MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 558/2012
Registro Nº 35/2013
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº 1.518.470/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 5 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS
Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el
sector gremial y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
por el sector empresario, ratificado a foja 104 y a foja 105 por medio
de las Actas integrantes del mismo, del Expediente Nº 1.518.470/12, en
el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han convenido la incorporación de personal a través de
empresas de servicios eventuales, a ser incorporados paulatinamente en
relación de dependencia, conforme las consideraciones que obran en el
texto al cual se remite.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la
actividad de la Empresa signataria y la representatividad de la Entidad
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que las partes han acreditado sus personerías y cumplidos en autos los
recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de Registración, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Regístrese el Acuerdo obrante a foja 5, celebrado entre
el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, ratificado a foja 104 y a foja 105 por medio de las Actas
integrantes del mismo, del Expediente Nº 1.518.470/12, en el marco de
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por medio de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido pase a la
Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 5 y las Actas de
ratificación de foja 104 y 105 integrantes del mismo, del Expediente Nº
1.518.470/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1179/11 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.518.470/12
Buenos Aires, 3 de enero de 2013
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 558/12 se ha
tomado razón del acuerdo y las actas de ratificación obrante a fojas 5,
104 y 105 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el
número 35/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
A los 26 días del mes de junio de 2012, en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires se reúnen en la sede del Sindicato de Mecánicos y Afines del
Transporte Automotor, por una parte los representantes de HONDA MOTOR
DE ARGENTINA S.A. Señores GUSTAVO OGURA y EDUARDO MORAN VALLEJOS y por
la otra los representantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA Compañeros, RICARDO
PIGNANELLI, GUSTAVO MORAN, JORGE GODINO, HECTOR PAREDES Y OSCAR JARA y
por el Cuerpo de Delegados Compañeros RAUL CHICO, ESTEBAN PUMA, EDGARDO
PAREDES y EMILIANO OLIVERA.
Ante la imperiosa necesidad operativa de Honda Motor de Argentina S.A.
de tener que incrementar sus procesos productivos, ha decidido
implementar un segundo turno de fabricación en su Planta de Florencio
Varela, lo cual enraizará aún más la producción de motocicletas en la
región, objetivo siempre presente de parte de Honda y el S.M.A.T.A.,
siempre dentro del marco del C.C.T. Nº 1179/11 “E” ante lo mencionado
precedentemente las partes han arribado al siguiente acuerdo;
ACUERDO
PRIMERO: la empresa integrará a partir del 01/07/2012 a todo el
personal que se encuentra contratado al 01/06/2012 al rol de
trabajadores efectivos de Honda Motor de Argentina S.A. Planta
Florencio Varela, quienes se encuentran cubiertos por el Art. 18.4 del
C.C.T. Nº 1179/11 “E” de acuerdo a su antigüedad.
SEGUNDO: la empresa contratará por el término de 90 (noventa) días la
cantidad de 44 (cuarenta y cuatro) trabajadores temporarios, los que se
encuentran cubiertos por el C.C.T. Nº 1179/11 “E” en todos sus
términos, dichos contratos podrán ser renovables por única vez por 90
(noventa) días más, vencido dicho plazo pasarán a ser trabajadores
efectivos de Honda Motor de Argentina S.A.
TERCERO: las partes convienen que en todos los casos que la empresa
considere que algún trabajador que se encuentre dentro del C.C.T. Nº
1179/11 “E” sea promovido para un cargo fuera de convenio deberá ser
compensado este puesto por el ingreso de un nuevo trabajador, de
acuerdo a lo estipulado en el punto segundo.
CUARTO: en caso que la empresa tenga la necesidad de tener que ingresar
más personal contratado para lograr sus objetivos de producción, se
deberá informar previamente en forma fehaciente al S.M.A.T.A. para que
se realice dentro, del marco que se manifiesta en esta acta acuerdo y
de lo ya conversado.
QUINTO: de común acuerdo las partes se comprometen como mutuo objetivo
el mantener armoniosas y ordenadas relaciones, con el fin de preservar
la Paz Social y de evitar que se susciten hechos que pudieran derivar
en situaciones conflictivas, ante el no cumplimiento de algunos de los
puntos especificados en el presente acuerdo cualquiera de las partes
podrá denunciarlo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social.
No siendo para más y en prueba de conformidad se firman 5 (cinco)
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha
del inicio.
Expediente Nº 1518470/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de agosto
de 2012, siendo las 15:40 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Sr. Antonio CASTILLO (DNI
14.264.689), colaborador gremial acompañado por el Sr. Esteban Omar
PUMA (DNI 25630797), delegados de personal de la Empresa; y en
representación de la Empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SA, con domicilio
constituido en Suipacha 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el Dr. Julio Javier LOCOCO (DNI: 18.415.421), en calidad de Apoderado,
condición que acredita mediante copia simple de poder que firma ante
mí, juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las
partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la
presentación formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente
de referencia. Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo
actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y
de común acuerdo, manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente
el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 26 de junio de
2012 y acreditado a fojas 5 del expediente de referencia, del que
reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su
solicitud de homologación. El acuerdo alcanzado se realiza en el marco
del CCT 1179/11 “E”.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación
sindical que el acuerdo, en el plazo de diez (10) días deberá ser
ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial.
Por último se les comunica que el acuerdo ratificado anteriormente, del
cual solicitan su homologación; será elevado a la Superioridad,
quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250.
En este estado y no siendo para más, a las 16:10 horas, se da por
finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº 1518470/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de agosto
de 2012, siendo las 12:35 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y
ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado
con la Empresa Honda Motor de Argentina SA el día 26 de junio de 2012
en el marco del CCT 1179/11 “E” y acreditado a fojas 5 del expediente
de referencia; solicitando su homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su
homologación, será elevado a la Superioridad en este acto, quedando
sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este
estado y no siendo para más, a las 12:40 horas, se da por finalizado el
acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura,
para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que
CERTIFICO.