MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución N° 2040/2012


Registro N° 1643/2012


Bs. As., 19/12/2012

VISTO el Expediente N° 1.429.941/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia tramita la homologación del Acuerdo suscripto por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES, y la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/2 vuelta del Expediente N° 1.499.125/12, agregado al principal a fojas 185, y ratificado a fs. 189/191 de autos, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1.227/11 “E”, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan, sustancialmente, el pago de una gratificación extraordinaria por única vez a los trabajadores de la empleadora, a abonarse antes del 30 de Abril de 2.012, conforme los detalles allí impuestos.

Que cabe señalar que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria, como así con el ámbito de representación de la asociación sindical de segundo grado firmante, emergente de su Personería Gremial.

Que de la lectura de lo pactado no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES, y la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES, SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/2 vuelta del Expediente N° 1.499.125/12, agregado a fojas 185 al Expediente N° 1.429.941/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo a fojas 2/2 vuelta del Expediente N° 1.499.125/12, agregado a fs. 185 al Expediente N° 1.429.941/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada el Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda en el legajo correspondiente.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del instrumento homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.429.941/11

Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2040/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/2 vta. del expediente 1.499.125/12 agregado como fojas 185 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1643/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 06 días del mes Marzo de 2012, se reúnen la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS-Personería Gremial N° 580, con domicilio en la calle Pasco N° 582, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Rubén Héctor PEREYRA, en su carácter de Secretario General, y el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES (S.P.O.S.M.) con Inscripción Gremial N° 1472, con domicilio en la Av. Tambor de Tacuarí  N° 151, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, representado en este acto por los Sres. Adrián Ricardo BERNAL, en su carácter de Secretario General, Juan Eduardo ZANIVAN, en su carácter de Secretario Adjunto, y los señores: Adriana Jael LOPEZ, Julio Rubén PARODI y José María BUERA en su carácter de delegados del personal, acompañados por la Dra. Sara ELHELOU, en su carácter de asesora legal, en adelante la parte SINDICAL, por una parte, y por la otra parte, Servicio de Aguas de Misiones S.A., con domicilio en la Av. López y Planes 2577, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, representada en este acto por el Ing. Carlos Adán CHOCANO, en su carácter de Presidente, el Ing. Christian Leonardo HILBERT, en su carácter de Gerente General, y el Dr. Gustavo GALLO, en su carácter de Asesor Jurídico, en adelante SAMSA, y la parte SINDICAL y SAMSA en adelante las PARTES cuando sean citadas en forma conjunta, convienen en formalizar el presente Acuerdo Salarial, en adelante el ACUERDO, en los siguientes términos.

ANTECEDENTES

El día 3 de enero del año 2011 las PARTES celebraron un Convenio Colectivo de Trabajo en el marco del Expediente N° 1.429.941/11 que fuera homologado por la Secretaria de Trabajo mediante la Resolución N° 1044/11, del 30 de agosto del mismo año y registrado bajo el N° 1227/11 “E” del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en adelante el CCT.

Con posterioridad al CCT, las PARTES celebraron el 28 de octubre de 2011 un Acta de Acuerdo Salarial, por medio de la cual se incrementó el Sueldo Básico Mensual Inicial Nivel Z, y que forma parte del CCT.

En dicho marco, las PARTES deciden celebrar el ACUERDO en los siguientes términos:

CLAUSULA PRIMERA: La PARTES acuerdan el pago de una suma no remunerativa de pesos un mil ciento cuarenta ($ 1.140), pagadera antes del 30 de abril de 2012, en concepto de gratificación extraordinaria y por única vez por el Bicentenario de la  creación de la Bandera Argentina, a todo el personal que se encuentre comprendido a la fecha en el CCT. Dicho monto será abonado en tres cuotas de pesos trescientos ochenta ($ 380,00) cada una, haciéndose efectiva la primera el 09 de marzo de 2012, y las dos últimas con los haberes del mes de marzo y del mes de abril de 2012, respectivamente.

CLAUSULA SEGUNDA: Los nuevos aumentos resultantes de las negociaciones estipuladas en el Art. 6, último párrafo, del CCT, no se otorgarán antes del 1 de noviembre del corriente año.

CLAUSULA TERCERA: El ACUERDO forma parte integrante del CCT.

En el lugar y fecha ut- supra mencionados, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto.