TELECOMUNICACIONES
Decreto 2427/2012
Declárase de interés público el
desarrollo, implementación y operación de la “Red Federal Inalámbrica”
en el marco del Plan Nacional de Telecomunicaciones “Argentina
Conectada”.
Bs. As., 13/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0464879/2012 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 19.798;
el Decreto Nº 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010; y la Resolución Nº
2161 de fecha 10 de noviembre de 2010 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 19.798 y sus modificatorias, dispone que compete al PODER
EJECUTIVO NACIONAL establecer y explotar los servicios de
telecomunicaciones de jurisdicción nacional.
Que mediante el Decreto Nº 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010 se creó
el PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA”, en
adelante “PLAN NACIONAL”, con el objetivo de fortalecer la inclusión
digital en la REPUBLICA ARGENTINA y se declaró de interés público el
desarrollo, implementación y operación de la RED FEDERAL DE FIBRA
OPTICA, a cargo de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT).
Que mediante dicho decreto también se creó la COMISION DE PLANIFICACION
Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
“ARGENTINA CONECTADA”, en adelante “COMISION”, en la órbita del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
siendo presidida por el titular de dicha cartera.
Que a través de la Resolución Nº 2.161 de fecha 10 de noviembre de 2010
del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, se aprobó el Reglamento y se estableció la estructura
organizativa interna de la antes citada COMISION DE PLANIFICACION Y
COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
“ARGENTINA CONECTADA”, la que está conformada por un COORDINADOR
GENERAL, un SECRETARIO TECNICO Y ACADEMICO y un SECRETARIO CONSULTIVO
DE DESARROLLO INCLUSIVO.
Que uno de los ejes estratégicos del citado “PLAN NACIONAL” es el de
Infraestructura y Conectividad, el cual contempla el despliegue
integral de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, la cual permitirá ampliar
la disponibilidad de servicios convergentes, a la vez que permitirá
acercar una capacidad flexible y escalable de transmisión y transporte
de datos en todo el país.
Que lo que se pretende a partir de dicha política pública es mejorar
cualitativamente la infraestructura de conectividad en áreas donde, por
razones socioeconómicas y/o geográficas, carezcan de posibilidades de
acceso a los servicios de telecomunicaciones.
Que la exponencialidad que se verifica en el desarrollo del sector de
las telecomunicaciones y particularmente en el caso de las
telecomunicaciones móviles, constituye un aspecto de central
importancia a partir del cual, más que nunca, la evolución tecnológica
puede estar al servicio de las necesidades y el bienestar de los
pueblos.
Que el ESTADO NACIONAL ha encomendado a AR-SAT la implementación de una
multiplataforma nacional de telecomunicaciones para el alojamiento y
circulación de recursos y contenidos digitales a través de acciones que
fortalezcan la infraestructura de telecomunicaciones en todo el
territorio nacional, generando la federalización de las redes y
equipamientos; la posibilidad de participación de los actores no
incumbentes del sector que garanticen la circulación de contenidos de
interés general y de alta calidad, y que permitan la multiplicación de
las expresiones sociales, culturales, educativas, científicas y
productivas.
Que esta red multiplataforma se conforma entonces de componentes de transmisión alámbricos e inalámbricos.
Que dentro del primer grupo de tecnologías nos referimos
específicamente al desarrollo de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA,
mientras que el componente inalámbrico se contiene en la RED FEDERAL
INALAMBRICA.
Que la RED FEDERAL INALAMBRICA se complementará integralmente con la
RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA y estará destinada a atender adecuadamente
las necesidades de organismos de la administración pública nacional,
provincial y local; organizaciones de la sociedad civil; empresas y
hogares, todo ello en función de las ventajas que presenta la
tecnología inalámbrica para cumplir con los servicios de conectividad
en zonas geográficas que por diversas razones de índole social,
geográfica y/o económica no se han desplegado a lo largo de todo el
territorio nacional.
Que asimismo, la RED FEDERAL INALAMBRICA contribuirá a satisfacer
adecuadamente la demanda de conectividad que requiere la totalidad de
las políticas públicas que en materia de inclusión digital se
encuentran en ejecución por parte del ESTADO NACIONAL, a saber:
PROGRAMA “CONECTAR IGUALDAD.COM.AR” creado por el Decreto Nº 459 de
fecha 6 de abril de 2010; SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL
TERRESTRE (SATVD-T) conforme lo establecido en los Decretos Nº 1.148 de
fecha 31 de agosto de 2009 y Nº 364 de fecha 15 de marzo de 2010;
ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA conforme lo
establecido en el Decreto Nº 512 de fecha 7 de mayo de 2009; y PLAN
NACIONAL IGUALDAD CULTURAL, creado mediante el Decreto Nº 345 de fecha
12 de marzo de 2012; entre otras iniciativas públicas en la materia.
Que en este contexto, resulta necesario declarar de interés público el
desarrollo, la implementación y la operación de la “RED FEDERAL
INALAMBRICA”, a cargo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a ejecutarse a través de AR-SAT,
contemplando las obras de infraestructura que resulten necesarias para
tal fin.
Que en dicho contexto, se debe instruir al MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de accionista
mayoritario de AR-SAT, a llevar adelante las acciones y decisiones
societarias necesarias en el ámbito de su competencia, a los fines de
implementar la política pública que se propicia, en función de los
continuos avances tecnológicos en articulación con el sector público y
privado, apoyando el desarrollo del sector cooperativo y de la pequeña
y mediana empresa, de los rubros de radiodifusión, las
telecomunicaciones e Internet y que permitan la ejecución de las obras
y la prestación de servicios que se deriven como consecuencia de la
implementación de la “RED FEDERAL INALAMBRICA”.
