PRESUPUESTO
Decreto 2734/2012
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 del Banco de Inversión y Comercio Exterior Sociedad Anónima.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0479812/2011 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Artículo 6° de la Ley Nº 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto
(t.o. 2005), se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará
anualmente el Plan de Acción y Presupuesto de Gastos y Recursos de las
Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.
Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la
cual se aprueba el Presupuesto perteneciente al BANCO DE INVERSION Y
COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA para el Ejercicio 2012.
Que el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo
6° de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
2005), facultan a dictar la presente medida.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Plan
de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2012 del BANCO DE INVERSION Y
COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo con el detalle que
figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente medida,
respectivamente.
Art. 2° — Estímanse en la suma
de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 377.618.592) los ingresos de operación y
fíjanse en la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS
SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 117.307.742) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS DOSCIENTOS SESENTA MILLONES
TRESCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 260.310.850) de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la
presente medida.
Art. 3° — Estímanse en la suma
de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 377.618.592) los ingresos corrientes y
fíjanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 254.226.228) los
gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS CIENTO VEINTITRES MILLONES
TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($
123.392.364) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
Anexo II adjunto a la presente medida.
Art. 4° — Estímanse en la suma
de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($
1.703.389) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TRES
MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO ($
3.926.585) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de
la presente medida, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para
el Ejercicio 2012 en PESOS CIENTO VEINTIUN MILLONES CIENTO SESENTA Y
NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($ 121.169.168) de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
medida.
Art. 5° — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino.
ANEXO I
ANEXO II