MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 1833/2012
Registro N° 1497/2012
Bs. As., 12/11/2012
VISTO el Expediente N° 1.528.356/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 vuelta del Expediente N° 1.528.356/12 obra el Acuerdo
con Anexo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte
sindical, y por la parte empresarial, la CAMARA ARGENTINA DE
VERIFICADORES DE AUTOMOTORES (CAVEA), conforme lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por el acuerdo de marras las partes convienen nuevas pautas
salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 594/10, en los valores y condiciones detallados en el
mismo.
Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito
personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente
circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los
agentes negociales signantes.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del
tope previsto en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre
el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte sindical, y por la parte
empresarial, la CAMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES
(CAVEA), glosado a fojas 3/4 vuelta del Expediente N° 1.528.356/12.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 3/4 vuelta del Expediente
N° 1.528.356/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la
guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo N° 594/10.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.528.356/12
Buenos Aires, 14 de noviembre de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1833/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1497/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
S.M.A.T.A. - C.A.V.E.A.
En Buenos Aires, a los 11 días del mes de Septiembre de 2012 se reúnen
por una parte la C.A.V.E.A. (Cámara Argentina de Verificadores de
Automotores) representada para este acto por los Sres. Paritarios cuyas
firmas se detallan al pie, y por la otra lo hace el S.M.A.T.A.
(Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la
República Argentina), representada en este acto por los Sres.
Paritarios cuyas firmas se detallan al pie, conjuntamente denominadas
LAS PARTES, quienes manifiestan y acuerdan lo siguiente:
PRIMERA: LAS PARTES adjuntan al presente la escala salarial
correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo N° 594/10, con
vigencia para el trimestre Julio - Agosto - Septiembre 2012.
SEGUNDA: Con relación al trimestre Octubre - Noviembre - Diciembre 2012
LAS PARTES acuerdan un incremento del 6% (seis por ciento) sobre el
rubro denominado “Total” de la escala salarial antedicha.
TERCERA: LAS PARTES acuerdan el pago a los trabajadores convencionados
regidos por la C.C.T. 594/10 que hubieren ingresado a las respectivas
empresas verificadoras de automotores con anterioridad al día 1° de
Julio de 2012 y respecto de los cuales continúe vigente la relación de
dependencia al mes de Diciembre de 2012, de un bono no remunerativo por
única vez de pesos un mil ($ 1.000.-), a serles liquidado conjuntamente
con sus haberes del mes de Diciembre de 2012.
CUARTA: LAS PARTES prorrogan la vigencia de lo establecido en el último
párrafo del artículo 32 de la C.C.T. 594/10, a partir de los salarios
correspondientes al mes de Septiembre 2012 y hasta los salarios
correspondientes al mes de Marzo de 2013.
QUINTA: LAS PARTES solicitan la homologación del presente.
En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba señalado.