Ministerio de Industria

ARANCELES

Resolución 482/2012

Modifícase la estructura arancelaria del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

Bs. As., 26/12/2012

VISTO el Expediente Nº A253-77083/2010 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley Nº 24.481 de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, texto ordenado en 1996, y sus modificaciones, el Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y la Resolución Nº 1 de fecha 6 de enero de 2011 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 93 de la Ley Nº 24.481, texto ordenado en 1996, se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), como entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente dependiente del MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación de dicha ley y de las Leyes Nros. 22.362 y 22.426 y del Decreto-Ley Nº 6.673 de fecha 9 de agosto de 1963.

Que a su vez el Artículo 90 de la reglamentación, aprobado como Anexo II del Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996, le impone al INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.) la realización de la actividad que al ESTADO NACIONAL le compete en materia de Propiedad Industrial.

Que para desarrollar dicha actividad, el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), de acuerdo al inciso a) del Artículo 90 del Anexo I del Decreto Nº 260/96, integra su patrimonio con los aranceles y anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas que perciba como retribución por los servicios adicionales que preste, además de la suma que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION le fija en el presupuesto anual de la Administración Pública Nacional, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso d) de la citada norma.

Que la actualización de esos aranceles se hace necesaria, por cuanto la misma constituye una fuente de recursos genuinos, imprescindibles para el correcto funcionamiento del Organismo.

Que esta adecuación equiparará los aranceles que percibe la REPUBLICA ARGENTINA con los que perciben otras Oficinas de Propiedad Industrial de países de la región.

Que es necesario introducir modificaciones en la estructura arancelaria del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), con el fin de adecuar los conceptos e importes a ingresar, lo cual habilita a este Instituto a efectuar la propuesta de modificación arancelaria, la cual obra como anexo de la presente resolución.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8º del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Que el Artículo 96 del Anexo II del Decreto Nº 260/96 faculta al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a modificar el monto de las multas, aranceles y anualidades que percibe el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), recayendo actualmente tal facultad en el MINISTERIO DE INDUSTRIA, creado por el Decreto Nº 1.366 de fecha 1 de octubre de 2009.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el monto de los aranceles que percibe el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.) entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, previsto en el Anexo III del Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996, de conformidad con los montos y las condiciones consignadas en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora A. Giorgi.

ANEXO