CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL

Resolución Nº 186/2013

Bs. As., 30/1/2013

Varios. SATVD-T

CONCURSO PARA LA SELECCION DE PROYECTOS DE SERIES DE FICCION

VISTO:

el convenio de cooperación para la implementación del PLAN OPERATIVO DE FOMENTO Y PROMOCION DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES DEL SATVD-T, celebrado con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios con fecha 17 de diciembre de 2012, y la aprobación del Proyecto CIN 020 de fecha 27 de diciembre de 2012 para dar comienzo a su implementación, respecto de series de ficción en horario central para canales de televisión abierta, dirigido a empresas productoras de contenidos audiovisuales y canales de televisión abierta.

CONSIDERANDO:

que como antecedentes de aquel convenio puede decirse que dentro de las funciones del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, y en virtud de lo regulado en el PLAN OPERATIVO DE FOMENTO Y PROMOCION DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES DEL SATVD-T, aprobado por el Señor Presidente del CONSEJO ASESOR mediante Acta Aprobatoria Nº 7 de fecha 28 de junio de 2010, se encuentra la de promover y fomentar la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en la República Argentina con un sentido federal, brindando a los televidentes de todas las provincias del país un contenido de excelencia;

que mediante el art 2° del Decreto 835/11, de fecha 21 de junio de 2011, se declaró de interés público el BANCO AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO (BACUA), como una base de contenidos audiovisuales, con el objeto de fomentar el diálogo y la integración cultural y social tanto a nivel local, nacional como de la región iberoamericana, y el ARBOL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO (ACUA), ambos en el ámbito del CONSEJO ASESOR;

que el mencionado Decreto establece en el punto g) del art. 3° que el CONSEJO ASESOR coordinará, administrará y entenderá en la implementación y desarrollo del BACUA, así como también del ACUA; y en el punto i), que dispondrá e implementará las acciones referidas al fomento, promoción y producción de contenidos audiovisuales digitales;

que el convenio referido en el Visto tiene por objeto que el CIN brinde cooperación al CONSEJO ASESOR en la implementación del Plan Operativo, específicamente en lo concerniente al desarrollo y diseño de proyectos de asistencia en la capacitación, asistencia tecnológica, fomento, promoción y producción de contenidos audiovisuales, para televisión digital, y en ese marco el CONSEJO ASESOR ha efectuado el requerimiento mencionado, cuya ejecución es objeto de la presente;

que el Proyecto CIN 020, mencionado propone un llamado a concurso de alcance nacional para la producción de OCHO (8) Series de Ficción en Alta Calidad y Definición (Full HD) de hasta TRECE (13) capítulos, de CUARENTA Y OCHO (48) minutos cada uno, incluyendo títulos y rodantes;

que habiendo sido aprobado como se dice, corresponde ahora que se proceda a implementarlo, contemplando, entre otras cosas, que los ganadores cedan gratuitamente todos los derechos de comunicación y exhibición, de reproducción y de distribución sobre la obra audiovisual al ESTADO NACIONAL a los fines de integrar el acervo del BACUA;

que tomando en cuenta las competencias y facultades reconocidas al CIN, en su carácter de persona pública no estatal, con capacidad jurídica para actuar tanto en los ámbitos de relaciones de derecho público como de derecho privado, no le resultan aplicables “ipso facto” las normas y procedimientos contenidas en los Decretos Nº 1023/2001 y 436/2000 y concordantes;

que en atención a esto último y a las características de la obligación emergente de la gestión comprometida por el Convenio, se estima que resulta procedente ajustar los procedimientos de selección y de contratación a normas y principios de derecho privado;

que sin embargo, ello no inhiben que el procedimiento de selección y contratación contemple la vigencia y rigurosa aplicación en todo el proceso de los principios de:

* Transparencia.

* Carácter público y no reservado de las actuaciones.

* Promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes, excepto cuando ello no resulte conveniente, ni posible en atención a las particularidades y circunstancias concurrentes o no resulte razonable en orden a la invocación de razones de conveniencia y oportunidad.

* Igualdad de tratamiento para los interesados y para los oferentes.

* Cláusulas anticorrupción.

que todo ello debe conformar un Pliego de Bases y Condiciones que enmarque el concurso que se sustancie, y que eficazmente y en tiempo oportuno permita alcanzar la finalidad perseguida, contemplado las distintas pautas y aspiraciones sustantivas puestas en conocimiento del CIN por parte del CONSEJO ASESOR;

que resulta apropiado poner en conocimiento de la presente al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y al Consejo Asesor.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llamar a Concurso para la producción de OCHO (8) Series de Ficción en Alta Calidad y Definición (Full HD) para Televisión Digital, con la finalidad que estas realizaciones aporten a la identidad nacional, provincial y regional, e integren y formen parte del acervo del BANCO AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO (BACUA).

ARTICULO 2° — Aprobar las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE FICCION EN ALTA CALIDAD Y DEFINICION (FULL HD), que figuran como anexos I a VIII de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Crear la Comisión de Seguimiento del CONCURSO DE SERIES DE FICCION EN ALTA CALIDAD Y DEFINICION (FULL HD), integrada por dos (2) representantes del Consejo Interuniversitario Nacional y dos (2) representantes del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, que tendrá por funciones llevar adelante el seguimiento y control de las diferentes etapas del proceso de ejecución y realización de las Series.

ARTICULO 4° — La participación en el presente concurso implicará el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones mencionado en el art. 2° de la presente.

ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el pliego será resuelto por el CIN conjuntamente con el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.

ARTICULO 6° — A los efectos de dar la más amplia difusión a la convocatoria, publíquese la presente en el Boletín Oficial de la Nación y en otro medio de difusión escrito de alcance nacional, disponiéndose que los anexos podrán ser consultados en www.cin.edu.ar y retirarse en Pacheco de Melo 2084, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 7° — Regístrese, dése a conocer al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, al Comité Ejecutivo, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en general, y archívese. — GUILLERMO CRAPISTE, Presidente. — NORMA B. COSTOYA, Secretaria Ejecutiva.

Resol. P. Nº 186/13

BASES, CONDICIONES y PROCEDIMIENTO

CONCURSO CIN Nº 01/2013 PARA LA SELECCION DE PROYECTOS DE SERIES DE FICCION EN ALTA CALIDAD Y DEFINICION (FULL HD) PARA TELEVISION DIGITAL

Tipo: CONCURSO DE ALCANCE NACIONAL DE SELECCION DE PROYECTOSNº 01/2013Ejercicio: 2013
Rubro: Servicios Audiovisuales
Objeto del procedimiento de contratación: Selección de OCHO (8) series de ficción en alta calidad y definición (Full HD) para Televisión Digital (Ref.: Convenio Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios - Consejo Interuniversitario Nacional de fecha 17 de diciembre de 2012)

PRESENTACION DE PROPUESTAS

Lugar/DirecciónPlazo y Horario
Mesa de Entradas del CIN Pacheco de Melo 2084 Ciudad Autónoma de Buenos Aires.De lunes a viernes, desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial y hasta el 28 de febrero de 2013, en el horario de 10:00 a 15:00 hs.

Las Bases se podrán retirar en la sede del CIN: Pacheco de Melo 2084 (CABA), en el horario de 10:00 a 18:00 hs. O bajarse del sitio web del CIN: www.cin.edu.ar

Mail de consultas: consultasprimetime@cin.edu.ar

e. 07/02/2013 N° 6268/13 v. 07/02/2013