MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución Nº 2550/2012


Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0504699/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 333 de fecha 19 de febrero de 1985 y sus modificatorios, las resoluciones Nros. 1522 de fecha 25 de agosto de 2006, 105 de fecha 12 de marzo de 2007, 184 de fecha 9 de abril de 2007 y 971 de fecha 5 de noviembre de 2007, todas ellas del Registro del Ministerio antes mencionado, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 333 de fecha 19 de febrero de 1985 y sus modificatorios, aprobó las “Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa” e indicó en el Anexo I, Punto 2.1.5. Inciso b) “La redacción del texto será clara, concisa y en correcto español” y en el segundo párrafo del Punto 3.2.14. reza que: “En caso de duda sobre los vocablos a emplear se recurrirá al Diccionario de la Lengua española”.

Que por Resolución Nº 1522 de fecha 25 de agosto de 2006, y su similar modificatoria Nº 971 de fecha 5 de noviembre de 2007, ambas del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó el REGLAMENTO INTERNO DE GESTION ADMINISTRATIVA (RIGA).

Que el Artículo 12 del Anexo de la Resolución mencionada en primer término, sustituido por el Artículo 4° de la citada en segundo lugar, estableció que: “La Autoridad Rectora y de Aplicación del Presente Reglamento será la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION de este Ministerio, que tendrá a su cargo verificar y exigir el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo, a través de la (...) COORDINACION DE DESPACHO y del GRUPO DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS”.

Que por el Artículo 1° de la Resolución Nº 184 de fecha 9 de abril de 2007 y su modificatoria, ambas del Registro de este Ministerio, se creó el GRUPO DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS (SIPA) y en su Artículo 2° establece que el mencionado Grupo de Trabajo tendrá como misión asistir y asesorar al Señor Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión de este Ministerio, en lo concerniente a la gestión administrativa.

Que el “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO” que se aprueba, no limita la creación intelectual narrativa, ni pretende uniformar la estética de los textos, pero sí mejorar la calidad de la producción textual de los escritos administrativos, y que a su vez sirva como herramienta en respuesta concretamente a las dudas, tanto en el uso de documentos administrativos como en los aspectos de la ortografía, gramática y sintaxis, de quienes deban elaborar y redactar un documento o acto administrativo.

Que del monitoreo de los proyectos de actos administrativos, que son sometidos a análisis de la DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS, surge la necesidad de elaborar, con carácter complementario al RIGA, el Manual antes citado. Este proceso permitirá un núcleo de coincidencias básicas generales con el resto de las dependencias.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4°, Inciso b), Apartado 9 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (Texto Ordenado por el Decreto Nº 438 de fecha 12 de marzo de 1992 y sus modificatorios).

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO” el que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Establécese que el “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO”, aprobado por el Artículo 1° de la presente medida, tiene el carácter de complementario del REGLAMENTO INTERNO DE GESTION ADMINISTRATIVA (RIGA) aprobado por la Resolución Nº 1522 de fecha 25 de agosto de 2006, y su similar modificatoria Nº 971 de fecha 5 de noviembre de 2007, ambas del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3° — Instrúyase a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION de este Ministerio, a través de la DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS y del GRUPO DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS (SIPA), a la difusión e implementación del “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO” en las distintas áreas de este Ministerio.

ARTICULO 4° — Invítase a los organismos descentralizados que actúan en el ámbito de este Ministerio, a adherirse e implementar el Manual que se aprueba en la presente medida.

ARTICULO 5° — instrúyase al AREA DE COORDINACION DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES (TICs) de este Ministerio, a prestar la colaboración necesaria para lograr tal cometido.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
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NOTA: El Anexo que integra este Aviso Oficial se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 21/01/2013 N° 3140/13 v. 21/01/2013