MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 1282/2012
Bs. As., 4/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0042279/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, la empresa TERMINAL BUENOS
AIRES S.A. (TERBASA), concesionaria de la Explotación del Elevador
Terminal del Puerto de Buenos Aires peticionó al MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA realizar las siguientes obras: 1)
demolición de la galería de embarque situada sobre la Dársena Norte; y,
2) desplazamiento del área de recepción y toma de muestras de granos.
Que mediante la Ley de Reforma del Estado Nº 23.696, se promovió que
los particulares a través del régimen estatuido por la Ley de
Actividades Portuarias Nº 24.093 y mediante contratos de concesión de
uso o locación total o parcial, pudiesen encarar la reparación,
modificación, ampliación o reducción de las instalaciones existentes o
la construcción de obras nuevas para la prestación de servicios
portuarios.
Que dentro de la concesión de los servicios portuarios resultaron
comprendidos: la rehabilitación de la infraestructura, definición del
equipamiento y obras complementarias (depósitos, oficinas, pavimentos,
iluminación, etcétera), organizándose de acuerdo con el esquema
operativo que el propio concesionario propusiera para desarrollar y
operar terminales portuarias dentro del ámbito asignado, prestando
servicios de movimiento y almacenaje de cargas, atención de los buques
y artefactos navales a su exclusivo cargo y con carácter de uso público.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL facultó al ex - MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a aprobar el Pliego de Condiciones
Generales, Pliego Técnico General y Pliego Técnico Particular para el
llamado a Licitación Pública para la Concesión de Terminales Portuarias
de Puerto Nuevo - Ciudad de Buenos Aires - REPUBLICA ARGENTINA,
aprobándose la documentación concursal y autorizándose a la entonces
SECRETARIA DE TRANSPORTE a formalizar el llamado.
Que el proceso administrativo se materializó mediante la Licitación
Pública Nacional e Internacional Nº 6, donde el ESTADO NACIONAL llamó a
la Concesión Integral de la Explotación del Elevador Terminal del
Puerto de Buenos Aires, perteneciente a la Junta Nacional de Granos en
liquidación, bajo el régimen de servicio público respecto a la
prestación del servicio de elevación de granos, sus productos y
subproductos y con un plazo de TREINTA (30) años.
Que mediante Decreto Nº 2071 de fecha 17 de noviembre de 1992, se le
adjudicó a la firma TERMINAL BUENOS AIRES S.A. (TERBASA) dicho
licitatorio, suscribiéndose los pertinentes instrumentos contractuales
el 25 de noviembre de 1992 (Contrato de Concesión) y el 27 de noviembre
del mismo año (Acta de iniciación de la Concesión).
Que por Resolución Nº 356 de fecha 5 de octubre de 1995 del ex -
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se dio por
concluida la liquidación de la Junta Nacional de Granos, y se le
encomienda a la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del citado ex - Ministerio, el seguimiento, supervisión y fiscalización
del cumplimiento contractual de los elevadores portuarios, y el control
de las obras realizadas y/o a realizarse por los concesionarios.
Que el Elevador Terminal, se encuentra emplazado sobre terrenos
pertenecientes a la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., poseyendo
TERMINAL DE BUENOS AIRES S.A. (TERBASA), emergente de la concesión que
se le otorgara, su uso y goce.
Que de los términos contractuales surge que cualquier otra actividad o
explotación que pretenda realizar la concesionaria necesitará la previa
aprobación de la autoridad portuaria, conforme lo establece el Artículo
38 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que analizadas las modificaciones propuestas por la empresa
concesionaria, conforme surge del informe elaborado por la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, aquellas se enmarcan en las previsiones del Artículo
43.2.3 del Pliego de Bases y Condiciones, y redundarán en una
prestación del servicio más eficiente y rentable, readecuando la
operatoria concesionaria con técnicas actuales acordes a las exigencias
de la actividad portuaria.
Que con fecha 15 de noviembre de 2011, la ADMINISTRACION GENERAL DE
PUERTOS S.E., suscribió con la firma TERMINAL BUENOS AIRES S.A.
(TERBASA), un convenio mediante el cual se autoriza a la empresa a
desarrollar distintas actividades en el predio en cuestión, en la
medida en que las mismas no representen un riesgo para las
instalaciones de propiedad del ESTADO NACIONAL explotadas por la
mencionada firma y/o para las mercaderías que se operen en ella,
comprometiéndose, a su vez, a que las áreas afectadas a tales
actividades no afectarán la operatoria del elevador.
Que de esta forma, se podrá adecuar la capacidad operativa de la
superficie del terreno afectada a la prestación del servicio público de
elevación de granos en función de las necesidades actuales.
Que, la firma TERMINAL DE BUENOS AIRES S.A. (TERBASA) ha cancelado la
deuda que mantenía por canon anual emergente del contrato de concesión
que la vincula con el ESTADO NACIONAL.
Que asimismo, la empresa ha desistido de su petición de que se deje sin
efecto para calcular dicho canon el tonelaje mínimo garantizado
establecido en el contrato de concesión.
Que han tomado intervención las pertinentes áreas técnicas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que, reiterando, se destaca que la citada Secretaría sostiene que las
obras propuestas tienden a una mayor rentabilidad de la explotación en
los términos contractuales, siendo que su realización no afecta el
servicio que viene prestando la concesionaria, que las actividades que
oportunamente autorizara la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., en
modo alguno afectan el normal desarrollo del contrato de concesión.
Asimismo, se destaca que dicha Administración al tiempo de autorizar
actividades en las obras propuestas, deberá contemplar que las mismas
no interfieran en la operatoria concesionada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase a la empresa TERMINAL BUENOS AIRES S.A.
(TERBASA), concesionaria de la Explotación del Elevador Terminal del
Puerto de Buenos Aires, a ejecutar las obras de infraestructura
relacionadas con el desarrollo de la prestación del servicio público de
elevación de granos, sus productos, subproductos y actividades conexas.
ARTICULO 2° — Establécese que las mejoras introducidas pasarán a formar
parte de las instalaciones, obligándose el concesionario a conservarlas
con idéntico tratamiento que el indicado para los bienes entregados por
el concedente y a entregarlas a la finalización de la concesión sin
cargo para el ESTADO NACIONAL.
ARTICULO 3° — Comuníquese el presente acto administrativo a la
ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., haciéndole saber que al tiempo
de autorizar actividades y/u obras, deberá contemplar que las mismas no
interfieran en la operatoria concesionada.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR, Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 07/01/2013 N° 208/13 v. 07/01/2013