Que en función de las medidas impulsadas en el presente decreto,
resulta necesario facultar a la Coordinación General de la COMISION DE
PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” a los fines de que entienda en
la definición y desarrollo de la “RED FEDERAL INALAMBRICA”, amplíe,
actualice, modifique y/o aclare las especificaciones técnicas de la
misma.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley Nº 19.798 y sus modificatorias y por el Artículo 99, inciso
1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase de
interés público el desarrollo, implementación y operación de la “RED
FEDERAL INALAMBRICA”, a cargo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a ejecutarse a través de la EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT), en el
marco del PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA
CONECTADA”, la cual contempla las obras de infraestructura necesarias
para tal fin, de acuerdo a los lineamientos generales que como ANEXO,
forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Instrúyese al
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en
su carácter de accionista mayoritario de la EMPRESA ARGENTINA DE
SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT), a llevar adelante las
acciones y decisiones societarias necesarias en el ámbito de su
competencia, que permitan la ejecución de las obras y la prestación de
servicios que se requieran como consecuencia de la implementación de la
RED FEDERAL INALAMBRICA.
Art. 3° — Facúltase a la
Coordinación General de la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION
ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA
CONECTADA”, para que en el marco de lo dispuesto en el Decreto Nº 1.552
de fecha 21 de octubre de 2010:
a) Entienda en la definición y desarrollo de la RED FEDERAL
INALAMBRICA, y en la propuesta de las medidas necesarias para su
implementación.
b) Amplíe, actualice, modifique y/o aclare las especificaciones técnicas de la RED FEDERAL INALAMBRICA.
Art. 4° — Instrúyese al Señor
Jefe de Gabinete de Ministros para que disponga los ajustes necesarios,
en el Presupuesto de la Administración Nacional, a efectos de atender
los requerimientos que surjan como consecuencia del presente acto.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio M.
De Vido.
ANEXO
LINEAMIENTOS GENERALES DE LA RED FEDERAL INALAMBRICA
Las telecomunicaciones actuales están viviendo una transformación
importante vinculada al concepto de convergencia. El concepto de
convergencia se concibe desde varios puntos de vista: la convergencia
tecnológica, la convergencia de servicios y la convergencia llamada
“fija-móvil”.
Los avances tecnológicos y el propio concepto de convergencia también
sostienen e ilustran en la práctica el hecho de que la telefonía fija
ya no se implementa como primer servicio de telecomunicaciones para
reducir la brecha digital, sino que se implementan formas fijas y
móviles de conectividad para prestar cualquier servicio digital.
Más que nunca se requieren servicios accesibles desde cualquier
dispositivo, en cualquier ámbito y en cualquier área geográfica, para
garantizar el acceso a la información, para la seguridad, para la
educación, para la salud pública, para el desarrollo social, etc.
El desarrollo y el despliegue de la Red Federal de Fibra Optica por la
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT)
en el marco del PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES ARGENTINA CONECTADA
es una base fundamental para el desarrollo de una Red Federal
Inalámbrica que permita accesos móviles, complementarios a los accesos
fijos desarrollados por redes de acceso de última milla de fibra
óptica, integrando ambas la RED FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES.
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LA RED FEDERAL INALAMBRICA
Figura 1. Representación funcional de la Red Federal Inalámbrica.
La Red Federal Inalámbrica se compone de CUATRO (4) infraestructuras fundamentales (Figura 2):
• Un sistema de core principal ubicado en el Punto Nacional de Acceso a la Red de la Red Federal de Fibra Optica.
• Sistemas de descentralización de los servicios de core ubicados como
mínimo en los Puntos Provinciales de Acceso a la Red de la Red Federal
de Fibra óptica.
• Las Redes de Transporte y de Acceso de Fibra óptica provistas por la Red Federal de Fibra óptica.
• Los sitios de transmisión.
SISTEMA DE CORE
El Sistema de Core es la infraestructura central de la Red Federal
Inalámbrica, que provee todas las funcionalidades para la
interconexión, para dar curso al tráfico de voz y de datos, y la
convergencia tecnológica de servicios fijos a móviles y de servicios
móviles a fijos.
Asimismo, prevé todos los sistemas administrativos y de gestión
necesarios para el control económico, el control de calidad y de
disponibilidad de los servicios inalámbricos.
SISTEMAS DE DESCENTRALIZACION DE LOS SERVICIOS DE CORE
Los sistemas de descentralización de los servicios de Core serán
puertas de entrada (gateways) a los servicios de Core que favorecerán
el intercambio de servicios a nivel regional, provincial o local.
Por su propia función serán concentradores locales de tráfico que
permitirán aliviar el sistema de Core principal y brindar mayor
flexibilidad a la Red Federal Inalámbrica.
RED DE TRANSPORTE Y DE ACCESO
Los servicios de transporte y de acceso serán brindados por la Red
Federal de Fibra Optica y la implementación de una capa específica de
la Red Federal de Servicios Gubernamentales en la cual se realizarán
todos los enlaces de fibra óptica necesarios para la conectividad de
los sitios de transmisión de la Red Federal Inalámbrica.
SITIOS DE TRANSMISION
Los sitios de transmisión serán los componentes elementales de la red
celular que conformarán la Red Federal Inalámbrica. Estos sitios
brindarán el acceso a los dispositivos fijos o móviles a los servicios
inalámbricos, buscando la optimización del espectro radioeléctrico por
la utilización de las tecnologías más adaptadas.
Figura 2. Arquitectura de la Red Federal Inalámbrica.