MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”
Disposición Nº 1/2013
Bs. As., 2/1/2013
VISTO el Expediente Nº 1-2095-S01:0001598/2012 del registro de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR.
CARLOS G. MALBRAN”, la Decisión Administrativa Nº 557 del 24 de julio
de 2012, la Resolución ex S.G.P. Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y
modificatorios, la Disposición Nº 669 del 8 de noviembre de 2012 de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR.
CARLOS G. MALBRAN” y;
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 557 del 24 de julio de 2012, se
exceptúa a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE
SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” de la prohibición contenida en el
artículo 7° de la Ley Nº 26.546, a los efectos de posibilitar la
cobertura de CIENTO VEINTISEIS (126) cargos vacantes y financiados de
la planta permanente.
Que por Disposición Nº 669 del 8 de noviembre de 2012 de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR.
CARLOS G. MALBRAN”, se designó los integrantes del Comité de Selección
para la cobertura de SESENTA Y DOS (62) cargos vacantes y financiados y
se aprobó las Bases de los Concursos, de acuerdo a lo previsto en el
Artículo 15 del Anexo I de la Resolución Nº 39/2010 de la entonces
SECRETARIA DE GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante Acta Nº 2 del 28 de noviembre de 2012, los Comités de
Selección solicitan al suscripto, en calidad de autoridad convocante de
los referidos procesos de selección su suspensión durante los meses de
enero y febrero de 2013.
Que en virtud de lo mencionado y de lo establecido por el artículo 12
del Anexo I del Régimen de Selección aprobado por la Resolución Nº 39
del 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, resulta
conveniente suspender el plazo previsto en el artículo 42 del Sistema
Nacional de Empleo Público, durante los meses de enero y febrero, a fin
de asegurar la plena participación de los postulantes en los
respectivos procesos de selección y el normal desenvolvimiento de las
actividades selectivas.
Que el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones
emergentes del artículo 15 del Anexo I de la Resolución Nº 39 de fecha
18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Decreto Nº 1628 del 23 de
Diciembre de 1996 y la Resolución Nº 2232 del 20 de Diciembre de 2011
del Ministerio de Salud de la Nación.
Por ello:
EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”
DISPONE:
ARTICULO 1° — Suspéndase durante los meses de enero y febrero del año
2013 el plazo del proceso de selección correspondiente a las
convocatorias extraordinarias aprobadas por la Decisión Administrativa
Nº 557 del 24 de julio de 2012.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JAIME LAZOVSKI,
Subsecretario a/c de la Dirección ANLIS “Dr. Carlos G. Malbrán”.
e. 21/01/2013 N° 3528/13 v. 21/01/2013