MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SUBDIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Disposición Nº 66/2013
Bs. As., 19/2/2013
VISTO la Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº 911 del 30 de diciembre de
2011, modificada por sus similares Nº 47 del 9 de marzo de 2012 y Nº
211 del 14 de mayo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por los actos administrativos mencionados en el Visto se aprobó un
nuevo sistema para la impresión de los certificados de importación
habilitados por el DEPARTAMENTO CERTIFICADOS DE FABRICACION E
IMPORTACION de esta Dirección Nacional, en la propia sede de los
Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.
Que dicha operatoria se implementó en una primera etapa respecto de los
importadores habilitados a utilizar el nuevo sistema informático de
procesamiento de datos, de conformidad con las previsiones contenidas
en el artículo 3° y en el Anexo II de la Disposición D.N.R.N.P.A. y
C.P. Nº 47/12, y en el Anexo de la Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº
211/2012.
Que, habida cuenta de los resultados obtenidos a partir de la
aplicación de dichas normas respecto de los automotores, resulta
conveniente disponer la extensión de sus previsiones respecto de los
motovehículos.
Que los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con
competencia exclusiva en Motovehículos se encuentran en condiciones
técnicas de ejecutar los procedimientos necesarios para tornar
operativas las normas citadas.
Que, siguiendo los lineamientos sentados por las normas señaladas, que
prescriben únicamente su aplicación respecto de importadores
autorizados a utilizar el sistema, resulta menester aprobar la nómina
de los importadores de motovehículos comprendidos en esta etapa, que
obra como Anexo de la presente.
Que las normas mencionadas en el Visto fueron dictadas con el objetivo
de modernizar los procedimientos de registración, a fin de proveer a
los Registros Seccionales de las herramientas necesarias para
simplificar y acelerar los tiempos de procesamiento con el fin último
de brindar un mejor servicio al público usuario.
Que el ESTADO NACIONAL está llevando a cabo acciones concretas para el
fortalecimiento de la gestión de políticas públicas de áreas
específicas así como el establecimiento de lineamientos rectores sobre
distintos aspectos a fin de lograr una mayor eficiencia para brindar
excelencia en la prestación de los servicios públicos.
Que la competencia de la suscripta para el dictado del presente acto
surge del artículo 2°, incisos a) y c), del Decreto Nº 335/88.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Determínase el día 4 de marzo de 2013 como fecha de
entrada en vigencia del procedimiento aprobado por la Disposición
D.N.R.N.P.A. y C.P. Nº 911/11, modificada por sus similares Nº 47/12 y
211/2012, respecto de los REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL
AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHICULOS.
ARTICULO 2° — Las previsiones contenidas en el artículo precedente
serán de aplicación únicamente respecto de la nómina de importadores
que obra como Anexo I de la presente. Respecto de los restantes
importadores, su incorporación se implementará en forma gradual, en la
oportunidad en que así lo determine esta Dirección Nacional.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés
general dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y archívese. — Dra. MARIANA ABALLAY, Subdirectora Nacional,
a/c Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Prop. del
Automotor y de Créd. Prendarios.
ANEXO
Nómina de empresas importadoras
BMW DE ARGENTINA S.A.
CORVEN MOTORS ARGENTINA S.A.
DRAGON S.A.
EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL MEDITERRANEO S.A.
GILERA MOTORS ARGENTINA S.A.
HONDA MOTOR de ARGENTINA S.A.
JUKI S.A.C.I.F.I.A.
LA EMILIA S.A.
MAR MAQUINARIAS S.A.
MINARELLI S.A.
PAGODA S.A.
YAMAHA MOTOR ARGENTINA S.A.
e. 26/02/2013 N° 9850/13 v. 26/02/2013