MINISTERIO DE TURISMO
Decisión Administrativa 1466/2012
Apruébase la segunda redeterminación
de precios de la Obra denominada “Proyecto de Gestión Integral de los
Residuos Sólidos Urbanos en la localidad de San Martín de los Andes,
Provincia del Neuquén”.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº STN:0001140/2011 del Registro del MINISTERIO DE
TURISMO, su agregado sin acumular el Expediente Nº STN:0000896/2010 del
Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones del Visto tramita la segunda redeterminación de
precios de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS
RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN” (Licitación Pública Nacional Nº 5/10) que fue
aprobada mediante la Decisión Administrativa Nº 886 de fecha 14 de
diciembre de 2010 en el marco del “Programa de Gestión Integral de
Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Modelo de Contrato
de Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Nº 1.868/OC-AR
aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.
Que por la citada Decisión Administrativa Nº 886/10 se adjudicó la obra
a la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS DOCE MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON
CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.755.681,42).
Que, con posterioridad, por la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha
21 de diciembre de 2011 se aprobó la redeterminación de precios de la
obra citada por la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26),
alcanzando el monto de la obra redeterminada la suma de PESOS TRECE
MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y
OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68) y se aprobó la prórroga de la fecha
prevista de terminación de la obra en NOVENTA (90) días corridos a
partir de la fecha de vencimiento del plazo original.
Que el procedimiento de la segunda redeterminación se ajusta a las
normas establecidas en las Políticas para la Adquisición de Bienes y
Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
correspondientes a la edición del mes de julio de 2006, que forman
parte integrante como Anexo II del citado Decreto Nº 1.524/07.
Que conforme surge del Documento Licitatorio, Sección II. Datos de la
Licitación, en el Punto 14.4 “Instrucciones a los Oferentes”, la
redeterminación de precios se encuentra sujeta a lo previsto en la
Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las
previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002.
Que el procedimiento para la obtención del Factor de Redeterminación se
halla previsto en la Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato,
Punto 60 “Ajustes de precios” del Documento Licitatorio.
Que la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO —creada por la
Resolución Nº 1.068 de fecha 30 de noviembre de 2007 de la ex
SECRETARIA DE TURISMO entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA
NACION— ha elaborado un Informe Técnico de Evaluación de la Solicitud
de Redeterminación de Precios en el que entiende que el procedimiento
presentado por la Contratista se ajusta a la normativa prevista por el
pliego y que los indicadores y cálculos ejecutados son correctos.
Que expresa además dicho informe que el importe de la segunda
redeterminación de precios asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS
($ 299.928,76), alcanzando el monto de la obra redeterminada un total
de PESOS CATORCE MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON
CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 14.003.475,44).
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha tomado conocimiento de la nueva redeterminación de precios realizada.
Que, asimismo, en virtud de haberse producido modificaciones al
proyecto original durante la ejecución de la obra, de las cuales surgen
quitas y demasías, se ha producido una variación de la obra en demasía
por la suma de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 813.494,18), cifra esta que representa
un SEIS COMA TREINTA Y OCHO POR CIENTO (6,38%) del monto original del
contrato.
Que el procedimiento seguido al efecto se ajusta a las normas
establecidas en las citadas Políticas para la Adquisición de Bienes y
Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y a
las previsiones contenidas en la Sección V. Condiciones Generales del
Contrato, Punto 50 “Variaciones” del Documento Licitatorio
correspondiente.
Que, además, con motivo de las extraordinarias precipitaciones
níveo-pluviales ocurridas y la escasa visibilidad por la caída de
ceniza volcánica, la empresa contratista DESLER SOCIEDAD ANONIMA
solicitó una ampliación del plazo de obra de CIENTO VEINTE (120) días
corridos.
Que tanto la modificación de la obra como la ampliación del plazo
propuestas cuentan con la no objeción del BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID).
Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad
Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de
Administración, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
del MINISTERIO DE TURISMO.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Artículo 35, inciso c) y su Anexo del Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344 de
fecha 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la segunda redeterminación de precios de la
obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS
URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN” por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 299.928,76),
alcanzando el monto de la obra redeterminada la suma de PESOS CATORCE
MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO
CENTAVOS ($ 14.003.475,44), conforme el Modelo de Acta que como Anexo
forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Autorízase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a suscribir el Acta cuyo modelo se aprueba por el artículo precedente.
Art. 3° — Apruébase la variación de la obra denominada “PROYECTO DE
GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN
MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS
OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DIECIOCHO
CENTAVOS ($ 813.494,18), cifra esta que representa el SEIS COMA TREINTA
Y OCHO POR CIENTO (6,38%) del monto original del contrato, a favor de
la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 4° — Apruébase la prórroga de la fecha prevista de terminación de
la obra en CIENTO VEINTE (120) días corridos a partir de la fecha de
vencimiento del plazo original, lo que no implica una mayor erogación,
ni reconocimiento alguno por gastos improductivos.
Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos
presupuestarios de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para los
Ejercicios correspondientes.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E. Meyer.
ANEXO
ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS
En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los…….. días del mes de………….
de 2012, se reúnen en representación del MINISTERIO DE TURISMO su
titular D. Carlos Enrique MEYER, M.I. Nº 10.286.346, con domicilio en
calle Suipacha Nº 1.111, Piso 20 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
(en adelante, “EL COMITENTE”) por una parte y por la otra, en
representación de la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA, ……………………….., M.I.
N°…………., con domicilio en calle Agüero Nº 97 de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en su carácter de contratista de la obra “PROYECTO DE
GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN
MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”, según contrato aprobado
mediante la Resolución Nº 13 de fecha 3 de febrero de 2011 del
MINISTERIO DE TURISMO (en adelante, “LA CONTRATISTA”), en el marco del
Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios
Turísticos, financiado parcialmente por el Préstamo BID Nº 1.868/OC-AR,
aprobado por Decreto 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.
ANTECEDENTES: Que a solicitud de LA CONTRATISTA se procede a la segunda
redeterminación de los precios del contrato de obra pública antes
citado correspondientes a la parte pendiente de ejecución, al mes de
octubre de 2011. Por ello se conviene:
ARTICULO 1°.- LA CONTRATISTA y EL COMITENTE por aplicación del régimen
establecido por la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces
dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003
y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19
de julio de 2002, aceptan el Cuadro Resumen de Cantidades y Precios
correspondiente a la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN”.
ARTICULO 2°.- LA CONTRATISTA renuncia por la presente a todo reclamo
por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza, motivados por los cambios
registrados en la economía desde el 6 de enero de 2002, a la fecha de
suscripción del presente acuerdo, en los términos de los Artículos 11
del Decreto Nº 1.295/02 y 2° del Decreto Nº 1.953/02.
ARTICULO 3°.- El monto redeterminado del contrato al mes de enero de
2011 aprobado por Decisión Administrativa Nº 11/11 alcanza un total de
PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS
CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68). El monto resultante de
la segunda redeterminación del contrato al mes de octubre de 2011
asciende a PESOS CATORCE MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y
CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 14.003.475,44). El incremento
del monto de obra por la presente redeterminación es de DOSCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS
($ 299.928,76).
ARTICULO 4°.- LA CONTRATISTA se compromete a ampliar la póliza de
cumplimiento del contrato hasta el monto de la obra redeterminada.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor
y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento
de la presente.