SECRETARIA DE CULTURA
Decisión Administrativa 1368/2012
Cobertura de cargo en el Teatro Nacional Cervantes.
Bs. As., 20/12/2012
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-TNC:0000391/2012 del registro del TEATRO
NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, las Leyes Nros. 25.164 y
26.728, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de
febrero de 2006, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las
Decisiones Administrativas Nros. 506 del 2 de diciembre de 2009 y 1 del
10 de enero de 2012, la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de
2010 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de
la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506/09 se aprobaron las
“NORMAS PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION PARA LA COBERTURA DE CARGOS
VACANTES MEDIANTE LA CONVOCATORIA A LOS PROCESOS DE SELECCION DEL
PERSONAL PERMANENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO”.
Que conforme a las normas citadas precedentemente, el titular del
TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicita la autorización
prevista en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, proponiendo a la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS un cargo vacante y financiado del Sistema
Nacional de Empleo Público existente en su planta de dotación, a ser
cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según
lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el Sistema
Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº
39/10 y modificatorios.
Que según surge de la copia del Acta respectiva agregada a las
actuaciones mencionadas en el Visto, el COMITE PARA LA COORDINACION DE
LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL creado por
el artículo 2° de la normativa aprobada por la Decisión Administrativa
Nº 506/09, determinó la cantidad de cargos vacantes disponibles que
serán autorizados para su cobertura.
Que la cobertura de la vacante involucrada responde a la necesidad
funcional de proveer de la adecuada dotación del personal que asegure
la prestación efectiva de los servicios a cargo de la dependencia
requirente, promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo en la
misma.
Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a dicho organismo de la
prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.
Que el titular de la entidad requirente presta expresa conformidad para el dictado de la presente medida.
Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúase al
TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la prohibición contenida
en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la
cobertura de un cargo vacante y financiado de la planta permanente que
se detalla en el Anexo I y forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y
requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal
para el Sistema Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución
ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y modificatorios.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la entidad 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
PRESIDENCIA DE LA NACION |
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SECRETARIA DE CULTURA |
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TEATRO NACIONAL CERVANTES |
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Decisión Administrativa Nº 506/2009 |
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Ubicación estructural | Denominación del Puesto de trabajo o función | Nivel | Agrupamiento | Total |
Dirección Técnica | Técnico Operador de Sonido | D | General | 1 |
Total general |
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| 1 |