Administración Nacional de la Seguridad Social

INMUEBLES


Resolución 7/2013


Autorícense los llamados para la implementación de los Concursos Nacionales para el Desarrollo de Planes Maestros para la urbanización de las Playas Ferroviarias de Palermo, Liniers y Caballito.


Bs. As., 17/1/2013

VISTO el Expediente Nº 024-99-81417442-1-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1723 de fecha 20 de septiembre de 2012 se desafectaron los inmuebles a cargo de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ubicados en los barrios de Palermo, Liniers y Caballito, y se los declaró como innecesarios para la prestación del servicio al que se encontraban afectados.

Que dichos inmuebles, conforme lo establece el artículo 2° del Decreto Nº 1723/12, deben destinarse al desarrollo de proyectos integrales de urbanización y/o inmobiliarios, a cuyos fines resulta procedente llamar a un Concurso de Presentación de Iniciativas y Proyectos, a ser evaluados por el Comité de Evaluación de Proyectos quien deberá, asimismo, recomendar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) su desarrollo e implementación.

Que tal y como dan cuenta los presentes obrados, en mérito de lo dispuesto por los artículos 4° y 5° del Decreto referido y a los fines indicados en el párrafo precedente, con fecha diecinueve de noviembre de 2012 esta administración suscribió un convenio con la SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS a los efectos de establecer los lineamientos generales y parámetros urbanísticos que deberán respetar las propuestas que se presenten en el referido concurso, así como los requisitos y documentación que deberán acreditar los participantes; la evaluación de los proyectos y lo referido al procedimiento en general del concurso, todo lo cual resulta previsto en las bases y condiciones necesarias para su convocatoria.

Que en función de lo consignado en el convenio aludido, esta administración en su carácter de Promotora de los concursos dispuestos para cada una de las playas cuya urbanización se pretende, designó asesores arquitectos que participaron en la confección de cada una de las bases aludidas, cuya elaboración en definitiva quedó a cargo de la SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS.

Que de conformidad a lo establecido en la Cláusula Decimoquinta del convenio referido, la entidad profesional mencionada remitió con fecha 9 de enero del corriente el resultado del trabajo realizado, volcado en las bases y condiciones para la implementación de tres concursos nacionales: 1) CONCURSO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN MAESTRO de la Playa Ferroviaria Palermo; 2) CONCURSO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN MAESTRO de la Playa Ferroviaria Liniers y 3) CONCURSO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN MAESTRO de la Playa Ferroviaria Caballito.

Que a los efectos de imprimir continuidad a los procesos aludidos y avanzar con la convocatoria de los profesionales arquitectos y demás trámites pertinentes, corresponde a esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 1723/2012 y según lo consignado en la Cláusula Decimoquinta mencionada, autorizar los llamados a los concursos relacionados y prestar conformidad a las bases y condiciones remitidas por la entidad profesional organizadora.

Que en tal orden de ideas, valoradas las bases y condiciones elaboradas para los concursos en cada una de las playas ferroviarias mencionadas por las áreas técnicas de esta administración, sin haberse realizado observaciones u objeciones de ninguna naturaleza al respecto, resulta menester dictar el acto administrativo pertinente por el cual se aprueben las mismas.

Que asimismo y a los efectos de coadyuvar a la concurrencia de los participantes, tal y como da cuenta el informe del área pertinente, cabe establecer la publicidad adicional que deberá darse al llamado a Concurso Abierto cuyas bases por la presente se aprueban.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Administración ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 4° y 5° del Decreto Nº 1.723 de fecha 20 de septiembre de 2012, el artículo 3° del Decreto Nº 2.741 de fecha 26 de diciembre de 1991 y el Decreto Nº 154 de fecha 10 de diciembre de 2011.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° — Autorícense los llamados para la implementación de los CONCURSOS NACIONALES PARA EL DESARROLLO DE PLANES MAESTROS para la urbanización de las Playas Ferroviarias de Palermo, Liniers y Caballito, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 1723 de fecha 20 de septiembre de 2012.

Art. 2° — Apruébense las Bases y Condiciones del CONCURSO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN MAESTRO de la Playa Ferroviaria Palermo; del CONCURSO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN MAESTRO de la Playa Ferroviaria Liniers y del CONCURSO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN MAESTRO de la Playa Ferroviaria Caballito, elaboradas por la SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS y que como ANEXOS I, II y III, respectivamente, forman parte integrante del presente acto.

Art. 3° — Procédase a la publicación de los llamados a concursos cuyas bases se aprueban en el artículo anterior, en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en dos (2) diarios de circulación masiva del país de manera coincidente, por el término de DOS (2) días, así como en el sitio de internet de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Art. 4° — Comuníquese la presente al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS y al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Diego L. Bossio.
______
NOTA: El Anexo que integra esta Resolución se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).