DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 5058/1958
Bs. As., 17/4/1958
VISTO el expediente “C” letra C. Nº 204 (E.M.G.E.) - Nº 122/58 Cde.13
(M.G.) y lo propuesto por el señor Ministro de Aeronáutica
interinamente a cargo de la Cartera de Guerra y
CONSIDERANDO:
Que es necesario postergar la disolución del Destacamento de Vigilancia
del Cuartel del Regimiento 14 de Infantería, en razón de ser necesario
mantener una adecuada vigilancia sobre el patrimonio que dichos
cuarteles significan, hasta tanto se produzca la demolición de los
mismos.
Que a efectos de una mejor coordinación de dichas tareas resulta conveniente modificar la relación de dependencia existente.
EL PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Postérgase la
disolución del Destacamento de Vigilancia del Cuartel del Regimiento 14
de Infantería dispuesto por Decreto S. 13758/57, hasta tanto la
Dirección General de Ingenieros pueda concretar la demolición
correspondiente.
Art. 2° — El citado Destacamento dependerá de la Dirección General de Ingenieros.
Art. 3° — El Ministro de
Aeronáutica interinamente a cargo de la Cartera de Guerra adoptará las
medidas que correspondan para el cumplimiento de lo establecido en los
Artículos 1º y 2º.
Art. 4° — El presente decreto
será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el
Departamento de Aeronáutica, interinamente a cargo de la Cartera de
Guerra.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese en Boletín Confidencial del Ministerio de Guerra y archívese
en el Ministerio de Guerra (Comando en Jefe del Ejército - Estado Mayor
General del Ejército). — ARAMBURU.