MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 2062/2012
Registro Nº 3/2013
Bs. As., 27/12/2012
VISTO el Expediente Nº 1.489.616/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que fojas 2/3 del Expediente Nº 1.507.967/12, agregado como foja 6 del
Expediente Nº 1.489.616/12, obra el acuerdo celebrado por la UNION DE
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDyC) por el sector
sindical y el SERVICIO UNIVERSITARIO MEDICO ASISTENCIAL (SUMA) por el
sector empresario, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo referido se conviene un incremento sobre los
salarios básicos a favor de los trabajadores comprendidos en el
convenio colectivo de trabajo de empresa Nº 1214/11 “E”, a partir del
mes de enero del año 2012.
Que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación del
mentado acuerdo, quedan estrictamente circunscriptos a la coincidencia
entre la actividad desarrollada por la parte empresaria signataria y la
representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,
comúnmente denominado “orden público laboral”.
Que las partes han acreditado su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados y
se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio,
deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION
DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDyC) por la parte
gremial y el SERVICIO UNIVERSITARIO MEDICO ASISTENCIAL (SUMA) por la
parte empresaria, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.507.967/12,
agregado como foja 6 al Expediente Nº 1.489.616/12, conforme lo
dispuesto por la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº
1.507.967/12, agregado como foja 6 al Expediente Nº 1.489.616/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1214/11 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.489.616/12
Buenos Aires, 02 de Enero de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2062/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº
1.507.967/12, agregado como foja 6 al expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 3/13. — JORGE A. INSUA, Registro de
Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 10 de mayo de 2012 se reúnen
en la sede de la UNION TRABAJADORES ENTIDADES DEPORTIVAS y CIVILES
(UTEDyC), con sede en la calle Alberti 646, 9no piso CABA por la
representación sindical: representada por su Secretario General
Nacional Carlos Orlando Bonjour, el Secretario Gremial Nacional Jorge
Rubén Ramos, la Subsecretaría Gremial Marcel Carretero, Alfredo Pou en
carácter de Secretario Gremial de la Seccional Mar del Plata,
representante del personal María Celeste Rosso conjuntamente con la
Dra. Mirta Dalence por una parte y por la representación empleadora;
SERVICIO UNIVERSITARIO MEDICO ASISTENCIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
MAR DEL PLATA (S.U.M.A.) la Dra. Fernanda Bergel en carácter de
apoderada; que luego de intensas negociaciones han acordando lo
siguiente:
Primero: Las partes acuerdan otorgar un incremento salarial sobre los
básicos vigentes al 31/12/2011 especificados en el Anexo adjunto
formando parte integrante de este Acuerdo.
Segundo: El aumento salarial acordado en este Acta (retroactivo al mes
de enero 2012), ha sido abonado a los trabajadores; quedando pendiente
la diferencia salarial del mes de febrero 2012 que será abonada con los
haberes del mes de mayo 2012,
Tercero: Las partes asumen el compromiso de reunirse en la primera
quincena del mes de febrero de 2013 a fin de iniciar las negociaciones
salariales correspondientes a dicho año.
Cuarto: Las partes presentarán ante el Ministerio de Trabajo Empleo y
Seguridad social de la Nación este Acuerdo a fin de su homologación.
En prueba de su conformidad, se suscriben cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
| ORIGINAL- DICIEMBRE 2011 | enero | julio | septiembre |
CATEGORIAS | BASICO |
|
|
|
TECNICO | AUXILIAR 1RA. | 6501 | 7151 | 7801 | 8191 |
AUXILIAR 2DA. | 6085 | 6694 | 7302 | 7667 |
AUXILIAR 3RA. | 5331 | 5864 | 6397 | 6717 |
AUXILIAR 4TA | 4941 | 5435 | 5929 | 6226 |
AUXILIAR 5TA | 4291 | 4720 | 5149 | 5407 |
JEFE DE SECTOR | NIVEL A | 9751 | 10726 | 11701 | 12286 |
NIVEL B | 8191 | 9010 | 9829 | 10321 |
NIVEL C | 6891 | 7580 | 8269 | 8683 |
ADMINISTRATIVO | ADMINISTRATIVO DE 1RA. | 5916 | 6508 | 7099 | 7454 |
ADMINISTRATIVO DE 2DA. | 5428 | 5971 | 6514 | 6839 |
ADMINISTRATIVO DE 3RA. | 4941 | 5435 | 5929 | 6226 |
ADMINISTRATIVO DE 4TA. | 4291 | 4720 | 5149 | 5407 |
ADMINISTRATIVO DE 5TA. | 3738 | 4112 | 4486 | 4710 |
MAESTRANZA | CATEGORIA 1RA. | 5331 | 5864 | 6397 | 6717 |
CATEGORIA 2DA. | 4291 | 4720 | 5149 | 5407 |
CATEGORIA 3RA. | 3250 | 3575 | 3900 | 4095 |
ADICIONALES POR FALLO DE CAJA |
|
DESDE $ 0,00 A $ 500,00 | 5% DEL BASICO DE LA CATEGORIA ADMINISTRATIVO 5TA. |
DESDE $ 500,01 A $ 2000 | 10% DEL BASICO DE LA CATEGORIA ADMINISTRATIVO 5TA. |
DESDE $ 2000,01 | 14% DEL BASICO DE LA CATEGORIA ADMINISTRATIVO 5TA. |
BONIFICACION POR TITULO UNIVERSITARIO: 16% DEL BASICO DE LA CATEGORIA ADMINISTRATIVO
|