MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución Nº 3065/2012
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente N° 5684/2012 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, órgano desconcentrado dependiente de la DIRECCION
NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1167 de fecha 15 de julio de 1994, el PODER
EJECUTIVO NACIONAL aprobó los Contratos de Concesión de Obra Pública de
los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES y la adjudicación de las concesiones a las Empresas AUTOPISTAS
DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD
ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA respectivamente.
Que los mencionados Contratos de Concesión de Obra Pública fueron
objeto de la renegociación autorizada por el Artículo 9° de la Ley N°
25.561.
Que los procesos de renegociación de los Contratos en cuestión
derivaron en el dictado de los Decretos N° 296 de fecha 15 de marzo de
2006, N° 298 de fecha 15 de marzo de 2006 y N° 42 de fecha 25 de enero
de 2007, por medio de los cuales se ratificaron los Acuerdos de
Renegociación Contractual suscriptos por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y
ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS actuante en el ámbito del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y las Empresas
Concesionarias AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO
DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA, respectivamente.
Que la Cláusula Octava de los referidos Acuerdos de Renegociación
Contractual de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, establecen que las variaciones de precios que pudieran
producirse en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e
inversiones de la concesión, a partir de la suscripción de los mismos,
serán consideradas a la luz de su incidencia dentro del PLAN ECONOMICO
FINANCIERO y en la Tasa Interna de Retorno del Contrato de Concesión.
Que por Resolución N° 2582 de fecha 29 de noviembre de 2011 del
Registro de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el cálculo
de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el 1° de
diciembre de 2008 hasta el 31 de julio de 2011, han tenido en los
costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones
incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) del Contrato de
Concesión del Acceso Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que por otra parte, por Resolución N° 657 de fecha 10 de abril de 2012
del Registro de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el
cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde
el mes de junio de 2011 hasta el mes de febrero de 2012 para caso del
Acceso Norte a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y desde el mes de
julio de 2011 hasta el mes de febrero de 2012 para el caso Acceso Oeste
a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, han tenido en los costos
relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en
el PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) de las respectivas concesiones.
Que las Empresas Concesionarias AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA y
GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, han calculado la
incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de
febrero de 2012 hasta el mes de octubre de 2012, han tenido en los
costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones
incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO de sus respectivas
concesiones y han elevado sus solicitudes de redeterminación tarifaria
al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES órgano desconcentrado
dependiente de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que asimismo la Empresa Concesionaria AEC SOCIEDAD ANONIMA, ha
calculado la incidencia que las variaciones de precios operadas desde
el mes de agosto de 2011 hasta el mes de octubre de 2012, han tenido en
los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones
incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO del Contrato de Concesión del
Acceso Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y ha elevado su
solicitud de redeterminación tarifaria al ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES.
Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha analizado la
pertinencia de ambos pedidos y ha elevado sus propuestas a la DIRECCION
NACIONAL DE VIALIDAD, en su carácter de Autoridad de Aplicación de los
Contratos de Concesión de Obra Pública de los Accesos Norte, Oeste y
Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que corresponde, en consecuencia, aprobar el cálculo de la incidencia
que las variaciones de precios operadas desde el mes de febrero de 2012
hasta el mes de octubre de 2012 para el caso de los Accesos Norte y
Oeste a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y desde el mes de agosto de
2011 hasta el mes de octubre de 2012 para el caso del Acceso Riccheri a
la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, han tenido en los costos
relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en
el PLAN ECONOMICO FINANCIERO de sus respectivas concesiones.
Que, por otra parte, con fecha 1° de agosto de 2012, entre esta
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES
VIALES y las Empresas AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO
CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA, se
celebró el “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA
AV. GENERAL PAZ”, con el fin de posibilitar la concreción de la Avenida
GENERAL PAZ y demás obras de infraestructura vial en las zonas de
Concesión de los Accesos Norte y Oeste a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES.
Que por la Resolución AG N° 1515 de fecha 2 de agosto de 2012 y su
rectificatoria Resolución AG N° 1572 de fecha 6 de agosto de 2012, esta
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD aprobó el convenio mencionado en el
considerando precedente y la percepción de un Recurso de Afectación
Específica (RAE) de aplicación a todas las Categorías de los Cuadros
Tarifarios de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, con destino al financiamiento de las obras de
infraestructura previstas en los anexos al mencionado “CONVENIO PARA LA
EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”.
Que la situación analizada precedentemente, determina la necesidad de
aprobar los nuevos montos correspondientes al Recurso de Afectación
Específica a obras para los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que surgen de los cuadros tarifarios que como
Anexos IV, V y VI forman parte de la presente medida.
Que corresponde en consecuencia, aprobar los cuadros tarifarios
resultantes de la aplicación del cálculo de incidencia a aprobarse en
cada caso y de reajustar el monto que integra el Recurso de Afectación
Específica (RAE).
Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha tomado la intervención que le compete.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por las Leyes N° 17.520 y N° 23.696, por el Decreto Ley N°
505/58, ratificado por Ley N° 14.467 y por los Decretos N° 296 de fecha
de 15 de marzo de 2006, N° 298 de fecha 15 de marzo de 2006, N° 42 de
fecha 25 de enero de 2007 y N° 1.020 de fecha 30 de julio de 2009.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse los cálculos de la incidencia que las
variaciones de precios operadas desde el mes de febrero de 2012 hasta
el mes de octubre de 2012 para el caso de los Accesos Norte y Oeste a
la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y desde el mes de agosto de 2011
hasta el mes de octubre de 2012 para el caso del Acceso Riccheri a la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES; han tenido en los costos relacionados
con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN
ECONOMICO FINANCIERO de las respectivas concesiones, que como ANEXOS I,
II y III respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2° — Apruébase el reajuste del “Recurso de Afectación
Específica” (RAE) de aplicación a todas las Categorías de los Cuadros
Tarifarios de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD DE BUENOS
AIRES, con destino al financiamiento de las obras de infraestructura
previstas en el “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE
LA AV. GENERAL PAZ”.
ARTICULO 3° — Apruébanse los Cuadros Tarifarios resultantes de lo
establecido en los artículos 1° y 2° de la presente medida, a ser
aplicados a los Contratos de Concesión de los Accesos Norte, Oeste y
Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que como ANEXOS IV, V y
VI respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 4° — Los Cuadros Tarifarios que se aprueban en el artículo
precedente, deberán darse a conocer a los usuarios por las empresas
concesionarias AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO
DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA Y AEC SOCIEDAD ANONIMA, a través de su
publicación durante DOS (2) días corridos, en por lo menos DOS (2) de
los principales medios periodísticos de la zona de influencia, de
manera previa a su aplicación.
ARTICULO 5° — Notifíquese a las empresas Concesionarias AUTOPISTAS DEL
SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA Y
AEC SOCIEDAD ANONIMA, por alguno de los medios previstos en el Artículo
41 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo - Decreto
N° 1759/72 ( T.O. 1991).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. NELSON G. PERIOTTI, Administrador
General, Dirección Nacional de Vialidad.
ANEXO IV
ANEXO V
ANEXO VI
NOTA: Los Anexos que integran este Aviso Oficial se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 31/12/2012 N° 129666/12 v. 31/12/2012