DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 13139/1959
Bs. As., 22/10/1959
VISTO lo propuesto por el Ministerio de Defensa Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que a la fecha subsisten las causales invocadas en el Decreto Nº 11.537 del 22 de diciembre de 1958;
Que las Fuerzas Armadas han debido afrontar erogaciones derivadas del
cumplimiento de las misiones específicas determinadas por la Ley
Orgánica de los Ministerios Nº 14.439, de acuerdo con lo prescripto por
el Decreto “S” Nº 9.880/58, que superan los créditos acordados con tal
finalidad;
Que, consecuentemente procede arbitrar los créditos para respaldar
dichas erogaciones, como asimismo aquellos gastos que las Secretarías
Militares realicen en el cumplimiento de sus funciones en el marco de
las actividades extraordinarias derivadas de la ejecución del plan
“Conintes”,
Por todo ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — En uso de la
facultad conferida por el artículo 17, inciso a) de la Ley de
Contabilidad, incorpórase a la Sección 1a. Título I - Servicios (Sector
2) A. Gastos a financiar con recursos de Rentas Generales Nº 1, del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
1958/1959, en los anexos y ubicación presupuestaria que se indican a
continuación, la suma de CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MONEDA
NACIONAL ($ - - 14.500.000,00 m/n.), destinada a la atención de gastos
derivados de las actividades del Plan “Conintes”:
Anexo 61 - SECRETARIA DE GUERRA
2-1-61-9-334-0-7-480-0-0-1793-0 .................................................................m$n 11.500.000
Anexo 63 - SECRETARIA DE AERONAUTICA
2-1-63-9-522-0-7 -40-0-0-2817-Gastos del Plan “Conintes”-0 .......................m$n 3.000.000
Total autorizado ................................................................................................m$n 14.500.000
Art. 2° — El importe citado en el artículo que antecede se tomará de Rentas Generales con imputación al presente decreto.
Art. 3° — La Tesorería General
de la Nación pondrá de inmediato, a disposición de los Servicios
Administrativos de las Secretarías de Guerra y Aeronáutica con el
destino especificado en el artículo primero los siguientes importes:
SECRETARIA DE GUERRA
Orden de disposición Nº 14 ............................................................................ m$n 11.500.000
SECRETARIA DE AERONAUTICA
Orden de disposición de Fondos Complementaria
de la Nº 1 - Ejercicio 1958/1959 ........................................................................ m$n 3.000.000
Art. 4° — El presente decreto
será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los
Departamentos de Defensa Nacional y de Economía y firmado por los
señores Secretarios de Estado de Guerra, de Aeronáutica y de Hacienda.
Art. 5º — Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación, comuníquese y archívese en el Ministerio de Defensa Nacional. — FRONDIZI.