ARMAS DE FUEGO

Ley 26.792

Dispónese nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.

Sancionada: Noviembre 14 de 2012

Promulgada: Diciembre 11 de 2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Dispónese un nuevo plazo de ejecución, por el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes 26.520 y 26.644.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.792—

BEATRIZ ROJKES de ALPEROVICH. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.