INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 647/2013
Bs. As., 4/3/2013
VISTO lo dispuesto por los artículos 29 y 32 de la Ley Nº 17.741 sus
modificatorias, (t.o. Decreto Nº 1248/01), y por el artículo 1° del
Decreto Nº 1938/08, y
CONSIDERANDO:
Que de los artículos 29 de la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/01) y
1° del Decreto Nº 1938/08 resulta que el porcentaje destinado a la
atención de los subsidios a la producción de películas nacionales es
del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la recaudación impositiva habida en
un ejercicio.
Que del artículo 32 de la Ley citada surge que la aplicación de
prorrata se efectúa cuando el monto destinado al pago de subsidios
conforme lo expuesto en el considerando anterior no resulte suficiente
para atender los generados en el ejercicio financiero de que se trate.
Que tomando en consideración la recaudación impositiva correspondiente
al ejercicio financiero 2012, y los subsidios generados en el mismo, se
concluye que tal recaudación será suficiente para atender al pago del
total de los citados subsidios a la producción de películas nacionales,
por lo que no será menester efectuar prorrata alguna, disponiéndose en
consecuencia el pago del CIEN POR CIENTO (100%) del remanente de
subsidios generados en el ejercicio financiero 2012.
Que se debe dictar resolución al respecto.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Dispónese que el pago de las sumas remanentes de
subsidios a las películas nacionales generados en el ejercicio
financiero 2012 se efectúe en el CIEN POR CIENTO (100%) de tales
remanentes.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 11/03/2013 N° 13177/13 v. 11/03/2013