MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución N° 8/2013
Bs. As., 25/1/2013
VISTO el Expediente N° S01:0182593/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de
Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo
dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se
complementa con las resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto
de 2006.
Que oportunamente, el COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO
PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) convocó a la Licitación
Pública Nacional N° 15/2010 con el objeto de seleccionar el Contratista
para la Construcción para la Ampliación 132kV Perito Moreno - Los
Antiguos, resultando adjudicataria la Empresa IECSA S.A -
ELECTRIFICADORA DEL VALLE (UTE), firmándose el correspondiente contrato
el día 24 de octubre de 2011.
Que los contratos mencionados anteriormente prevén la redeterminación
de los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el
Decreto N° 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006,
ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en
el respectivo Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N°
634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la
Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N°
1.205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han
cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para
establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones
específicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones para la
Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de
los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de
acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.
Que el contratista del respectivo contrato ha presentado senda nota
(NP-SC2-0019), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo
establecido en el pliego.
Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación
promedio de costos de los rubros principales que componen cada
provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta
una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ
POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la
redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el
Decreto N° 634/2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a
la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las
fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el
procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos
definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación
de los oferentes expuesta anteriormente.
Que el precio del contrato redeterminado resulta el que se indica en el
Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
Que mediante Nota CAF N° 722 de fecha 08 de mayo de 2012 el COMITE DE
EJECUCION manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el
financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del
presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha
21 de agosto de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del contrato de
Construcción de la Línea de Alta Tensión en 132kV Perito Moreno - Los
Antiguos, suscripto por la firma IECSA SOCIEDAD ANONIMA -
ELECTRIFICADORA DEL VALLE SOCIEDAD ANONIMA (UTE) y el COMITE DE
EJECUCION.
ARTICULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya
redeterminación de precios al mes de febrero de 2012 se aprueba en el
artículo 1°, asciende a PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES CIENTO
TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON OCHO CENTAVOS ($
155.134.414,08), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma parte de
la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado
(IVA).
ARTICULO 3° — Determínase que el monto total del Contrato, establecido
en el Artículo 2°, tendrá vigencia a partir de la publicación de la
presente.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de
Energía.
ANEXO
AMPLIACION EN 132kV PERITO MORENO - LOS ANTIGUOS
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA LA CONSTRUCCION
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)
MONTOS DEL CONTRATO IECSA S.A - ELECTRIFICADORA DEL VALLE S.A |
Monto Total del Contrato a Valor Oferta (Abril 2011) | 144.092.170,00 |
Monto Total del Contrato Redeterminado (Febrero 2012) | 155.134.414,08 |
e. 01/02/2013 N° 5148/13 v. 01/02/2013