Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 20/2013

Déjase sin efecto la Resolución Nº 2263/2012.

Bs. As., 29/1/2013

VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J.yD.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2263 del 26 de octubre de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 88/12 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE ROSARIO, Provincia de SANTA FE, se instruye la causa Nº 367/03 y acumulados caratulada “Guerrieri, Pascual Oscar y otros s/ privación ilegal de la libertad, amenazas, tormentos y desaparición física”.

Que mediante la Resolución M.J.yD.H. Nº 2263 del 26 de octubre de 2012 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000); destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Francisco SCILABRA (L.E. Nº 7.841.112) sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 26 de marzo de 2009.

Que el mencionado Juzgado informa por Oficio Nº 740/DH de fecha 13 de noviembre de 2012, la detención de Francisco José SCILABRA, ocurrida el 5 de noviembre de 2012.

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución M.J.yD.H. Nº 2263/12.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la Resolución M.J.yD.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Déjase sin efecto la Resolución M.J.yD.H. Nº 2263 del 26 de octubre de 2012, por la cual se ofrecía como recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personal que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Francisco SCILABRA (L.E. Nº 7.841.112).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.