Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo

PESCA

Resolución 15/2012

Limítase actividad extractiva de determinada especie en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 14/12/2012

VISTO:

La Resolución Nº 5/12 de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, que estableció una captura total permisible para la especie pez palo (Percophis brasiliensis) en la Zona Común de Pesca.

CONSIDERANDO:

1º) Que del análisis de la evolución de la actividad extractiva y de las proyecciones realizadas surge que a la fecha se estaría próximo a alcanzar la referida captura total permisible.

2º) Que de acuerdo a la evaluación mencionada y en beneficio de la conservación del recurso se hace necesario limitar la actividad extractiva sobre la especie.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:

Artículo 1º — Limitar el desembarque de la especie pez palo (Percophis brasiliensis) al 10% del total desembarcado por marea proveniente de la Zona Común de Pesca, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre del corriente año.

Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

Art. 3º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 4º — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental deI Uruguay, registrar y archivar. — Hernán D. Orduna. — Julio Suárez.