JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 1162/2012
Créase el “Programa de Proyectos con Financiamiento Externo”. Objetivos. Asígnanse funciones.
Bs. As., 27/12/2012
VISTO el Expediente Nº CUDAP:EXP-JGM:0009940/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que para el cumplimiento de sus competencias, la SECRETARIA DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, opera
programas y proyectos financiados total o parcialmente con recursos
externos provenientes de convenios de préstamos o donaciones con
Organismos bilaterales o multilaterales de crédito.
Que para una mejor administración y monitoreo de esos programas y
proyectos, resulta menester centralizar las funciones con ellos
relacionadas.
Que resulta necesario crear el “PROGRAMA DE PROYECTOS CON
FINANCIAMIENTO EXTERNO” en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por lo expuesto, corresponde que en el ámbito del citado Programa
se centralicen las actividades de planeamiento, negociación,
formulación, administración, finanzas, control de gestión, monitoreo y
evaluación de los programas y proyectos existentes o futuros
financiados total o parcialmente con recursos externos.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, expidiéndose favorablemente.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de
la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios Nº
22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 de fecha 12 de marzo de 1992
y sus modificatorios), por el artículo 17 del Decreto Nº 1.545 de fecha
31 de agosto de 1994 y por el artículo 2° del Decreto 601 de fecha 11
de abril de 2002.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase el
“PROGRAMA DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO” en el ámbito de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Art. 2° — El “PROGRAMA DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO” tendrá como objetivos los siguientes:
1. Orientar y coordinar con las distintas Subsecretarías de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, con otras
Jurisdicciones de orden nacional y provincial, y con Agencias y
Organismos Internacionales, la gestión de los programas y proyectos con
financiamiento externo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, en el marco de las pautas acordadas por el Gobierno
Nacional en la materia y de los requerimientos emanados de las
políticas públicas para el sector.
2. Realizar el seguimiento de los compromisos adquiridos por el
Gobierno Nacional con las diferentes Agencias y Organismos
Internacionales en cuanto a la debida ejecución de los programas y
proyectos.
3. Vincular los programas y proyectos con la estructura estable y
permanente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en los
aspectos sustantivos, estimulando la comunicación, la interacción y el
intercambio.
4. Evaluar la oportunidad y conveniencia del desarrollo y gestión de
nuevos programas y proyectos a ejecutar con financiamiento total o
parcialmente externo, como así también, efectuar el monitoreo de la
gestión presupuestaria del financiamiento, tanto en lo referido al
crédito externo como a las contrapartidas locales en coordinación con
las áreas competentes de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE.
5. Asignar a las unidades ejecutoras de programas y proyectos las
directivas necesarias a efectos de permitir que la instrumentación de
las acciones a su cargo sean realizadas de conformidad con las pautas y
políticas establecidas por la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE.
6. Desarrollar, diseñar, implementar y operar un sistema integrado de
seguimiento y evaluación de resultados e impactos de la ejecución de
los programas y proyectos con financiamiento externo, que contemple los
procesos involucrados, así como las reprogramaciones que se puedan
requerir, articulando su actividad con las áreas competentes de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Art. 3° — El “PROGRAMA DE
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO” estará a cargo de un Coordinador,
que tendrá como funciones conformar estados financieros y desembolsos,
autorizar órdenes de pago, efectuar pagos, autorizar las solicitudes de
contratación de consultores individuales que soliciten los
Coordinadores Generales de Unidades Ejecutoras existentes o futuras y
centralizar las actividades relacionadas al planeamiento, negociación,
formulación, administración, finanzas, control de gestión, monitoreo y
evaluación de los programas y proyectos existentes o futuros
financiados total o parcialmente con recursos externos provenientes de
convenios de préstamos o donación que se ejecuten en el ámbito de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS. El Coordinador del Programa será asistido por un
Coordinador Adjunto.
Art. 4° — Asígnase la función
de Coordinador del “PROGRAMA DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO” a
la Lic. Silvia Mabel MUCCI (D.N.I. Nº 14.398.863).
Art. 5° — Asígnase la función
de Coordinador Adjunto del “PROGRAMA DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO” al Lic. Pablo Daniel MUSSE (D.N.I. Nº 26.435.060).
Art. 6° — Las funciones que por los artículos precedentes se asignan no generarán erogación presupuestaria adicional alguna.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina.