Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA
Resolución 15/2012
Limítase actividad extractiva de determinada especie en la Zona Común de Pesca.
Montevideo, 14/12/2012
VISTO:
La Resolución Nº 5/12 de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo,
que estableció una captura total permisible para la especie pez palo
(Percophis brasiliensis) en la Zona Común de Pesca.
CONSIDERANDO:
1º) Que del análisis de la evolución de la actividad extractiva y de
las proyecciones realizadas surge que a la fecha se estaría próximo a
alcanzar la referida captura total permisible.
2º) Que de acuerdo a la evaluación mencionada y en beneficio de la
conservación del recurso se hace necesario limitar la actividad
extractiva sobre la especie.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Artículo 1º — Limitar el
desembarque de la especie pez palo (Percophis brasiliensis) al 10% del
total desembarcado por marea proveniente de la Zona Común de Pesca, a
partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución y hasta el
31 de diciembre del corriente año.
Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Art. 3º — Comunicar esta
Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la
República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República Oriental del Uruguay.
Art. 4º — Dar conocimiento
público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la
República Oriental deI Uruguay, registrar y archivar. — Hernán D.
Orduna. — Julio Suárez.