición, indicada en el artículo anterior.

Art. 8° — Regístrese. Notifíquese. Tomen conocimiento las Subdirecciones Generales de Administración Financiera, de Auditoría Interna, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Operaciones Aduaneras del Interior, la Dirección Aduana de Buenos Aires, las Direcciones Regionales Aduaneras de Bahía Blanca, Comodoro Rivadavia, Córdoba, La Plata, Mendoza, Posadas, Resistencia, Rosario y Salta y sus Divisiones Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO I

(Artículo 1°)

DIRECCION REGIONAL ADUANERA BAHIA BLANCA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Bahía Blanca Administrador7
Mar del Plata4,5
Mar del Plata Firma Responsable3
Necochea3,5
Villa Regina3,5
Bariloche3,5
San Martín de los Andes3,5
Neuquén3,5
General Pico3
TOTAL35

DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Comodoro Rivadavia3,5
Esquel3,5
Puerto Deseado3,5
Puerto Madryn4,5
Río Gallegos Administrador4,5
Río Grande Administrador4,5
Santa Cruz3,5
Ushuaia4,5
San Antonio Oeste3,5
Caleta Olivia3,5
TOTAL40

DIRECCION REGIONAL ADUANERA CORDOBA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Córdoba Administrador7
Córdoba Firma Responsable3,5
La Rioja3,5
Tinogasta3,5
Tucumán4
Santiago del Estero4
TOTAL25,5

DIRECCION REGIONAL ADUANERA LA PLATA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Campana Administrador7
Campana Firma Responsable3,5
La Plata Administrador7
La Plata Firma Responsable3,5
Colón3,5
Concepción del Uruguay3,5
Concordia Administrador4,5
Concordia Firma Responsable3
Gualeguaychú Administrador5
Gualeguaychú Firma Responsable3,5
TOTAL44

DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Mendoza Administrador7
Mendoza Firma Responsable3,5
San Juan3,5
San Luis Administrador3,5
San Luis Firma Responsable2
San Rafael3,5
TOTAL23

DIRECCION REGIONAL ADUANERA POSADAS

DIVISIONHORAS DIARIAS
Posadas Administrador7
Posadas Subadministrador3,5
Iguazú Administrador6,5
Iguazú Firma Responsable3
Oberá3,5
San Javier4
Bernardo de Irigoyen5
Santo Tomé4
Paso de los Libres Administrador7
Paso de los Libres Firma Responsable3,5
TOTAL46,5

DIRECCION REGIONAL ADUANERA RESISTENCIA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Barranqueras4,5
Clorinda Administrador7
Clorinda Firma Responsable3,5
Corrientes3,5
Formosa3,5
Goya3,5
TOTAL25,5

DIRECCION REGIONAL ADUANERA ROSARIO

DIVISIONHORAS DIARIAS
Diamante3,5
Paraná3,5
Rosario Administrador6
Rosario Firma Responsable3
San Lorenzo7
Santa Fe4
Villa Constitución4
San Pedro3,5
San Nicolás4,5
San Nicolás Firma Responsable3,5
TOTAL42,5

DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA

DIVISIONHORAS DIARIAS
Salta3,5
Pocitos Administrador6,5
Pocitos Firma Responsable3
Oran4,5
La Quiaca4,5
Jujuy3,5
TOTAL25,5


ANEXO II

(Artículo 4°)

DIRECCION ADUANA DE BUENOS AIRES

DIVISIONHORAS DIARIAS
División Resguardo I5
División Verificación5
Departamento Operacional Aduanero5
División Resguardo II5
TOTAL20