MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2677/2012

Dase por designado el Director Nacional de la Dirección Nacional de Documentos de Viaje de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Bs. As., 27/12/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0003555/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 773 del 21 de junio de 2007, sus modificatorios Nº 275 del 13 de abril de 2009, Nº 1735 del 12 de noviembre de 2009, Nº 1215 del 30 de agosto de 2010 y Nº 167 del 3 de febrero de 2012, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución Conjunta Nº 173-160 SGyCA Y SH del 19 de junio de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, se estableció que las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la mencionada Ley.

Que por el Decreto Nº 773/07 se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, modificada por los Decretos Nº 275/09, Nº 1735/09, Nº 1215/10 y Nº 167/12.

Que por el Decreto Nº 167/12 se incorporó la DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que por intermedio de la Resolución Conjunta Nº 173-160 SGyCA Y SH del 19 de junio de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Unidad Organizativa - DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, por el cual se acompaña la documentación detallada en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a fin de asegurar el normal funcionamiento del Organismo, eleva la propuesta para la cobertura transitoria del cargo, que se encuentra vacante y financiado, de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, con carácter de excepción al artículo 7º de la Ley Nº 26.728.

Que por la particular naturaleza de las funciones asignadas a la mencionada jurisdicción por la Ley Nº 17.671, resulta necesario proceder a la cobertura del cargo de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la persona propuesta para cubrir el cargo cuenta con el perfil, la capacitación e idoneidad exigida para el cumplimiento de las funciones respectivas.

Que el Decreto Nº 491/02 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Dase por designado a partir del 19 de junio de 2012, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel I, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto Nº 2098/08, al Sr. José Luis BONELLO (D.N.I. Nº 10.474.134), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.

Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - Organismo Descentralizado 200 DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.