Ministerio de Industria
ARANCELES
Resolución 482/2012
Modifícase la estructura arancelaria del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
Bs. As., 26/12/2012
VISTO el Expediente Nº A253-77083/2010 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), entidad autárquica en
el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley Nº 24.481 de Patentes de
Invención y Modelos de Utilidad, texto ordenado en 1996, y sus
modificaciones, el Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y la
Resolución Nº 1 de fecha 6 de enero de 2011 del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 93 de la Ley Nº 24.481, texto ordenado en 1996, se
crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), como
entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, actualmente dependiente del MINISTERIO DE INDUSTRIA
como Autoridad de Aplicación de dicha ley y de las Leyes Nros. 22.362 y
22.426 y del Decreto-Ley Nº 6.673 de fecha 9 de agosto de 1963.
Que a su vez el Artículo 90 de la reglamentación, aprobado como Anexo
II del Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996, le impone al
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.) la realización
de la actividad que al ESTADO NACIONAL le compete en materia de
Propiedad Industrial.
Que para desarrollar dicha actividad, el INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), de acuerdo al inciso a) del Artículo
90 del Anexo I del Decreto Nº 260/96, integra su patrimonio con los
aranceles y anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas
que perciba como retribución por los servicios adicionales que preste,
además de la suma que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION le fija en el
presupuesto anual de la Administración Pública Nacional, de acuerdo con
lo dispuesto por el inciso d) de la citada norma.
Que la actualización de esos aranceles se hace necesaria, por cuanto la
misma constituye una fuente de recursos genuinos, imprescindibles para
el correcto funcionamiento del Organismo.
Que esta adecuación equiparará los aranceles que percibe la REPUBLICA
ARGENTINA con los que perciben otras Oficinas de Propiedad Industrial
de países de la región.
Que es necesario introducir modificaciones en la estructura arancelaria
del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), con el
fin de adecuar los conceptos e importes a ingresar, lo cual habilita a
este Instituto a efectuar la propuesta de modificación arancelaria, la
cual obra como anexo de la presente resolución.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete,
en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8º del Decreto Nº 964 de
fecha 1 de julio de 2010.
Que el Artículo 96 del Anexo II del Decreto Nº 260/96 faculta al ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a modificar el
monto de las multas, aranceles y anualidades que percibe el INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.), recayendo actualmente
tal facultad en el MINISTERIO DE INDUSTRIA, creado por el Decreto Nº
1.366 de fecha 1 de octubre de 2009.
Por ello,
LA MINISTRA DE INDUSTRIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase el
monto de los aranceles que percibe el INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL (I.N.P.I.) entidad autárquica en el ámbito del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, previsto en el Anexo III del Decreto Nº 260 de
fecha 20 de marzo de 1996, de conformidad con los montos y las
condiciones consignadas en la planilla que como Anexo forma parte
integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora A. Giorgi.
ANEXO