MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 45/2013
Registro Nº 88/2013
Bs. As., 21/1/2013
VISTO el Expediente Nº 1.539.591/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.539.591/12, obra el Acuerdo
celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa HONDA MOTOR DE
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones
salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
1179/11 “E”, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.539.591/12, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por medio de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.539.591/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan y de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1179/11 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.539.591/12
Buenos Aires, 24 de Enero de 2013
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 45/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 88/13. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
A los 30 días del mes de octubre de 2012, En la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires se reúnen en la sede del Sindicato de Mecánicos y Afines
del Transporte Automotor, por una parte los representantes de HONDA
MOTOR DE ARGENTINA S.A. Señores GUSTAVO OGURA y EDUARDO MORAN VALLEJOS
y por la otra los representantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA Compañeros, RICARDO
PIGNANELLI, GUSTAVO MORAN, JORGE GODINO, HECTOR PAREDES Y OSCAR JARA y
por el Cuerpo de Delegados Compañeros RAUL CHICO, ESTEBAN PUMA, EDGARDO
PAREDES, EMILIANO OLIVERA, ROBERTO LOPEZ Y CARLOS COCHERE.
Las partes después de diversas reuniones de negociaciones paritarias
salariales en el marco del C.C.T. Nº 1179/11 “E” vigente a la fecha,
priorizando una mejora en las condiciones de vida de los trabajadores,
y apostando una ves más al crecimiento de la industria de la moto, las
partes han arribado al siguiente acuerdo;
ACUERDO
PRIMERO: la empresa otorgará a partir del 01/10/2012 y con vigencia
hasta el 31/12/2012 un aumento salarial para todo el personal de HONDA
MOTOR DE ARGENTINA S.A. Planta Florencio Varela y demás trabajadores de
las empresas eventuales que en ella trabajan del 6% sobre los salarios
correspondientes al 30/09/2012.
SEGUNDO: en planilla que se adjunta anexada al presente acuerdo consta la nueva escala de salarios.
TERCERO: las partes convienen que el pago retroactivo correspondiente a
la diferencia generada en el mes de Octubre de 2012 se hará efectiva
con lo haberes del mes de Noviembre de 2012.
CUARTO: de común acuerdo las partes se comprometen como mutuo objetivo
el mantener armoniosas y ordenadas relaciones, con el fin de preservar
la Paz Social y de evitar que se susciten hechos que pudieran derivar
en situaciones conflictivas, por lo tanto le solicitan al Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social la homologación del presente acuerdo
dentro del marco de la Ley 14.250.
No siendo para más y en prueba de conformidad se firman 5 (cinco)
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha
del inicio.
Acuerdo SMATA - Honda de Argentina S.A.
DIVISION MOTOCICLETA
Básicos de Convenio del 01-10-2012 al 31-12-2012
Incremento 6%