MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 2121/2012


Registro Nº 62/2013


Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.502.991/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece una recomposición salarial dentro de los términos y lineamientos allí estipulados.

Que en relación con el acta obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.502.991/12 cuya homologación solicitan las partes, cabe dejar constancia que por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1817 del 25 de noviembre de 2010 se homologó el Acuerdo registrado bajo el Nº 1746/10 ratificado por la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA, mediante el cual previeron condiciones salariales idénticas a las detalladas en dicha acta.

Que en consecuencia se entiende pertinente no proceder a la homologación del acta obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.502.991/12.

Que sin perjuicio de ello, a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12, los agentes negociales acompañan las escalas salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñan en la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, las que se homologan mediante la presente medida.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente Acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, una vez dictado el acto administrativo homologatorio, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope indemnizatorio previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD obrante a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 3 del Expediente Nº 1.502.991/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el C.C.T. Nº 36/75.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.502.991/12

Buenos Aires, 07 de Enero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2121/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 62/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

TRANSENER S.A.

Cuadro Resumen Bandas Salariales Básicas FATLYF s/ cargos

Mayo 2010

CATEGORIA C.C.T. 36/75DESCRIPCION DE CARGOSBandas Salariales Básicas - (R.N.H.P.)
5 y 6Auxiliar Técnico / Asistente Administrativo$ 4.392
7 y 8Administrativo
Oficial Lineas
Oficial P.C.C.
Oficial Técnico
Oficial EE. TT.
$ 5.072
9 y 10Analista Administrativo
Técnico Líneas
Técnico P.C.C.
Técnico EE. TT.
Analista Técnico
$ 5.809
11 y 12Encargado Administrativo
Encargado Operativo
Operador del Centro de Control
$ 7.197

Los montos no incluyen B.A.E.