PRESUPUESTO

Decreto 2734/2012

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 del Banco de Inversión y Comercio Exterior Sociedad Anónima.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0479812/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Artículo 6° de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará anualmente el Plan de Acción y Presupuesto de Gastos y Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.

Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la cual se aprueba el Presupuesto perteneciente al BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA para el Ejercicio 2012.

Que el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 6° de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), facultan a dictar la presente medida.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2012 del BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente medida, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 377.618.592) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 117.307.742) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS DOSCIENTOS SESENTA MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 260.310.850) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente medida.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 377.618.592) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 254.226.228) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CIENTO VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 123.392.364) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente medida.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 1.703.389) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 3.926.585) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente medida, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2012 en PESOS CIENTO VEINTIUN MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($ 121.169.168) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente medida.

Art. 5° — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.

ANEXO I


ANEXO II