MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SUBDIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición Nº 66/2013

Bs. As., 19/2/2013

VISTO la Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº 911 del 30 de diciembre de 2011, modificada por sus similares Nº 47 del 9 de marzo de 2012 y Nº 211 del 14 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por los actos administrativos mencionados en el Visto se aprobó un nuevo sistema para la impresión de los certificados de importación habilitados por el DEPARTAMENTO CERTIFICADOS DE FABRICACION E IMPORTACION de esta Dirección Nacional, en la propia sede de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.

Que dicha operatoria se implementó en una primera etapa respecto de los importadores habilitados a utilizar el nuevo sistema informático de procesamiento de datos, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 3° y en el Anexo II de la Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº 47/12, y en el Anexo de la Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº 211/2012.

Que, habida cuenta de los resultados obtenidos a partir de la aplicación de dichas normas respecto de los automotores, resulta conveniente disponer la extensión de sus previsiones respecto de los motovehículos.

Que los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos se encuentran en condiciones técnicas de ejecutar los procedimientos necesarios para tornar operativas las normas citadas.

Que, siguiendo los lineamientos sentados por las normas señaladas, que prescriben únicamente su aplicación respecto de importadores autorizados a utilizar el sistema, resulta menester aprobar la nómina de los importadores de motovehículos comprendidos en esta etapa, que obra como Anexo de la presente.

Que las normas mencionadas en el Visto fueron dictadas con el objetivo de modernizar los procedimientos de registración, a fin de proveer a los Registros Seccionales de las herramientas necesarias para simplificar y acelerar los tiempos de procesamiento con el fin último de brindar un mejor servicio al público usuario.

Que el ESTADO NACIONAL está llevando a cabo acciones concretas para el fortalecimiento de la gestión de políticas públicas de áreas específicas así como el establecimiento de lineamientos rectores sobre distintos aspectos a fin de lograr una mayor eficiencia para brindar excelencia en la prestación de los servicios públicos.

Que la competencia de la suscripta para el dictado del presente acto surge del artículo 2°, incisos a) y c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Determínase el día 4 de marzo de 2013 como fecha de entrada en vigencia del procedimiento aprobado por la Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº 911/11, modificada por sus similares Nº 47/12 y 211/2012, respecto de los REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHICULOS.

ARTICULO 2° — Las previsiones contenidas en el artículo precedente serán de aplicación únicamente respecto de la nómina de importadores que obra como Anexo I de la presente. Respecto de los restantes importadores, su incorporación se implementará en forma gradual, en la oportunidad en que así lo determine esta Dirección Nacional.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dra. MARIANA ABALLAY, Subdirectora Nacional, a/c Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Prop. del Automotor y de Créd. Prendarios.

ANEXO

Nómina de empresas importadoras

BMW DE ARGENTINA S.A.

CORVEN MOTORS ARGENTINA S.A.

DRAGON S.A.

EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL MEDITERRANEO S.A.

GILERA MOTORS ARGENTINA S.A.

HONDA MOTOR de ARGENTINA S.A.

JUKI S.A.C.I.F.I.A.

LA EMILIA S.A.

MAR MAQUINARIAS S.A.

MINARELLI S.A.

PAGODA S.A.

YAMAHA MOTOR ARGENTINA S.A.

e. 26/02/2013 N° 9850/13 v. 26/02/2013