MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Resolución Nº 2550/2012
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0504699/2009 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 333
de fecha 19 de febrero de 1985 y sus modificatorios, las resoluciones
Nros. 1522 de fecha 25 de agosto de 2006, 105 de fecha 12 de marzo de
2007, 184 de fecha 9 de abril de 2007 y 971 de fecha 5 de noviembre de
2007, todas ellas del Registro del Ministerio antes mencionado, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 333 de fecha 19 de febrero de 1985 y sus
modificatorios, aprobó las “Normas para la elaboración, redacción y
diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación
administrativa” e indicó en el Anexo I, Punto 2.1.5. Inciso b) “La
redacción del texto será clara, concisa y en correcto español” y en el
segundo párrafo del Punto 3.2.14. reza que: “En caso de duda sobre los
vocablos a emplear se recurrirá al Diccionario de la Lengua española”.
Que por Resolución Nº 1522 de fecha 25 de agosto de 2006, y su similar
modificatoria Nº 971 de fecha 5 de noviembre de 2007, ambas del
Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, se aprobó el REGLAMENTO INTERNO DE GESTION ADMINISTRATIVA
(RIGA).
Que el Artículo 12 del Anexo de la Resolución mencionada en primer
término, sustituido por el Artículo 4° de la citada en segundo lugar,
estableció que: “La Autoridad Rectora y de Aplicación del Presente
Reglamento será la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION
de este Ministerio, que tendrá a su cargo verificar y exigir el
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo, a través de
la (...) COORDINACION DE DESPACHO y del GRUPO DE TRABAJO PARA EL
SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS”.
Que por el Artículo 1° de la Resolución Nº 184 de fecha 9 de abril de
2007 y su modificatoria, ambas del Registro de este Ministerio, se creó
el GRUPO DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO INTEGRAL DE LOS PROCESOS
ADMINISTRATIVOS (SIPA) y en su Artículo 2° establece que el mencionado
Grupo de Trabajo tendrá como misión asistir y asesorar al Señor
Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión de este Ministerio,
en lo concerniente a la gestión administrativa.
Que el “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO” que se aprueba, no limita la
creación intelectual narrativa, ni pretende uniformar la estética de
los textos, pero sí mejorar la calidad de la producción textual de los
escritos administrativos, y que a su vez sirva como herramienta en
respuesta concretamente a las dudas, tanto en el uso de documentos
administrativos como en los aspectos de la ortografía, gramática y
sintaxis, de quienes deban elaborar y redactar un documento o acto
administrativo.
Que del monitoreo de los proyectos de actos administrativos, que son
sometidos a análisis de la DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE
ENTRADAS, surge la necesidad de elaborar, con carácter complementario
al RIGA, el Manual antes citado. Este proceso permitirá un núcleo de
coincidencias básicas generales con el resto de las dependencias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 4°, Inciso b), Apartado 9 de la Ley de Ministerios Nº
22.520 (Texto Ordenado por el Decreto Nº 438 de fecha 12 de marzo de
1992 y sus modificatorios).
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO” el que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2° — Establécese que el “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO”,
aprobado por el Artículo 1° de la presente medida, tiene el carácter de
complementario del REGLAMENTO INTERNO DE GESTION ADMINISTRATIVA (RIGA)
aprobado por la Resolución Nº 1522 de fecha 25 de agosto de 2006, y su
similar modificatoria Nº 971 de fecha 5 de noviembre de 2007, ambas del
Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
ARTICULO 3° — Instrúyase a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL
DE GESTION de este Ministerio, a través de la DIRECCION GENERAL DE
DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS y del GRUPO DE TRABAJO PARA EL SEGUIMIENTO
INTEGRAL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS (SIPA), a la difusión e
implementación del “MANUAL DE CORRECCION DE ESTILO” en las distintas
áreas de este Ministerio.
ARTICULO 4° — Invítase a los organismos descentralizados que actúan en
el ámbito de este Ministerio, a adherirse e implementar el Manual que
se aprueba en la presente medida.
ARTICULO 5° — instrúyase al AREA DE COORDINACION DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES (TICs) de este Ministerio, a prestar
la colaboración necesaria para lograr tal cometido.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
______
NOTA: El Anexo que integra este Aviso Oficial se publica en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado
en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad
Autónoma de Buenos Aires).
e. 21/01/2013 N° 3140/13 v. 21/01/2013