MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCION Nº 37.275 DEL 29 NOV. /2012

EXPEDIENTE Nº 57.234

SINTESIS: HIV - EXCLUSION DE COBERTURA NO ADMITIDA

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — No se admitirán en la aprobación de planes de seguros de personas, exclusiones de cobertura relativas a infecciones que resulten consecuencia directa o indirecta del SIDA - Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.

ARTICULO 2° — A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, caducan automáticamente las exclusiones mencionadas en el Artículo 1°, de todos los planes autorizados oportunamente y que a la fecha se encuentren vigentes.

ARTICULO 3° — Las entidades aseguradoras deben ajustar las condiciones contractuales de las pólizas comercializadas, que contemplen dichas restricciones de cobertura, a partir de la entrada en vigencia de la presente, quedando sin efecto la exclusión mencionada en el Artículo 1°.

ARTICULO 4° — La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
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NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.

e. 03/12/2012 N° 120538/12 v. 03/12/2012