DECRETOS SECRETOS Y VERDADEROS

Decreto S 11640/1961

Bs. As., 12/12/1961

VISTO lo informado por los señores Secretarios de Estado de Guerra, Marina y Aeronáutica y lo propuesto por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Defensa Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo determinado en el Artículo 30, 2º párrafo de la Ley Orgánica del Ejército (L.M.2), corresponde fijar las fechas de incorporación y los efectivos de conscriptos convocados de la clase 1941 y otras, que deben ser incorporados a las Fuerzas Armadas,

EL PRESIDENTE PROVISIONAL DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º — Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y efectivos de la clase 1941 y otras, para las Fuerzas Armadas de la Nación:

- MARINA, el día 4 de enero de 1962 ……………………………………………… 11.200 hombres

- AERONAUTICA, el día 8 de enero de 1962 …………………………………...… 11.643 hombres

- EJERCITO, el día 1 de febrero de 1962 ……………………………………….… 70.735 hombres

Art. 2º — Facúltase a los señores Secretarios de Estado de Guerra, Marina y Aeronáutica para que, a partir de las fechas fijadas en el Artículo anterior, escalonen el llamado, conforme a las necesidades de sus respectivas Secretarías.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Defensa Nacional y firmado por los señores Secretarios de Estado de Guerra, de Marina y de Aeronáutica.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese en Boletín Confidencial de la Secretaría de Guerra, Boletín Naval Confidencial y Boletín Aeronáutico Confidencial y archívese en la Secretaría de Estado de Guerra (Comando en Jefe del Ejército - Inspección General Territorial). — GUIDO.