Administración Federal de Ingresos Públicos
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
Resolución General 3444
Clasificación arancelaria de
mercaderías en la citada nomenclatura de acuerdo con el procedimiento
previsto en la Resolución General N° 1.618.
Bs. As., 26/2/2013
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-18324-2011, 13289-19285-2011,
13289-31076-2011, 13289-270-2012, 13289-3975-2012, 13289-12026-2012,
13289-21029-2012, 13289-26307-2012, 13289-18630-2011 y 13289-2514-2012,
todas ellas del Registro de esta Administración Federal, y la
Resolución General Nº 1.618, y
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones se somete al procedimiento de consulta de
clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM),
a determinadas mercaderías.
Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 66/12 al 75/12.
Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas
actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de
acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº
1.618.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver
en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación
arancelaria de mercaderías.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ubícanse en las
Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que
en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo que
se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2° — Regístrese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase
copia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Comité Técnico
Nº 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la
Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación
Arancelaria para su archivo. — Ricardo Echegaray.
ANEXO
(Artículo 1°)