MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 2677/2012
Dase por designado el Director
Nacional de la Dirección Nacional de Documentos de Viaje de la
Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.
Bs. As., 27/12/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0003555/2012 del registro de la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de
2002, Nº 773 del 21 de junio de 2007, sus modificatorios Nº 275 del 13
de abril de 2009, Nº 1735 del 12 de noviembre de 2009, Nº 1215 del 30
de agosto de 2010 y Nº 167 del 3 de febrero de 2012, Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008, la Resolución Conjunta Nº 173-160 SGyCA Y SH del 19
de junio de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, se estableció que las
jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción
ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión
fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la
mencionada Ley.
Que por el Decreto Nº 773/07 se aprobó la estructura organizativa de la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, modificada por los Decretos Nº 275/09, Nº 1735/09, Nº
1215/10 y Nº 167/12.
Que por el Decreto Nº 167/12 se incorporó la DIRECCION NACIONAL DE
DOCUMENTOS DE VIAJE a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que por intermedio de la Resolución Conjunta Nº 173-160 SGyCA Y SH del
19 de junio de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se
incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Unidad Organizativa
- DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Decreto Nº 601 del
11 de abril de 2002, por el cual se acompaña la documentación detallada
en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS,
Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, a fin de asegurar el normal funcionamiento del
Organismo, eleva la propuesta para la cobertura transitoria del cargo,
que se encuentra vacante y financiado, de Director Nacional de la
DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, con carácter de excepción al
artículo 7º de la Ley Nº 26.728.
Que por la particular naturaleza de las funciones asignadas a la
mencionada jurisdicción por la Ley Nº 17.671, resulta necesario
proceder a la cobertura del cargo de Director Nacional de la DIRECCION
NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la persona propuesta para cubrir el cargo cuenta con el perfil, la
capacitación e idoneidad exigida para el cumplimiento de las funciones
respectivas.
Que el Decreto Nº 491/02 estableció, entre otros aspectos, que toda
designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública
Nacional centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados,
ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y los
artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
designado a partir del 19 de junio de 2012, con carácter transitorio y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del dictado de la presente medida, en el cargo de Director Nacional de
la DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE de la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - Nivel
A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva de Nivel I, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por
el Decreto Nº 2098/08, al Sr. José Luis BONELLO (D.N.I. Nº 10.474.134),
con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y con
carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº
26.728.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento del presente Decreto, se imputará con cargo a las
partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - Organismo Descentralizado 200
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.