MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 2739/2012
Dase por designado el Director
Nacional de Transporte Automotor de la Subsecretaría de Transporte
Automotor de la Secretaría de Transporte.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0017833/2012 del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de
marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 de la
citada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE solicita la designación
transitoria del Dr. D. César Daniel DOMINGUEZ (D.N.I. Nº 18.147.572) en
el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (Nivel A, Grado
0, F. E. II) de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente
de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a fin de asegurar el cumplimiento de
los objetivos asignados a dicha dependencia.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que ha tornado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1°
del Decreto Nº 491/02 y a lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la
Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado con carácter transitorio en la Planta Permanente del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a partir del 1° de octubre de
2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR
NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (Nivel A, Grado 0, F. E. II) de la
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE, al Dr. D. César Daniel DOMINGUEZ (D.N.I. Nº 18.147.572),
con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº
26.728, y autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva
Nivel II.
Art. 2° — El cargo mencionado
deberá ser cubierto conforme a los sistemas de selección vigentes y
requisitos según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.