MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 557/2012


Registro Nº 12/2013


Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente N° 1.537.515/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 obra el Acuerdo celebrado por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, por la parte sindical y la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL y la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, por la parte empresaria, ratificado a fojas 5, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron otorgar un bono de DOS MIL PESOS ($ 2.000.-), conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 589/10. (Considerando rectificado por art. 1° de la Disposición N° 56/2013 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo B.O. 15/03/2013)

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que con respecto a la personería de la entidad empresaria, la misma se encuentra acreditada ante esta Cartera de Estado, acompañándose antecedentes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, por la parte sindical y la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL y la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, por la parte empresaria, obrante a fojas 3/4, ratificado a fojas 5 del Expediente N° 1.537.515/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la DIRECCION GENERAL DE REGISTRO, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 3/4 del Expediente N° 1.537.515/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 590/10.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.537.515/12

Buenos Aires, 3 de enero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 557/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4, ratificado a foja 5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 12/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N° 1 - 2015 - 1.537.515/2012

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de noviembre de 2012, siendo las 13 horas, se encuentran reunidos en la calle Sarmiento 2040 los representantes de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, Víctor Santa María, Secretario General, Osvaldo Bacigalupo, Secretario de Organización e Interior, Jeroslawa Mykytiuk, Secretaria de Educación, por el sector sindical, y por el sector empleador se encuentran presentes: por la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, su Presidente Osvaldo Emilio Enrique Primavesi, por la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, su Presidente Juan Manuel Acosta y Lara y por la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, comparece su Presidente Daniel Roberto Tocco, todos con personería jurídica y debidamente habilitadas por la autoridad de aplicación en cumplimiento de la Ley 14.250.

Las partes expresan que luego de intensas negociaciones y en función de la cercanía de fin de año y —por tanto— de las fiestas y vacaciones de los trabajadores/as de la actividad, han acordado lo siguiente en el marco del CCT 589/10:

1. Otorgar un bono de $ 2.000 (pesos dos mil) no remunerativo pagadero de la siguiente manera: $ 500 (pesos quinientos) con los salarios correspondientes al mes de Diciembre de 2012, $ 500 (pesos quinientos) con los salarios correspondientes al mes de Enero de 2013, $ 500 (pesos quinientos) con los salarios correspondientes al mes de Febrero de 2013 y $ 500 (pesos quinientos) con los salarios correspondientes al mes de Marzo de 2013.

2. El bono acordado será aplicado en forma proporcional para los trabajadores/as que revistan en las categorías previstas en los incisos d), e), h), n) y p) del artículo 7° y artículo 8° del presente Convenio Colectivo de Trabajo.

No habiendo otro asunto que tratar, se da por finalizada la reunión cerrando el acta comprometiéndose las partes a presentarla y ratificarla personalmente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación.

EXPEDIENTE N°: 1.537.515/12

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de Diciembre de 2012 siendo las 15 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, por ante, el Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación, del Departamento de Relaciones Laborales N° 3, los señores, Osvaldo BACIGALUPO y Jeroslawa MYKYTIUK, en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, conjuntamente con la Dra. Verónica WAHLBERG, por una parte y por la otra, el Sr. Juan ACOSTA Y LARA en su carácter de Presidente de la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, el Sr. Daniel Roberto TOCCO en su carácter de Presidente de la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS y el Sr. Osvaldo Enrique PRIMAVESI en su carácter de Presidente de la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, y cedida la palabra a ambas partes, las mismas manifiestan: Que vienen por este acto a fin de ratificar el acuerdo alcanzado en forma directa, el que se agrega mediante el presente, solicitando forme parte integrante de las presentes actuaciones, y su homologación.

En este estado el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que las presentes actuaciones, serán elevadas a la Superioridad a los fines del control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.

Con lo que se dio por terminado el acto firmando de conformidad por ante mí para constancia.