Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 20/2013
Déjase sin efecto la Resolución Nº 2263/2012.
Bs. As., 29/1/2013
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J.yD.H. Nros. 1552 del 17 de
agosto de 2012, 2263 del 26 de octubre de 2012 y 2318 del 29 de octubre
de 2012 y el Legajo Nº 88/12 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA
LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE ROSARIO,
Provincia de SANTA FE, se instruye la causa Nº 367/03 y acumulados
caratulada “Guerrieri, Pascual Oscar y otros s/ privación ilegal de la
libertad, amenazas, tormentos y desaparición física”.
Que mediante la Resolución M.J.yD.H. Nº 2263 del 26 de octubre de 2012
se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma
de PESOS CIEN MIL ($ 100.000); destinada a aquellas personas que
brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de
Francisco SCILABRA (L.E. Nº 7.841.112) sobre quien pesaba pedido de
captura nacional desde el 26 de marzo de 2009.
Que el mencionado Juzgado informa por Oficio Nº 740/DH de fecha 13 de
noviembre de 2012, la detención de Francisco José SCILABRA, ocurrida el
5 de noviembre de 2012.
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución M.J.yD.H. Nº 2263/12.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 3° de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la
Resolución M.J.yD.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Déjase sin efecto
la Resolución M.J.yD.H. Nº 2263 del 26 de octubre de 2012, por la cual
se ofrecía como recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personal que brindasen
datos útiles que resultasen determinantes para la detención de
Francisco SCILABRA (L.E. Nº 7.841.112).
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.