MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 2121/2012
Registro Nº 62/2013
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº 1.502.991/12 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12 obra el Acuerdo celebrado
entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la
empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION
TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido en la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que a través del texto convencional alcanzado, se establece una
recomposición salarial dentro de los términos y lineamientos allí
estipulados.
Que en relación con el acta obrante a foja 2 del Expediente Nº
1.502.991/12 cuya homologación solicitan las partes, cabe dejar
constancia que por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1817
del 25 de noviembre de 2010 se homologó el Acuerdo registrado bajo el
Nº 1746/10 ratificado por la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA
ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA, mediante el cual
previeron condiciones salariales idénticas a las detalladas en dicha
acta.
Que en consecuencia se entiende pertinente no proceder a la
homologación del acta obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.502.991/12.
Que sin perjuicio de ello, a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12, los
agentes negociales acompañan las escalas salariales aplicables a los
trabajadores que se desempeñan en la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE
ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA
comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75,
las que se homologan mediante la presente medida.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente Acuerdo
se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la
representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, una vez dictado el acto administrativo homologatorio,
deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar
el cálculo del tope indemnizatorio previsto por el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la empresa
COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER
SOCIEDAD obrante a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope
indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente conjuntamente con el C.C.T. Nº 36/75.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.502.991/12
Buenos Aires, 07 de Enero de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2121/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 62/13. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
TRANSENER S.A.
Cuadro Resumen Bandas Salariales Básicas FATLYF s/ cargos
Mayo 2010
CATEGORIA C.C.T. 36/75 | DESCRIPCION DE CARGOS | Bandas Salariales Básicas - (R.N.H.P.) |
5 y 6 | Auxiliar Técnico / Asistente Administrativo | $ 4.392 |
7 y 8 | Administrativo
Oficial Lineas
Oficial P.C.C.
Oficial Técnico
Oficial EE. TT. | $ 5.072 |
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9 y 10 | Analista Administrativo
Técnico Líneas
Técnico P.C.C.
Técnico EE. TT.
Analista Técnico | $ 5.809 |
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11 y 12 | Encargado Administrativo
Encargado Operativo
Operador del Centro de Control | $ 7.197 |
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Los montos no incluyen B.A.E.