DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 138/1963
Bs. As., 25/10/1963
VISTO el expediente secreto Nº 12.564 (D.G.P.A.) y Nº S 2323/1 (S.A.),
atento a lo informado por el señor Secretario de Estado de Aeronáutica
y lo propuesto por el señor Ministro Secretario del Departamento de
Defensa Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo prescripto por los Artículos 31 y 33 de la Ley Nº
12.913 —Orgánica del Ejército— de aplicación en la Aeronáutica Militar
según el Artículo 109 de la Ley Nº 14.777 para el Personal Militar,
corresponde determinar la forma de licenciar a los ciudadanos de la
clase 1942 y de otras anteriores y posteriores incorporados,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Facúltase a la
Secretaría de Estado de Aeronáutica para que, a partir del 1º de
octubre de 1963 proceda al licenciamiento de los soldados de la clase
1942 y de otras anteriores y posteriores actualmente incorporados en
las fechas y cantidades que de acuerdo a sus necesidades estime
conveniente.
Art. 2º — El personal que se encuentre cumpliendo condena o recargo de servicio se mantendrá incorporado.
Art. 3º — El presente decreto
será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de
Defensa Nacional y firmado por el señor Secretario de Estado de
Aeronáutica.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese en Boletín Aeronáutico Confidencial de la Secretaría de
Estado de Aeronáutica y archívese en el Ministerio de Defensa Nacional.
— ILLIA.