MINISTERIO DE TURISMO

Decisión Administrativa 1466/2012

Apruébase la segunda redeterminación de precios de la Obra denominada “Proyecto de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos en la localidad de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén”.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº STN:0001140/2011 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, su agregado sin acumular el Expediente Nº STN:0000896/2010 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones del Visto tramita la segunda redeterminación de precios de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” (Licitación Pública Nacional Nº 5/10) que fue aprobada mediante la Decisión Administrativa Nº 886 de fecha 14 de diciembre de 2010 en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Modelo de Contrato de Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Nº 1.868/OC-AR aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

Que por la citada Decisión Administrativa Nº 886/10 se adjudicó la obra a la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.755.681,42).

Que, con posterioridad, por la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha 21 de diciembre de 2011 se aprobó la redeterminación de precios de la obra citada por la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 947.865,26), alcanzando el monto de la obra redeterminada la suma de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68) y se aprobó la prórroga de la fecha prevista de terminación de la obra en NOVENTA (90) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo original.

Que el procedimiento de la segunda redeterminación se ajusta a las normas establecidas en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) correspondientes a la edición del mes de julio de 2006, que forman parte integrante como Anexo II del citado Decreto Nº 1.524/07.

Que conforme surge del Documento Licitatorio, Sección II. Datos de la Licitación, en el Punto 14.4 “Instrucciones a los Oferentes”, la redeterminación de precios se encuentra sujeta a lo previsto en la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002.

Que el procedimiento para la obtención del Factor de Redeterminación se halla previsto en la Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato, Punto 60 “Ajustes de precios” del Documento Licitatorio.

Que la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO —creada por la Resolución Nº 1.068 de fecha 30 de noviembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE TURISMO entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION— ha elaborado un Informe Técnico de Evaluación de la Solicitud de Redeterminación de Precios en el que entiende que el procedimiento presentado por la Contratista se ajusta a la normativa prevista por el pliego y que los indicadores y cálculos ejecutados son correctos.

Que expresa además dicho informe que el importe de la segunda redeterminación de precios asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 299.928,76), alcanzando el monto de la obra redeterminada un total de PESOS CATORCE MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 14.003.475,44).

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha tomado conocimiento de la nueva redeterminación de precios realizada.

Que, asimismo, en virtud de haberse producido modificaciones al proyecto original durante la ejecución de la obra, de las cuales surgen quitas y demasías, se ha producido una variación de la obra en demasía por la suma de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 813.494,18), cifra esta que representa un SEIS COMA TREINTA Y OCHO POR CIENTO (6,38%) del monto original del contrato.

Que el procedimiento seguido al efecto se ajusta a las normas establecidas en las citadas Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y a las previsiones contenidas en la Sección V. Condiciones Generales del Contrato, Punto 50 “Variaciones” del Documento Licitatorio correspondiente.

Que, además, con motivo de las extraordinarias precipitaciones níveo-pluviales ocurridas y la escasa visibilidad por la caída de ceniza volcánica, la empresa contratista DESLER SOCIEDAD ANONIMA solicitó una ampliación del plazo de obra de CIENTO VEINTE (120) días corridos.

Que tanto la modificación de la obra como la ampliación del plazo propuestas cuentan con la no objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de Administración, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 35, inciso c) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase la segunda redeterminación de precios de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 299.928,76), alcanzando el monto de la obra redeterminada la suma de PESOS CATORCE MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 14.003.475,44), conforme el Modelo de Acta que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2° — Autorízase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a suscribir el Acta cuyo modelo se aprueba por el artículo precedente.

Art. 3° — Apruébase la variación de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN” por la suma de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 813.494,18), cifra esta que representa el SEIS COMA TREINTA Y OCHO POR CIENTO (6,38%) del monto original del contrato, a favor de la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 4° — Apruébase la prórroga de la fecha prevista de terminación de la obra en CIENTO VEINTE (120) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo original, lo que no implica una mayor erogación, ni reconocimiento alguno por gastos improductivos.

Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para los Ejercicios correspondientes.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E. Meyer.

ANEXO

ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los…….. días del mes de…………. de 2012, se reúnen en representación del MINISTERIO DE TURISMO su titular D. Carlos Enrique MEYER, M.I. Nº 10.286.346, con domicilio en calle Suipacha Nº 1.111, Piso 20 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (en adelante, “EL COMITENTE”) por una parte y por la otra, en representación de la firma DESLER SOCIEDAD ANONIMA, ……………………….., M.I. N°…………., con domicilio en calle Agüero Nº 97 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en su carácter de contratista de la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”, según contrato aprobado mediante la Resolución Nº 13 de fecha 3 de febrero de 2011 del MINISTERIO DE TURISMO (en adelante, “LA CONTRATISTA”), en el marco del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos, financiado parcialmente por el Préstamo BID Nº 1.868/OC-AR, aprobado por Decreto 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

ANTECEDENTES: Que a solicitud de LA CONTRATISTA se procede a la segunda redeterminación de los precios del contrato de obra pública antes citado correspondientes a la parte pendiente de ejecución, al mes de octubre de 2011. Por ello se conviene:

ARTICULO 1°.- LA CONTRATISTA y EL COMITENTE por aplicación del régimen establecido por la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 175 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002, aceptan el Cuadro Resumen de Cantidades y Precios correspondiente a la obra “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN”.

ARTICULO 2°.- LA CONTRATISTA renuncia por la presente a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, motivados por los cambios registrados en la economía desde el 6 de enero de 2002, a la fecha de suscripción del presente acuerdo, en los términos de los Artículos 11 del Decreto Nº 1.295/02 y 2° del Decreto Nº 1.953/02.

ARTICULO 3°.- El monto redeterminado del contrato al mes de enero de 2011 aprobado por Decisión Administrativa Nº 11/11 alcanza un total de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.703.546,68). El monto resultante de la segunda redeterminación del contrato al mes de octubre de 2011 asciende a PESOS CATORCE MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 14.003.475,44). El incremento del monto de obra por la presente redeterminación es de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 299.928,76).

ARTICULO 4°.- LA CONTRATISTA se compromete a ampliar la póliza de cumplimiento del contrato hasta el monto de la obra redeterminada.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.