MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 2040/2012
Registro N° 1643/2012
Bs. As., 19/12/2012
VISTO el Expediente N° 1.429.941/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones de referencia tramita la homologación del
Acuerdo suscripto por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES, y
la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, obrante a
fojas 2/2 vuelta del Expediente N° 1.499.125/12, agregado al principal
a fojas 185, y ratificado a fs. 189/191 de autos, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1.227/11 “E”, conforme lo
dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).
Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan, sustancialmente, el pago
de una gratificación extraordinaria por única vez a los trabajadores de
la empleadora, a abonarse antes del 30 de Abril de 2.012, conforme los
detalles allí impuestos.
Que cabe señalar que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se
corresponde con la actividad de la empresa signataria, como así con el
ámbito de representación de la asociación sindical de segundo grado
firmante, emergente de su Personería Gremial.
Que de la lectura de lo pactado no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto por la
FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO
DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES, y la empresa SERVICIOS DE
AGUAS DE MISIONES, SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/2 vuelta del
Expediente N° 1.499.125/12, agregado a fojas 185 al Expediente N°
1.429.941/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo a fojas 2/2 vuelta del Expediente N° 1.499.125/12,
agregado a fs. 185 al Expediente N° 1.429.941/11.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada el Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda en el legajo correspondiente.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del instrumento homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el
tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.429.941/11
Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2040/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/2 vta. del expediente
1.499.125/12 agregado como fojas 185 al expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 1643/12. — VALERIA A. VALETTI,
Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 06 días del mes Marzo de
2012, se reúnen la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS-Personería Gremial N° 580, con domicilio en la calle Pasco
N° 582, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este
acto por el Sr. Rubén Héctor PEREYRA, en su carácter de Secretario
General, y el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES
(S.P.O.S.M.) con Inscripción Gremial N° 1472, con domicilio en la Av.
Tambor de Tacuarí N° 151, de la Ciudad de Posadas, Provincia de
Misiones, representado en este acto por los Sres. Adrián Ricardo
BERNAL, en su carácter de Secretario General, Juan Eduardo ZANIVAN, en
su carácter de Secretario Adjunto, y los señores: Adriana Jael LOPEZ,
Julio Rubén PARODI y José María BUERA en su carácter de delegados del
personal, acompañados por la Dra. Sara ELHELOU, en su carácter de
asesora legal, en adelante la parte SINDICAL, por una parte, y por la
otra parte, Servicio de Aguas de Misiones S.A., con domicilio en la Av.
López y Planes 2577, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones,
representada en este acto por el Ing. Carlos Adán CHOCANO, en su
carácter de Presidente, el Ing. Christian Leonardo HILBERT, en su
carácter de Gerente General, y el Dr. Gustavo GALLO, en su carácter de
Asesor Jurídico, en adelante SAMSA, y la parte SINDICAL y SAMSA en
adelante las PARTES cuando sean citadas en forma conjunta, convienen en
formalizar el presente Acuerdo Salarial, en adelante el ACUERDO, en los
siguientes términos.
ANTECEDENTES
El día 3 de enero del año 2011 las PARTES celebraron un Convenio
Colectivo de Trabajo en el marco del Expediente N° 1.429.941/11 que
fuera homologado por la Secretaria de Trabajo mediante la Resolución N°
1044/11, del 30 de agosto del mismo año y registrado bajo el N° 1227/11
“E” del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
de la Nación, en adelante el CCT.
Con posterioridad al CCT, las PARTES celebraron el 28 de octubre de
2011 un Acta de Acuerdo Salarial, por medio de la cual se incrementó el
Sueldo Básico Mensual Inicial Nivel Z, y que forma parte del CCT.
En dicho marco, las PARTES deciden celebrar el ACUERDO en los siguientes términos:
CLAUSULA PRIMERA: La PARTES acuerdan el pago de una suma no
remunerativa de pesos un mil ciento cuarenta ($ 1.140), pagadera antes
del 30 de abril de 2012, en concepto de gratificación extraordinaria y
por única vez por el Bicentenario de la creación de la Bandera
Argentina, a todo el personal que se encuentre comprendido a la fecha
en el CCT. Dicho monto será abonado en tres cuotas de pesos trescientos
ochenta ($ 380,00) cada una, haciéndose efectiva la primera el 09 de
marzo de 2012, y las dos últimas con los haberes del mes de marzo y del
mes de abril de 2012, respectivamente.
CLAUSULA SEGUNDA: Los nuevos aumentos resultantes de las negociaciones
estipuladas en el Art. 6, último párrafo, del CCT, no se otorgarán
antes del 1 de noviembre del corriente año.
CLAUSULA TERCERA: El ACUERDO forma parte integrante del CCT.
En el lugar y fecha ut- supra mencionados, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto.