MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 37.275 DEL 29 NOV. /2012
EXPEDIENTE Nº 57.234
SINTESIS: HIV - EXCLUSION DE COBERTURA NO ADMITIDA
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — No se admitirán en la aprobación de planes de seguros de
personas, exclusiones de cobertura relativas a infecciones que resulten
consecuencia directa o indirecta del SIDA - Síndrome de Inmuno
Deficiencia Adquirida.
ARTICULO 2° — A partir de la entrada en vigencia de la presente
Resolución, caducan automáticamente las exclusiones mencionadas en el
Artículo 1°, de todos los planes autorizados oportunamente y que a la
fecha se encuentren vigentes.
ARTICULO 3° — Las entidades aseguradoras deben ajustar las condiciones
contractuales de las pólizas comercializadas, que contemplen dichas
restricciones de cobertura, a partir de la entrada en vigencia de la
presente, quedando sin efecto la exclusión mencionada en el Artículo 1°.
ARTICULO 4° — La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín
Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la
Nación.
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NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av.
Julio A. Roca 721 Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.
e. 03/12/2012 N° 120538/12 v. 03/12/2012