MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición Nº 589/2012
Bs. As., 29/10/2012
VISTO el expediente Nº S02:0006651/2012 del registro de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE,
las Leyes Nº 24.449 y Nº 26.363.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya misión es la reducción de la tasa de
siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción,
coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial,
siendo tal como lo establece el artículo 3º de la mencionada norma, la
autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial
nacionales.
Que, entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL por la Ley Nº 26.363 en su artículo 4º incisos e), f), h) y j) se
encuentra la de crear y establecer las características y procedimientos
de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de
Conducir, así como también autorizar a los organismos competentes en
materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción
provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a
otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en
su caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.
Que, mediante el Decreto Nº 1.787/2008 se dio estructura organizativa a
la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, creándose la DIRECCION NACIONAL
DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, la cual tiene como
misión coordinar con los organismos competentes en materia de emisión
de licencias de conducir, el otorgamiento de la Licencia Nacional de
Conducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño;
certificar y homologar los Centros de Emisión y/o de Impresión de la
Licencia Nacional de Conducir; coordinar la emisión de licencias
provinciales y municipales de conducir autorizadas; y determinar,
homologar y auditar los contenidos de los exámenes que deben rendir los
solicitantes de la mencionada Licencia.
Que, asimismo, la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y
ANTECEDENTES DE TRANSITO, resulta competente para establecer los
requisitos para la certificación de los Centros de Emisión de la
Licencia Nacional de Conducir por parte de las autoridades
jurisdiccionales competentes del territorio nacional, conforme lo
establece el mencionado Decreto Nº 1.787/2008 (Acciones, Punto 2).
Que, en ese lineamiento, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
dictó con fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición A.N.S.V. Nº 207
mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE
CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al
formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la
emisión y todas las cuestiones atinentes, como así también la creación
de bases de datos actualizadas que contengan los datos de las
habilitaciones para conducir emitidas en todo el país.
Que, la Disposición A.N.S.V. Nº 207 establece los procedimientos
necesarios que todo Centro de Emisión de Licencias (CEL) deberá
observar para tramitar ante la A.N.S.V. la certificación necesaria para
la emisión de la licencia de conducir.
Que, en el marco del Sistema Nacional de Licencias de Conducir,
aprobado por Disposición A.N.S.V. Nº 207 de fecha 5 de Septiembre de
2011, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la PROVINCIA DE RIO NEGRO
y el MUNICIPIO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, han suscripto un Convenio
Específico para la Implementación de la Licencia Nacional de Conducir y
un Convenio Específico de Cooperación para la Implementación del
Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito en el mencionado
Municipio.
Que el Municipio de San Carlos de Bariloche, de la Provincia de Río
Negro, se adhirió a la Ley Nacional Nº 24.449 mediante Ordenanza
Municipal Nº 569/96 y a la Ley Nacional Nº 26.363, mediante Ordenanza
Municipal Nº 2.007-CM-09.
Que, encontrándose cumplimentado por el Municipio de San Carlos de
Bariloche el procedimiento establecido por la Disposición A.N.S.V. Nº
207 para la “CERTIFICACION DE LOS CENTROS DE EMISION DE LICENCIA
NACIONAL DE CONDUCIR” corresponde certificar y homologar el Centro de
Emisión de Licencias de Conducir de dicho Municipio,
habilitándolo a emitir la Licencia Nacional de Conducir, conforme las
facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL en el artículo 4º incisos a), e) y f) de la Ley Nº
26.363 y Anexo V al Decreto Nº 1.716/08.
Que, la DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, la
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO y la
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE INFRACCIONES DE TRANSITO, las tres en
la órbita de la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y
ANTECEDENTES DE TRANSITO y la DIRECCION DE INFORMATICA, han tomado la
intervención de su competencia.
Que, la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION DE ASUNTOS
LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado
la intervención que les compete.
Que, el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en
virtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7º
inciso b) de la Ley Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTICULO 1º — Certifíquese y homológuese el Centro de Emisión de
Licencias de Conducir del Municipio de San Carlos de Bariloche, de la
Provincia de Río Negro, para emitir la Licencia Nacional de Conducir.
ARTICULO 2º — Autorízase a emitir el Certificado de Centro Emisor de
Licencias Nacionales de Conducir a favor de la jurisdicción mencionada
en el artículo 1º de la presente Disposición, cuyo modelo forma parte
de la presente medida como Anexo I.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ
LAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial,
Ministerio del Interior y Transporte.
ANEXO I
e. 29/01/2013 N° 4559/13 v. 29/01/2013