DECRETOS SECRETOS Y VERDADEROS
Decreto S 11640/1961
Bs. As., 12/12/1961
VISTO lo informado por los señores Secretarios de Estado de Guerra,
Marina y Aeronáutica y lo propuesto por el señor Ministro Secretario en
el Departamento de Defensa Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo determinado en el Artículo 30, 2º párrafo de la Ley
Orgánica del Ejército (L.M.2), corresponde fijar las fechas de
incorporación y los efectivos de conscriptos convocados de la clase
1941 y otras, que deben ser incorporados a las Fuerzas Armadas,
EL PRESIDENTE PROVISIONAL DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1º — Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y efectivos de la clase 1941 y otras, para las Fuerzas Armadas de la Nación:
- MARINA, el día 4 de enero de 1962 ……………………………………………… 11.200 hombres
- AERONAUTICA, el día 8 de enero de 1962 …………………………………...… 11.643 hombres
- EJERCITO, el día 1 de febrero de 1962 ……………………………………….… 70.735 hombres
Art. 2º — Facúltase a los
señores Secretarios de Estado de Guerra, Marina y Aeronáutica para que,
a partir de las fechas fijadas en el Artículo anterior, escalonen el
llamado, conforme a las necesidades de sus respectivas Secretarías.
Art. 3º — El presente decreto
será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de
Defensa Nacional y firmado por los señores Secretarios de Estado de
Guerra, de Marina y de Aeronáutica.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese en Boletín Confidencial de la Secretaría de Guerra, Boletín
Naval Confidencial y Boletín Aeronáutico Confidencial y archívese en la
Secretaría de Estado de Guerra (Comando en Jefe del Ejército -
Inspección General Territorial). — GUIDO.