MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución N° 1833/2012


Registro N° 1497/2012


Bs. As., 12/11/2012

VISTO el Expediente N° 1.528.356/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 vuelta del Expediente N° 1.528.356/12 obra el Acuerdo con Anexo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte sindical, y por la parte empresarial, la CAMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES (CAVEA), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras las partes convienen nuevas pautas salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 594/10, en los valores y condiciones detallados en el mismo.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte sindical, y por la parte empresarial, la CAMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES (CAVEA), glosado a fojas 3/4 vuelta del Expediente N° 1.528.356/12.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 3/4 vuelta del Expediente N° 1.528.356/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 594/10.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.528.356/12

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1833/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1497/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

S.M.A.T.A. - C.A.V.E.A.

En Buenos Aires, a los 11 días del mes de Septiembre de 2012 se reúnen por una parte la C.A.V.E.A. (Cámara Argentina de Verificadores de Automotores) representada para este acto por los Sres. Paritarios cuyas firmas se detallan al pie, y por la otra lo hace el S.M.A.T.A. (Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina), representada en este acto por los Sres. Paritarios cuyas firmas se detallan al pie, conjuntamente denominadas LAS PARTES, quienes manifiestan y acuerdan lo siguiente:

PRIMERA: LAS PARTES adjuntan al presente la escala salarial correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo N° 594/10, con vigencia para el trimestre Julio - Agosto - Septiembre 2012.

SEGUNDA: Con relación al trimestre Octubre - Noviembre - Diciembre 2012 LAS PARTES acuerdan un incremento del 6% (seis por ciento) sobre el rubro denominado “Total” de la escala salarial antedicha.

TERCERA: LAS PARTES acuerdan el pago a los trabajadores convencionados regidos por la C.C.T. 594/10 que hubieren ingresado a las respectivas empresas verificadoras de automotores con anterioridad al día 1° de Julio de 2012 y respecto de los cuales continúe vigente la relación de dependencia al mes de Diciembre de 2012, de un bono no remunerativo por única vez de pesos un mil ($ 1.000.-), a serles liquidado conjuntamente con sus haberes del mes de Diciembre de 2012.

CUARTA: LAS PARTES prorrogan la vigencia de lo establecido en el último párrafo del artículo 32 de la C.C.T. 594/10, a partir de los salarios correspondientes al mes de Septiembre 2012 y hasta los salarios correspondientes al mes de Marzo de 2013.

QUINTA: LAS PARTES solicitan la homologación del presente.

En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba señalado.