Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
y
Secretaría de Hacienda
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución Conjunta 581/2012 y 402/2012
Reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas cargo perteneciente al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0463246/2011 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y modificatorios, la Resolución del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 355 de fecha 6 de julio de 2009 y la
Resolución Conjunta de la Ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 156 de fecha 28 de
diciembre de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
Que por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº
355 de fecha 6 de julio de 2009 se creó la Coordinación Técnica Legal,
en el ámbito de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que por Resolución Conjunta de la Ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 156 de fecha 28 de
diciembre de 2009, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas
la Coordinación Técnica Legal, habiéndose efectuado el análisis y
ponderación del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.
Que con el objetivo de poder dar cumplimiento a la sentencia definitiva
dictada en autos “BUSTOS JORGE ALBERTO C/ M° ECONOMIA - SECRETARIA DE
HACIENDA - RESOL 167 S/ EMPLEO PUBLICO” que tramitara por ante el
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo
Federal Nº 6, Secretaría Nº 11; ratificada por la Sala IV de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal con
fecha 12 de mayo de 2011, deviene menester la reasignación del nivel de
Función Ejecutiva de la citada unidad organizativa en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada.
Que ha tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado
la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la
presente norma.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 7° de la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2012.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVEN:
Artículo 1° — Reasígnase en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, según el detalle obrante en
el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y
archívese. — Facundo P. Nejamkis. — Juan C. Pezoa.
ANEXO
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
REASIGNACION
Unidad Organizativa | Nivel |
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA |
|
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION |
|
PATRIMONIAL |
|
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL |
|
COORDINACION TECNICA LEGAL (NIVEL ANTERIOR: IV) | III |