MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 557/2012
Registro Nº 12/2013
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente N° 1.537.515/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 obra el Acuerdo celebrado por la FEDERACION ARGENTINA
DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, por la parte
sindical y la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, la ASOCIACION
INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL y la CAMARA ARGENTINA
DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, por la parte
empresaria, ratificado a fojas 5, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron otorgar un bono
de DOS MIL PESOS ($ 2.000.-), conforme surge de los términos y
contenido del texto.
Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 589/10. (Considerando rectificado por art. 1° de la Disposición N° 56/2013 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo B.O. 15/03/2013)
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la parte empresaria signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que con respecto a la personería de la entidad empresaria, la misma se
encuentra acreditada ante esta Cartera de Estado, acompañándose
antecedentes en autos.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y
HORIZONTAL, por la parte sindical y la UNION ADMINISTRADORES DE
INMUEBLES, la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y
HORIZONTAL y la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y
ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, por la parte empresaria, obrante a fojas
3/4, ratificado a fojas 5 del Expediente N° 1.537.515/12, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la DIRECCION
GENERAL DE REGISTRO, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 3/4 del Expediente N°
1.537.515/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 590/10.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.537.515/12
Buenos Aires, 3 de enero de 2013
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 557/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4, ratificado a foja 5 del
expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 12/13. —
JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
Expediente N° 1 - 2015 - 1.537.515/2012
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de
noviembre de 2012, siendo las 13 horas, se encuentran reunidos en la
calle Sarmiento 2040 los representantes de la FEDERACION ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, Víctor Santa María,
Secretario General, Osvaldo Bacigalupo, Secretario de Organización e
Interior, Jeroslawa Mykytiuk, Secretaria de Educación, por el sector
sindical, y por el sector empleador se encuentran presentes: por la
UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, su Presidente Osvaldo Emilio
Enrique Primavesi, por la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA
Y HORIZONTAL, su Presidente Juan Manuel Acosta y Lara y por la CAMARA
ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS,
comparece su Presidente Daniel Roberto Tocco, todos con personería
jurídica y debidamente habilitadas por la autoridad de aplicación en
cumplimiento de la Ley 14.250.
Las partes expresan que luego de intensas negociaciones y en función de
la cercanía de fin de año y —por tanto— de las fiestas y vacaciones de
los trabajadores/as de la actividad, han acordado lo siguiente en el
marco del CCT 589/10:
1. Otorgar un bono de $ 2.000 (pesos dos mil) no remunerativo pagadero
de la siguiente manera: $ 500 (pesos quinientos) con los salarios
correspondientes al mes de Diciembre de 2012, $ 500 (pesos quinientos)
con los salarios correspondientes al mes de Enero de 2013, $ 500 (pesos
quinientos) con los salarios correspondientes al mes de Febrero de 2013
y $ 500 (pesos quinientos) con los salarios correspondientes al mes de
Marzo de 2013.
2. El bono acordado será aplicado en forma proporcional para los
trabajadores/as que revistan en las categorías previstas en los incisos
d), e), h), n) y p) del artículo 7° y artículo 8° del presente Convenio
Colectivo de Trabajo.
No habiendo otro asunto que tratar, se da por finalizada la reunión
cerrando el acta comprometiéndose las partes a presentarla y
ratificarla personalmente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación para su homologación.
EXPEDIENTE N°: 1.537.515/12
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de Diciembre de
2012 siendo las 15 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, por ante,
el Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación, del Departamento
de Relaciones Laborales N° 3, los señores, Osvaldo BACIGALUPO y
Jeroslawa MYKYTIUK, en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, conjuntamente con la
Dra. Verónica WAHLBERG, por una parte y por la otra, el Sr. Juan ACOSTA
Y LARA en su carácter de Presidente de la ASOCIACION INMOBILIARIA DE
EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, el Sr. Daniel Roberto TOCCO en su
carácter de Presidente de la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD
HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS y el Sr. Osvaldo Enrique
PRIMAVESI en su carácter de Presidente de la UNION ADMINISTRADORES DE
INMUEBLES.
Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, y cedida la
palabra a ambas partes, las mismas manifiestan: Que vienen por este
acto a fin de ratificar el acuerdo alcanzado en forma directa, el que
se agrega mediante el presente, solicitando forme parte integrante de
las presentes actuaciones, y su homologación.
En este estado el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que las
presentes actuaciones, serán elevadas a la Superioridad a los fines del
control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.
Con lo que se dio por terminado el acto firmando de conformidad por ante mí para constancia.