SECRETARIA DE CULTURA

Decisión Administrativa 1368/2012


Cobertura de cargo en el Teatro Nacional Cervantes.


Bs. As., 20/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-TNC:0000391/2012 del registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, las Leyes Nros. 25.164 y 26.728, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 506 del 2 de diciembre de 2009 y 1 del 10 de enero de 2012, la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506/09 se aprobaron las “NORMAS PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION PARA LA COBERTURA DE CARGOS VACANTES MEDIANTE LA CONVOCATORIA A LOS PROCESOS DE SELECCION DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO”.

Que conforme a las normas citadas precedentemente, el titular del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicita la autorización prevista en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, proponiendo a la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS un cargo vacante y financiado del Sistema Nacional de Empleo Público existente en su planta de dotación, a ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº 39/10 y modificatorios.

Que según surge de la copia del Acta respectiva agregada a las actuaciones mencionadas en el Visto, el COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL creado por el artículo 2° de la normativa aprobada por la Decisión Administrativa Nº 506/09, determinó la cantidad de cargos vacantes disponibles que serán autorizados para su cobertura.

Que la cobertura de la vacante involucrada responde a la necesidad funcional de proveer de la adecuada dotación del personal que asegure la prestación efectiva de los servicios a cargo de la dependencia requirente, promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo en la misma.

Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a dicho organismo de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Que el titular de la entidad requirente presta expresa conformidad para el dictado de la presente medida.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase al TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de un cargo vacante y financiado de la planta permanente que se detalla en el Anexo I y forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y modificatorios.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la entidad 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

PRESIDENCIA DE LA NACION



SECRETARIA DE CULTURA



TEATRO NACIONAL CERVANTES



Decisión Administrativa Nº 506/2009



Ubicación estructuralDenominación del Puesto de trabajo o funciónNivelAgrupamientoTotal
Dirección TécnicaTécnico Operador de SonidoDGeneral1
Total general


1