MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 558/2012


Registro Nº 35/2013


Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.518.470/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 5 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empresario, ratificado a foja 104 y a foja 105 por medio de las Actas integrantes del mismo, del Expediente Nº 1.518.470/12, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han convenido la incorporación de personal a través de empresas de servicios eventuales, a ser incorporados paulatinamente en relación de dependencia, conforme las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la Empresa signataria y la representatividad de la Entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las partes han acreditado sus personerías y cumplidos en autos los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Registración, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Regístrese el Acuerdo obrante a foja 5, celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 104 y a foja 105 por medio de las Actas integrantes del mismo, del Expediente Nº 1.518.470/12, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 5 y las Actas de ratificación de foja 104 y 105 integrantes del mismo, del Expediente Nº 1.518.470/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1179/11 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.518.470/12

Buenos Aires, 3 de enero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 558/12 se ha tomado razón del acuerdo y las actas de ratificación obrante a fojas 5, 104 y 105 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 35/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

A los 26 días del mes de junio de 2012, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reúnen en la sede del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, por una parte los representantes de HONDA MOTOR DE ARGENTINA S.A. Señores GUSTAVO OGURA y EDUARDO MORAN VALLEJOS y por la otra los representantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA Compañeros, RICARDO PIGNANELLI, GUSTAVO MORAN, JORGE GODINO, HECTOR PAREDES Y OSCAR JARA y por el Cuerpo de Delegados Compañeros RAUL CHICO, ESTEBAN PUMA, EDGARDO PAREDES y EMILIANO OLIVERA.

Ante la imperiosa necesidad operativa de Honda Motor de Argentina S.A. de tener que incrementar sus procesos productivos, ha decidido implementar un segundo turno de fabricación en su Planta de Florencio Varela, lo cual enraizará aún más la producción de motocicletas en la región, objetivo siempre presente de parte de Honda y el S.M.A.T.A., siempre dentro del marco del C.C.T. Nº 1179/11 “E” ante lo mencionado precedentemente las partes han arribado al siguiente acuerdo;

ACUERDO

PRIMERO: la empresa integrará a partir del 01/07/2012 a todo el personal que se encuentra contratado al 01/06/2012 al rol de trabajadores efectivos de Honda Motor de Argentina S.A. Planta Florencio Varela, quienes se encuentran cubiertos por el Art. 18.4 del C.C.T. Nº 1179/11 “E” de acuerdo a su antigüedad.

SEGUNDO: la empresa contratará por el término de 90 (noventa) días la cantidad de 44 (cuarenta y cuatro) trabajadores temporarios, los que se encuentran cubiertos por el C.C.T. Nº 1179/11 “E” en todos sus términos, dichos contratos podrán ser renovables por única vez por 90 (noventa) días más, vencido dicho plazo pasarán a ser trabajadores efectivos de Honda Motor de Argentina S.A.

TERCERO: las partes convienen que en todos los casos que la empresa considere que algún trabajador que se encuentre dentro del C.C.T. Nº 1179/11 “E” sea promovido para un cargo fuera de convenio deberá ser compensado este puesto por el ingreso de un nuevo trabajador, de acuerdo a lo estipulado en el punto segundo.

CUARTO: en caso que la empresa tenga la necesidad de tener que ingresar más personal contratado para lograr sus objetivos de producción, se deberá informar previamente en forma fehaciente al S.M.A.T.A. para que se realice dentro, del marco que se manifiesta en esta acta acuerdo y de lo ya conversado.

QUINTO: de común acuerdo las partes se comprometen como mutuo objetivo el mantener armoniosas y ordenadas relaciones, con el fin de preservar la Paz Social y de evitar que se susciten hechos que pudieran derivar en situaciones conflictivas, ante el no cumplimiento de algunos de los puntos especificados en el presente acuerdo cualquiera de las partes podrá denunciarlo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

No siendo para más y en prueba de conformidad se firman 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha del inicio.

Expediente Nº 1518470/12

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de agosto de 2012, siendo las 15:40 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Sr. Antonio CASTILLO (DNI 14.264.689), colaborador gremial acompañado por el Sr. Esteban Omar PUMA (DNI 25630797), delegados de personal de la Empresa; y en representación de la Empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SA, con domicilio constituido en Suipacha 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Dr. Julio Javier LOCOCO (DNI: 18.415.421), en calidad de Apoderado, condición que acredita mediante copia simple de poder que firma ante mí, juramentando su validez.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la presentación formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente de referencia. Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 26 de junio de 2012 y acreditado a fojas 5 del expediente de referencia, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su solicitud de homologación. El acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT 1179/11 “E”.

Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación sindical que el acuerdo, en el plazo de diez (10) días deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial.

Por último se les comunica que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación; será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 16:10 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.

Expediente Nº 1518470/12

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de agosto de 2012, siendo las 12:35 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado con la Empresa Honda Motor de Argentina SA el día 26 de junio de 2012 en el marco del CCT 1179/11 “E” y acreditado a fojas 5 del expediente de referencia; solicitando su homologación.

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 12:40 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.